Boletín Oficial de la República Argentina del 02/03/2009 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 2 de marzo de 2009

BOLETIN OFICIAL Nº 31.605

INTERAMERICANO DE DESARROLLO, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003, 149 de fecha 22
de febrero de 2007 y 656 de fecha 17 de abril de 2008, y
ANEXO II
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº656/08 aprobó el modelo del Contrato de Préstamo mediante el cual el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA
EQUIDAD EDUCATIVA PROMEDU Préstamo Nº1966/OC-AR.
Que el Programa al que se destinan los recursos tiene como objetivo general apoyar a la estrategia educativa de la REPUBLICA ARGENTINA mediante el financiamiento de actividades que contribuyan con la política de equidad educativa en los niveles inicial, primario y secundario; mejorar la retención y graduación en el nivel secundario y la expansión y el mejoramiento de la infraestructura educativa.
Que mediante el dictado del Decreto Nº491/02 se estableció que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.
Que el Decreto Nº601/02 determinó que las disposiciones citadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.
Que el Decreto Nº149/07 modificó el Decreto Nº577/03, estableciendo que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a pesos TRES MIL CIEN
$3.100,00, y de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato originario.
Que el MINISTERIO DE EDUCACION ha elevado la propuesta de contrato de consultores cuyas prestaciones resultan indispensables para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada jurisdicción, con el fin de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas, siendo que los mismos reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican en cada caso.
Que el Párrafo 3.62 del Acápite C - Punto 4, del Apartado III del Reglamento Operativo del Contrato de Préstamo Nº1966/OC-AR Selección y Contratación de Consultores expresa que los contratos de consultoría individual cuyos montos no superen los DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MIL U$S 50.000, serán revisados ex post por parte del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente medida será atendida íntegramente con cargo al PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO
DE LA EQUIDAD EDUCATIVA PROMEDU Préstamo Nº1966/OC-AR, de acuerdo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 70 MINISTERIO
DE EDUCACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su respectiva competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, el Contrato de Préstamo Nº1966/OC-AR y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº577/03 y su modificatorio Nº149/07.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por aprobados los contratos de las personas del MINISTERIO DE EDUCACION que se detallan en la planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida, por el período y monto indicado en la misma, en los términos del Contrato de Préstamo Nº1966/
OC-AR.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo al PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA PROMEDU Préstamo Nº1966/OC-AR, de acuerdo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 MINISTERIO DE EDUCACION, de acuerdo al detalle que se indica en el ANEXO II que forma parte de la presente medida.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio T. Massa. Juan C. Tedesco.
ANEXO I
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA
PROMEDU
UNIDAD EJECUTORA CENTRAL
APELLIDO Y NOMBRE

3

PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA
IMPUTACION PRESUPUESTARIA
Pg
Act.

I

PP

Pp
Mon.

FF

44

11

1

8

7

1

22

IMPORTE TOTAL
CONTRATO
$30.684,00
$30.684,00

Pg 44: Programa 44: Mejoramiento de la Calidad Educativa Act. 11: Actividad 11: Apoyo a la Política Educativa I 1: Inciso 1: Gastos en Personal PP 8: Partida Principal 8: Personal Contratado Pp 7: Partida parcial 7: Contratos Especiales Mon 1: Moneda 1: Transacción en Moneda Nacional FF 22: Fuente de Financiamiento 22: Crédito Externo

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 48/2009
Apruébanse contrataciones de prestación de servicios en la Secretaría de Gestión y Articulación Institucional.

Bs. As., 24/2/2009
VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su Decreto Reglamentario Nº1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA Nº48 del 30 de diciembre de 2002, y el Expediente NºE-67631-2008
del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto tramitan las aprobaciones de contrataciones de personal, para desempeñarse en el ámbito de la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en los términos del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SubsecretarÍa de la Gestión Pública Nº48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que los agentes de los que se trata se encuentran afectados exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02.
Que los mismos reúnen los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº3/04, modificada por su similar la Decisión Administrativa Nº1151/06, a los efectos de su equiparación a los Grados y Niveles que corresponda, del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº993/91 t.o. 1995.
Que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº993/91
t.o. 1995, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B la exigencia de Título Terciario o Universitario.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo establecido por el artículo 9 del Anexo I
del Decreto Nº1421/02, y por el Decreto Nº577/03, modificado por su similar Nº149/07.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por aprobadas las contrataciones de prestación de servicios celebradas entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y las personas que en anexo adjunto se detallan, en el marco de lo establecido por el artículo 9º del Anexo de la Ley Nº25.164, su Decreto Reglamentario Nº1421/02 y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº48/02, en las condiciones, por el período y la equiparación escalafonaria indicados.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa, será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

C.U.I.T.

TIPO DE
CONTRATO

PERIODO

CATEGORIA

MONTO
MENSUAL
CONTRATO

MONTO
TOTAL CONTRATO

LUMI, BEATRIZ
SUSANA

27-05888921-6

LOC. DE
SERVICIOS

01/11 AL
31/12/08

CG I

$4.512,00

$9.024,00

GIACOMETTI, CLAUDIA

27-14577083-7

LOC. DE
SERVICIOS

01/11 AL
31/12/08

A - II

$3.610,00

$7.220,00

JURISDICCION: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

BASOMBRIO, MANUEL ALBERTO

20-16810879-7

LOC. DE
SERVICIOS

01/11 AL
31/12/08

A - II

$3.610,00

$7.220,00

Secretaría de Gestión y Articulación Institucional
GONZALEZ, ALICIA MERCEDES

23-11677937-4

LOC. DE
SERVICIOS

01/11 AL
31/12/08

A - II

$3.610,00

$7.220,00
$30.684,00

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Sergio T. Massa. Alicia M. Kirchner.
ANEXO

Documento 26.827.067
23.582.428

Apellido GANDINO
VIDALES

Nombre Rafaela Cecilia Jesica Anabela
Nivel y Grado B-0
B-0

Desde 01/11/2008
01/11/2008

Hasta 31/12/2008
31/12/2008

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/03/2009 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha02/03/2009

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9379

Primera edición02/01/1989

Ultima edición27/06/2024

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