Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2009 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 14 de enero de 2009

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

BOLETIN OFICIAL Nº 31.572

Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Decreto 2320/2008
Confirmación de personal permanente en la Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Bs. As., 30/12/2008
VISTO el Expediente NºS02:0001591/2008 del registro de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, las Leyes Nros. 26.102 y 26.338 y el Decreto Nº1088 del 5 de mayo de 2003, y CONSIDERANDO:
Que la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, solicita la confirmación de agentes que prestan servicios en la referida Policía, de conformidad con las previsiones establecidas en el Estatuto para el Personal de la Secretaría de Inteligencia de la Presidencia de la Nación y para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas aprobado por el Decreto Nº1088/03.
Que el artículo 9º del citado Estatuto establece que transcurrido el término de condicionalidad, el agente podrá ser confirmado mediante resolución emanada de la misma autoridad que dispuso el nombramiento.
Que la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA certifica que los agentes detallados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto cumplen con las exigencias legales para proceder a su confirmación en la planta permanente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
Artículo 1º Prorrógase a partir del 30 de setiembre de 2008 y por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles el plazo fijado en el artículo 7º del Decreto Nº398/07 prorrogado por su similar Nº454/08 por el cual se designó con carácter transitorio y como excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y Título VI, artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, a la Doctora Ileana Romina ARDUINO DNI.
Nº25.852.059 en el cargo de Directora Nacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, Nivel A Grado 0 Función Ejecutiva Nivel I, dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO
DE DEFENSA.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme a los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº993/91
T.O. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1º.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE DEFENSA.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Sergio T.
Massa. Nilda C. Garré.

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por confirmado como personal permanente de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, Cuadro E, Categoría 14, a los agentes civiles detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Sergio T. Massa. Aníbal D. Fernández.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

ANEXO I

NOMBRES

DNI Nº
NºCONTROL

FECHA DE
ALTA

GAMARRA

SANTIAGO JAVIER

24321559

503.829

2-MAY-2007

DIRECCION NACIONAL

RAMIREZ

FACUNDO

25183050

503.858

2-MAY-2007

DIRECCION NACIONAL

APELLIDOS

DESTINO

MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 2324/2008
Prorrógase la designación transitoria de la Directora Nacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

Bs. As., 30/12/2008
VISTO los Decretos Nº 993 del 27 de mayo de 1991 T.O. 1995, Nº491 del 12 de marzo de 2002, Nº398 del 23 de abril de 2007, Nº454
del 18 de marzo de 2008, lo propuesto por la señora Ministra de Defensa, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 491/02 se estableció entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que mediante el dictado del Decreto Nº398/07 se designó con carácter transitorio a la Doctora Ileana Romina ARDUINO en el cargo Nivel A Grado 0 Función Ejecutiva Nivel I, Directora Nacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que dicha designación preveía que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme
con los sistemas de selección establecidos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el citado Decreto Nº 993/91, en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.
Que el referido plazo fue prorrogado por igual término por el Decreto Nº454/08.
Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la DIR. NAC. DE LOS
DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO
INTERNACIONAL HUMANITARIO, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado.
Que dicha prórroga se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto por el Título III, Capítulo III y Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº993/91 T.O. 1995.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION DE LA NACION
ARGENTINA y el artículo 1º del Decreto Nº491/02.

PRESUPUESTO GENERAL DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL
Decisión Administrativa 2/2009
Distribución del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, aprobado por la Ley Nº26.422.

Bs. As., 9/1/2009
VISTO la Ley Nº26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5º de la Ley Nº 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros distribuirá los créditos a nivel de las partidas limitativas que se establezcan en la presente y en las aperturas programáticas o categorías equivalentes que estime pertinentes.
Que según lo dispuesto en el último párrafo del citado Artículo 5º, el señor Jefe de Gabinete de Ministros puede determinar las facultades para disponer reestructuraciones presupuestarias en el marco de las competencias asignadas por la Ley de Ministerios.
Que, asimismo, corresponde detallar las plantas de personal aprobadas en las Planillas Anexas al Artículo 6º de la Ley Nº 26.422 y lo dispuesto por el Artículo 91
de la misma.
Que el citado Artículo 6º contempla entre las excepciones a la prohibición de aprobar incrementos en los cargos y horas de cátedra a las Autoridades Superiores del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, resultando en tal sentido necesario determinar los funcionarios comprendidos en ese concepto.
Que resulta también procedente distribuir por rubros los recursos de la Administración
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Central, incluidos aquéllos con afectación específica, de los Organismos Descentralizados y de las Instituciones de la Seguridad Social.
Que la distribución de los créditos y recursos referidos precedentemente incluye las adecuaciones y modificaciones realizadas en función de lo dispuesto por los Artículos 16, 78, 84, 86, 87 y 90 de la Ley Nº26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.
Que es menester establecer el cronograma de pagos de las contribuciones al TESORO
NACIONAL a que se refiere el Artículo 28 de la referida ley.
Que, con el objeto de evitar la dispersión y duplicación de créditos a favor de empresas públicas en diferentes jurisdicciones de la Administración Central, se estima conveniente establecer que los créditos con tal destino se asignen únicamente en la Jurisdicción 91 - Obligaciones a cargo del Tesoro con el objeto de facilitar la programación financiera y el seguimiento de la ejecución presupuestaria de dichos entes.
Que, asimismo, resulta necesario dictar normas relacionadas con el carácter limitativo o indicativo de las partidas del Clasificador por Objeto del Gasto, sobre la ejecución física de los programas y categorías equivalentes, los remanentes de ejercicios anteriores y la delegación de facultades para modificar las cuotas de compromiso y de devengado.
Que, por otra parte, debe establecerse como requisito a cumplir por las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional que para contratar obras u ordenar compras de bienes de uso deberán contar, en los casos que corresponda, con la intervención de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS, en concordancia con lo dispuesto por el Artículo 8º de la Ley Nº24.354.
Que atento el dictado del Decreto Nº 2025
de fecha 25 de noviembre de 2008, que dispone en su Artículo 4º la creación del MINISTERIO DE PRODUCCION y del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, que modifica el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, se estima conveniente, en base a las atribuciones conferidas por el Artículo 37 de la Ley Nº24.156, proceder a adecuar, en esta oportunidad, los créditos presupuestarios y cargos aprobados por la Ley Nº26.422 con el objeto de dar cumplimiento a lo determinado por los citados decretos.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 100, incisos 1
y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 30 de la Ley Nº24.156 y 5º de la Ley Nº26.422.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Distribúyense, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, los gastos corrientes y de capital, los gastos figurativos, las aplicaciones financieras, los recursos, las contribuciones figurativas y las fuentes de financiamiento previstas en la Ley Nº 26.422 y por cargos y horas de cátedra, las plantas de personal determinadas en las Planillas Anexas al Artículo 6º y lo dispuesto por el Artículo 91, ambos de la mencionada ley.
La distribución a que se refiere el párrafo precedente incluye las adecuaciones presupuestarias que dan cumplimiento a lo determinado en los Decretos Nros. 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008 y 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.
Art. 2º Las jurisdicciones y entidades incluidas en la Planilla Anexa al Artículo 28 de la Ley Nº 26.422 deberán ingresar a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2009 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha14/01/2009

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones9399

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/07/2024

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