Boletín Oficial de la República Argentina del 28/04/2006 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 28 de abril de 2006

III.- Solicitar a la SECRETARIA DE ENERGIA, que en ejercicio de sus facultades legales, atento el compromiso asumido por la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES en la Nota referenciada en el Visto de la presente, brinde la información actualizada a la Aduana de Registro, a la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia y a las empresas productoras del listado de las Estaciones de Gas Natural Comprimido GNC que se encuentran habilitadas a efectuar las compras bajo esta modalidad, quedando bajo la responsabilidad de las empresas el control de que las ventas son realizadas a estaciones debidamente registradas ante la SECRETARIA DE ENERGIA.
IV.- Las dependencias aduaneras mencionadas precedentemente, en el ámbito de su competencia, adoptarán las medidas pertinentes de control y fiscalización de las Destinaciones Aduaneras alcanzadas por la presente, vinculando las mismas a la información brindada por la SECRETARIA DE
ENERGIA .
V.- La presente resulta aplicable a las Destinaciones Aduaneras oficializadas a partir de la entrada en vigencia de la Resolución Nº 275/2006 de la SECRETARIA DE ENERGIA. REGISTRESE, publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dése a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese, previo a su publicación. Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.
e. 28/4 N 511.689 v. 28/4/2006

BOLETIN OFICIAL Nº 30.895

SUMARIO

INF.ARTS.

CARGO Nº
IMPUTADO

DOCUMENTO Nº
SC18-01-056
SC18-01-080
SC18-02-071
SC18-02-120
SC18-02-122
SC18-02-123
SC18-02-128
SC18-03-043
SC18-03-044
SC18-04-099
SC18-04-116

985/987
985
985
985
985
947
985
987
985
985
987

084/2005
085/2005
002/2006
003/2006
004/2006
088/2005
089/2005
090/2005
078/2005
001/2006
080/2005

ORREGO, JORGE GUSTAVO
FERNANDEZ, VICTOR
RODRIGUEZ, JOSE LUIS
AMARILLA, ELSA
AMARILLA, ELSA SUSANA
CASTILLO, JUSTO MARTIRE
LOPEZ, EDUARDO
GOMEZ, JOSE LUIS
GUZMAN, DARIO ALBERTO SERIAL, DIEGO ALEJANDRO
ERO AQUINO, VIDAL RAMON

26.037.668
26.171.699
26.354.427
25.179.519
25.179.519
18.022.575
10.222.379
18.418.960
26.934.179
27.676.134
1897715-Py
24
MULTA
$3.324,50
$12.510,52
$4.242,25
$2.276,73
$2.656,20
$11.377,47
$1.612,89
$2.028,72
$1.008,74
$1078,15
$1.647,13

Fdo.: GUILLERMO DOMINGO BOGADO, Administrador Aduana de Corrientes.
e. 28/4 Nº 511.337 v. 28/4/2006

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIVISION ADUANA DE POSADAS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

MERCADERIAS SIN TITULAR CONOCIDO, SIN DECLARAR O EN REZAGO

CODIGO ADUANERO LEY 22.415, art. 1013 inc. h y 1101
EDICTO NRO. 25
Por ignorarse domicilio, se cita a la las Firmas Importadoras que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 diez días hábiles, comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción que se les imputa, cuyos expedientes tramitan en la Sec. Nº 4 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Hipólito Yrigoyen 460 1º Piso CAP. FED., bajo apercibimiento de rebeldía.
Deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1.004 del mismo texto. Se le hace saber que el pago de la multa mínima, y el abandono de la mercadería en cuestión en caso de corresponder a favor del Estado Nacional con entrega de esta en Zona Primaria Aduanera, dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente art. 930, 931 y 932 del C.A.. Asimismo se indica el importe de los tributos debidos, en los términos del art. 794 del Código Aduanero. Fdo. Dra.
MARIANA ELENA ASSEF, Jefa Div. Sec. de Act. Nro. 4 del Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
Asimismo se hace saber, con relación al importe de los tributos reclamados, que en los casos que dicha suma una obligación contraída con anterioridad a la sanción de la ley 25.561/02, le será de aplicación lo dispuesto por el art. 4º y 8º del Decreto 214/02, por lo que se ajustará dicha suma mediante el Coeficiente de Estabilización de Referencia C.E.R, para el caso de no efectuarse el pago del importe reclamado en el plazo allí establecido, ello al momento del efectivo pago.
Expediente
Imputado / C. U. I.T.

Infracción - Código Aduanero
Multa - Pesos
TributosPesos
Se anuncia por la presente, la existencia de mercaderías consistentes en cigarrillos situadas en el Depósito de esta Aduana de Posadas, cuyas actuaciones más abajo se detallan, las cuales se encuentran en la situación prevista en el artículo 417 del Código Aduanero, modificado por el artículo 1º de la ley 25.603, por lo cual se intima a toda persona que se considere con derechos respecto de las mismas, para que se presente dentro del término de ley a estar en derecho, bajo apercibimiento de considerarlas abandonadas en favor del Estado Nacional. Asimismo, se comunica que transcurridos 10
diez días de la presente publicación, esta Instancia procederá de conformidad a lo establecido en el artículo 44 de la ley 25.986 que modifica el art. 6º de la ley 25.603. ACTUACIONES: DN46-2984, 2986, 3311, 3569, 3671, 3716, 3720, 3722, 3734, 3735, 3737, 3740, 3742, 3749, 3751, 3754, 3843, 3854, 3855, 3887, 3890, 3934, 3937, 3954, 4013, 4015/05, 0027, 0028, 0037, 0039, 0041, 0045, 0048, 0051, 0057, 0058, 0065, 0067, 0070, 0077, 0129, 0148, 0272, 0682, 0684, 0685, 0686, 0688, 0689, 0692, 0693, 0696, 0697, 0700, 0701, 0746, 0747, 0748, 0753, 0754, 0755, 0760, 0762, 0763, 0767, 0789, 0790, 0795,0796, 0813, 0846, 0861, 0862 y 0867/06 .- Mercaderías: 1.026 Cartones de Cigarrillos, varias marcas, todos de industrias extranjeras.- PROPIETARIOS: Desconocidos SINDOID - N.N..
Posadas Seccion Sumarios, 13 de abril del 2006. MIRIAM L. KOHMANN, Jefe Secc. R, A/c.
División Aduana Posadas.
e. 28/4 Nº 511.333 v. 28/4/2006

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION ADUANA DE POSADAS

604906/02

SCENI, MIGUEL 20-04799826-4

art. 968

$ 15,28

-

604238/02

PRESER S.A. 30-60809094-7

art. 968

$ 303,22

-

600688/01

ESTABLECIMIENTO
METALURGICO OCHOTECO S.A.
30-51760412-3

art. 968

$ 1.499,22

HORACIO CESAR VILLAR, Abogado, Jefe Div. Secretaría de Actuación Nº 4.
e. 28/4 Nº 511.266 v. 28/4/2006

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

MERCADERIAS SIN TITULAR CONOCIDO, SIN DECLARAR O EN REZAGO
La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente y por el término de 1 día, a quienes acrediten su derecho a disponer de la mercadería cuya identificación abajo se detalla, conforme lo estatuye el Art. 417 del Código Aduanero podrán solicitar respecto a ellas, alguna destinación autorizada dentro de los 30 días corridos, contados desde la publicación del presente, vencido dicho plazo, se procederá a su comercialización o donación, según el caso, en los términos de los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley 25.603. Señalando que número, marca y envases u otras características suficientes para su individualización se encuentran detalladas y a disposición de los interesados en la División Aduana de Posadas - Abril 19 del 2006 - Fdo. MIRIAN I. KOHMANN, Jefe Secc. R A/c. División Aduana de Posadas - ACTUACIONES.: DN46-0558, 0565, 0567, 1629, 1637, 2471 y 3570/04, 2639, 2680, 2696, 3599, 3601, 3616, 3752, 3829, 3900, 3996, 3997 y 4021/05, 0074, 0103, 0134, 0253, 0702, 0718, 0729, 0735, 0773/06.- Total de mercaderías 1121.
e. 28/4 Nº 511.336 v. 28/4/2006

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE POCITOS
Prof. Salvador Mazza, 12/4/2006
La Aduana de Pocitos, conforme lo instruye la Ley 25.603, comunica a quienes acrediten algún derecho sobre las mercaderías del rubro textil y artículos varios involucradas en las actuaciones que a continuación se detallan; que, de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30 días corridos a partir de la publicación del presente, se procederá en forma inmediata a poner las mismas a Disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación, de acuerdo a las previsiones de la ley antes citada. A dichos efectos, los interesados deberán presentarse a esta Dependencia, sita en Avda.
9 de Julio Nº 150 de Prof. Salvador Mazza - Salta. Fdo. Dr. Raúl Romero Administrador i de Aduana de Pocitos.DN45-2005 Nº : 5- 6 7- 8- 28- 29- 30- 34- 42- 43- 46- 51- 55- 56- 57 58- 61- 67- 71- 80- 84- 8688- 89- 91- 106- 109-112- 123- 124- 134- 137- 138- 148- 149- 155- 159- 165- 169- 183- 204- 205- 2071527- 1543- 1557- 1561- 1562- 1573- 1596- 31- 32- 37- 76- 128- 160- 760.e. 28/4 Nº 511.344 v. 28/4/2006

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
ESCRIBANIA GENERAL
Bs. As., 19/4/2006
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cita y emplaza por el término de treinta días a la SOCIEDAD COLECTIVA BARRIO PARQUE CHAS que gira bajo el rubro M. L. DE CHAS E HIJOS ;
y a toda persona que se considere con derechos respecto del inmueble sito en la calle AVDA. Benjamín Victorica 2826 ex Internacional de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de que deduzcan oposición en los términos del art. 6º inc. d de la Ley 24.374 y arts. 8 y 9 del Decreto Nº 105-GCBA-98, bajo apercibimiento de lo previsto en el inc. e del artículo y ley citados y lo normado por el art. 11 del Decreto Nº 105-GCBA-98. La oposición aludida precedentemente deberá ser deducida en el Expediente Nº 32.850/2005, iniciado por la Sra. Marta B. Kahane, mediante presentación a efectuar ante la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Balcarce 362 5º piso, de esta ciudad.
El presente edicto será publicado por tres días en el Boletín Oficial de la Nación.
Dr. RAUL E. FALCONI, Director General, Dir. Gral. de Patrimonio Inmobiliario, Actos Notariales y Archivo Decl. Juradas, Escribanía General, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
e. 28/4 Nº 511.347 v. 3/5/2006

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE CORRIENTES
Para su conocimiento y demás efectos legales, hago saber a Ud., en el Sumario Contencioso que se detalla; del registro de esta Aduana - sita en Avda. Vera n 1147 - 3400 Corrientes; se procedió por esta Sección Contabilidad y Administración Económica Financiera a emitir el cargo correspondiente, el cual deberá ser cancelado con más los intereses resarcitorios y punitorios que se devenguen hasta el momento de su efectivo pago en jurisdicción de esta dependencia aduanera dentro de los 10
diez días contados a partir del día de publicación del presente, bajo apercibimiento de procederse conforme a los art. 1122 y subsiguientes del mencionado cuerpo legal.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/04/2006 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha28/04/2006

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9393

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/07/2024

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