Boletín Oficial de la República Argentina del 12/11/2002 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.024 1 Sección Que, oportunamente, la entidad en cuestión solicitó el otorgamiento de códigos de descuento, petición a la que se hizo lugar mediante la suscripción del convenio respectivo, el que ahora solicitan renovar.
Que la entidad plantea que, para continuar con la efectiva prestación satisfactoria de servicios a sus afiliados, resultaría de gran utilidad renovar el vínculo contractual.
Que al margen de lo expuesto por la entidad, se advierte como lógica la eventual reticencia de los prestadores de servidos a otorgar financiaciones cuyo número de cuotas exceda la cantidad de meses que restan para concluir el plazo estipulado en la convención existente entre ANSeS y la entidad peticionante.

Martes 12 de noviembre de 2002

23

ARTICULO 3 Apruébase el modelo de convenio que como ANEXO I forma parte integrante del presente.
ARTICULO 4 Autorízase al Sr. Gerente de la Gerencia Unidad Central de Apoyo, Lic. Alberto José FREIRE DNI 13.679.671 a suscribir el convenio aprobado en el artículo 3.
ARTICULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese. SERGIO T. MASSA, Director Ejecutivo.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.
e. 12/11 N 398.721 v. 12/11/2002

Que la entidad en cuestión ha dado cabales muestras de excelencia en el servicio que presta a Jubilados y Pensionados, como así también de los cuantiosos rubros que componen tal servicio.
Que a esta altura resulta conveniente dejar en claro que la normativa que rige la materia no fija obstáculos a la renovación de vínculos con las entidades incorporadas a la operatoria, por lo que debe considerarse que tal práctica resulta ajustada a dicha normativa.
Que, sin embargo, debe tenerse presente que, no obstante la incertidumbre que plantea la falta de reglamentación del Decreto 1099/2000, y en atención a la vigencia de la decisión judicial que lo priva de efectos en la actualidad, la renovación del convenio deberá quedar sujeta, indefectiblemente, al eventual reglamento que dé forma a dicha norma.
Que de conformidad con el artículo 7 inciso d de la Ley de Procedimientos Administrativos, el área de asesoramiento permanente la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, a través de la emisión del Dictamen N 20.364.
Que, en consecuencia, procede dictar el correspondiente acto administrativo.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3 del Decreto N 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991, y el Artículo 36 de la Ley N 24.241 y el Decreto 189/02.
Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS
SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Y PROMOCION
DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD
Bs. As., 11/11/2002
El SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Y PROMOCION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD notifica al Señor Arq. Fabián DERISO los términos de la Disposición N 974/02 recaída en el Expediente N 1-2002-4300003812/01-4, la cual dispone: Artículo 1 - Recházase el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa MIECO de Fabián DERISO ARQ. contra las Disposiciones N 525/02 y 524/02 de rescisiones parciales de contrato aplicadas a los meses de marzo y abril respectivamente. Artículo 2 - Notifíquese al interesado que tiene quince 15 días para la interposición del recurso de alzada o a su opción, de la demanda judicial Artículos 94, 95 y 98 del Decreto N 1759/72 - T.O. 1991 y sus modificatorios. Artículo 3 - De forma. Dr. JORGE OSCAR BADARACCO, Director S.N.R. y P.C. C/D.
e. 12/11 N 398.990 v. 12/11/2002

ARTICULO 1 Renuévase el convenio suscripto con fecha 25 de junio de 1999 con la ASOCIACION MUTUAL SALUD, EDUCACION Y ACCION SOCIAL SAEDAS, conforme la normativa que se encuentra vigente, y en los mismos términos e idénticas condiciones que aquél.
ARTICULO 2 Facúltase a la Gerencia Unidad Central de Apoyo en la persona del Sr. Gerente, Licenciado Alberto José FREIRE, D.N.I. 13.679.671, a suscribir el nuevo convenio a que se refiere el artículo 1.

AVISOS OFICIALES
ANTERIORES

ARTICULO 3 Apruébase el modelo de convenio que como ANEXO I forma parte integrante del presente.
ARTICULO 4 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. SERGIO T. MASSA, Director Ejecutivo.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.
e. 12/11 N 398.664 v. 12/11/2002

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución N 1191/2002
Bs. As., 7/11/2002
VISTO el Expediente N 024-99-80762621-0-798 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la solicitud de códigos de descuento formulada por la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO MERCOOP LIMITADA, en virtud de la nota de fecha 5 de setiembre de 2002. En ella se peticiona su incorporación al sistema de descuentos a favor de terceras entidades, bajo el régimen establecido por la Resolución D.E.-A. N 230/99.
Que al expediente referido en el VISTO se le agregó toda la documentación presentada por la entidad, la que acredita que la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO MERCOOP
LIMITADA cumple con todos los recaudos exigidos por la Resolución D.E.-A. N 230/99; adecuándose su estructura a la de las entidades detalladas en el artículo 2 de la norma ya mencionada.
Que por Resolución D.E-A. N 443/01 se otorgaron códigos de descuento a otra entidad que había formulado la petición en idéntica forma que la mutual.
Que de conformidad con el artículo 7 inciso d de la Ley de Procedimientos Administrativos, el área de asesoramiento permanente la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, mediante el dictamen N 20.358.

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano 1656 notifica que en mérito a lo establecido por resoluciones de su Directorio se ha resuelto instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO PROVIBA PROYECTO DE VIVIENDA BARRIAL LIMITADA MATR. 17.409.
ASOCIACION MUTUAL DE LA ACTIVIDAD NACIONAL FRUTIHORTICOLA Y AFINES AMANFA MATR. BA1320. ASOCIACION MUTUAL GUARDACOSTAS MATR. CF1668. ASOCIACION
MUTUAL EL AMANECER MATR. BA1747. COOPERATIVA DE TRABAJO NUESTRO TIEMPO
LIMITADA MATR. 16.518. COOPERATIVA DE TRABAJO COGESTION LIMITADA MATR. 8674.
COOPERATIVA DE CREDITO, VIVIENDA Y CONSUMO VALORES LIMITADA MATR. 14.880.
ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL VIAL DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO MATR. SE112. ASOCIACION MUTUAL LOMA HERMOSA MATR. BA2153. ASOCIACION
MUTUAL DE FLETEROS DE BEBIDAS GASEOSAS DE LAS PLANTAS CAMINO DE CINTURA Y
MATHEU DE SAN JUSTO Y MAHATMA GHANDI Y JEFFERSON DE MERLO MATR. BA 805.
ASOCIACION MUTUAL EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DE AGUAS GASEOSAS AMEIAG
MATR.BA822. ASOCIACION MUTUAL EXPRESO CAÑUELAS MATR.BA2080. En las mismas se ha designado a la suscripta Instructora Sumariante. De acuerdo a las normas en vigor se fija un plazo de diez 10 días, con más los ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal para que presente su descargo y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho art. 1 inc. F Ley 19.549 que comenzará a regir desde el último día de la publicación. Se notifica a demás que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de su apoderado o de su representante legal art. 19, 20, 21, 22 del Decreto N 1759/72 T.O. 1991. El presente deberá publicarse por tres días en el Boletín Oficial de acuerdo a lo dispuesto en el art. 42 del Decreto 1759/72 T.O. 1991. Dra. STELLA MARIS GOMEZ
LUNA, Instructora Sumariante.
e. 11/11 N 398.635 v. 13/11/2002

Que en consecuencia, procede dictar el correspondiente acto administrativo.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3 del Decreto N 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991, y el artículo 36 de la Ley 24.241 y el Decreto N
189/02.
Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Incorpórase a la operatoria de Descuentos a Favor de Terceras Entidades a la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO MERCOOP LIMITADA, conforme la normativa que se encuentra vigente ARTICULO 2 Otórganse dos códigos de descuentos a la entidad peticionante uno para los descuentos de su cuota social y el restante para los servicios especiales.

MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes de la agente fallecida Silvina María FITTE, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 21 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N 15/91, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen N 370, 5 Piso, Oficina N 5039/41, Capital Federal. 31 de octubre de 2002. Firmado: CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefe a Cargo Sección J de División Beneficios.
e. 11/11 N 398.580 v. 13/11/2002

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/11/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha12/11/2002

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9389

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2002>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930