Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2001 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.653 1 Sección PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO en liquidación en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA al señor don Alberto MORENO
HUEYO D.N.I. Nº 4.409.823.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DE LA RUA. Chrystian G. Colombo.
Carlos M. Bastos.

Que por el Decreto Nº 833/00 se autorizó la compulsa de la documentación que acredita el uso de los fondos de la SECRETARIA DE
INTELIGENCIA DE ESTADO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por parte del anterior titular del mencionado tribunal y en relación a la Causa Nº 9900/00, delegándose en el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos la realización de los procedimientos necesarios para satisfacer dicho objetivo.
Que el 5 de octubre de 2000 se efectuó la pertinente diligencia en la sede del tribunal actuante.

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE
Decreto 646/2001
Acéptase la renuncia del Subsecretario de Coordinación.
Bs. As., 16/5/2001
VISTO y CONSIDERANDO:
Que la renuncia presentada por el Señor Carlos Roberto OSPITAL al cargo de SUBSECRETARIO DE COORDINACION del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO
AMBIENTE, y las atribuciones acordadas por el artículo 99, inciso 7º de la CONSTITUCION
NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Acéptase la renuncia presentada por el Señor Carlos Roberto OSPITAL D.N.I.
Nº 13.313.970 al cargo de SUBSECRETARIO DE
COORDINACION del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE.
Art. 2º Agradécese al funcionario renunciante los valiosos servicios prestados en el desempeño de su cargo.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DE LA RUA. Juan P. Cafiero.

SECRETARIA DE INTELIGENCIA
DE ESTADO
Decreto 650/2001
Amplíanse los alcances del Decreto Nº 833/
2000, en relación con la compulsa de la documentación de la Secretaría de Inteligencia de Estado relacionada con la Causa Nº 9900/00, del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3 de la Capital Federal, haciéndose extensivo el conocimiento de la misma a los Jueces que integran la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, al Fiscal General de Cámara actuante y a los Agentes Fiscales que intervienen en primera instancia.

Que esta medida excepcional fue adoptada en razón de la trascendencia institucional de la causa, y con resguardo del carácter secreto de las operaciones de la SECRETARIA DE
INTELIGENCIA DE ESTADO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la renuncia del anterior Juez de la Causa, torna pertinente reiterar la diligencia, de acuerdo a lo requerido por el magistrado actualmente a su cargo, aunque estrictamente resulte claro que la autorización del Decreto Nº 833/00 se refiere a la causa.
Que resulta oportuno extender la compulsa de la documentación a los Jueces de segunda instancia y a los representantes del MINISTERIO PUBLICO FISCAL, lo que ya había sido autorizado respecto a estos últimos quienes participaron de su examen.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y el Decreto Ley S Nº 5315/56, complementado por Ley S Nº 18.302.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Amplíase el alcance del Decreto Nº 833/00 y autorízase al Secretario de Inteligencia de Estado de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para que el señor Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3 de la Capital Federal, los señores Jueces de la Sala I de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, el señor Fiscal General ante dicha Cámara y los señores Fiscales Federales intervinientes en la Causa Nº 9900/00, con el resguardo del secreto que imponen las normas pertinentes, procedan a la compulsa de la documentación de la SECRETARIA DE INTELIGENCIA DE
ESTADO de la PRESIDENCIA DE LA NACION que solicitan, en relación a la causa referida.
Art. 2º Delégase en el Ministro de JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS la realización de los procedimientos necesarios para llevar a cabo lo dispuesto en el artículo 1º y la firma de la documentación correspondiente.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DE LA RUA. Jorge E. De La Rúa.

Estatuto Orgánico de la citada Sociedad del Estado.
Que por medio de las Resoluciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Nros. 96 del 9 de febrero de 2001, 93 del 7 de febrero de 2001
y 1075 del 18 de diciembre de 2000 han sido aceptadas las renuncias del Presidente, Vicepresidente y Director del Directorio de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA, respectivamente.
Que, en consecuencia, corresponde designar a sus reemplazantes.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 6º de la Ley Nº 21.622 y de conformidad con el artículo 7º del Decreto Nº 2475/
77 y sus modificatorios.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase Presidenta del Directorio de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE
MONEDA a Da. María Luisa GONZALEZ ESTEVARENA D.N.I. Nº 12.799.523, para completar un período de ley.
Art. 2º Desígnase Vicepresidente del Directorio de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE
MONEDA, al Doctor D. Ernesto Domingo DE MATTIA D.N.I. Nº 7.686.842, para completar un período de ley.
Art. 3º Desígnase Director del Directorio de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA, al Escribano D. Atilio José Germán BALESTRA D.N.I. Nº 5.297.496, para completar un período de ley.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DE LA RUA. Chrystian G. Colombo.
Domingo F. Cavallo
JUSTICIA

CASA DE MONEDA
Decreto 666/2001
Desígnase Presidenta, Vicepresidente y Director de dicha Sociedad del Estado.

CONSIDERANDO:

Bs. As., 18/5/2001

Que en el trámite de la instrucción de la Causa Nº 9900/00, el aludido Magistrado requiere la documentación de la SECRETARIA DE
INTELIGENCIA DE ESTADO de la PRESIDENCIA DE LA NACION que respalde los movimientos de fondos de esa dependencia originados en los cheques G 13028371 y G
13028378 del 11 y 13 de abril de 2000 respectivamente. librados contra la cuenta Nº 1581/11 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, solicitando, además, al amparo del Decreto Nº 833/00, que el conocimiento de dicha documentación se haga extensivo a los Jueces que integran la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, al Fiscal General de Cámara actuante y a los Agentes Fiscales que intervienen en primera instancia.

VISTO la Ley Nº 21.622, el Decreto Nº 2475 del 19 de agosto de 1977 y sus modificatorios y las Resoluciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Nros. 1075 del 18 de diciembre de 2000, 93 del 7 de febrero de 2001 y 96 del 9
de febrero de 2001, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 21.622 se dispuso la creación de la SOCIEDAD DEL ESTADO
CASA DE MONEDA que funciona en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE ECONOMIA.
Que por el Decreto Nº 2475 del 19 de agosto de 1977 y sus modificatorios se aprobó el
2

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1
de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Trasládase del TRIBUNAL ORAL
EN LO CRIMINAL Nº 28 al TRIBUNAL ORAL EN
LO CRIMINAL Nº 22 ambos de la CAPITAL FEDERAL, a la señora doctora Patricia Elisa CUSMANICH de DUGO D.N.I. Nº 14.263.340.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DE LA RUA. Jorge E. De La Rúa.

SISTEMA DE CONTROL
MIGRATORIO, DE IDENTIFICACION
DE LAS PERSONAS Y DE
INFORMACION ELECCIONARIA
Decreto 669/2001
Declárase la rescisión del contrato para un Servicio Integral destinado a la Implantación del mencionado Sistema, suscripto con la empresa Siemens IT Services S.A., en el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 1/96, en los términos de la Ley Nº 25.344
y su decreto reglamentario.
Bs. As., 18/5/2001
VISTO el Expediente del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 003045/2000, la Ley de Emergencia Económico-Financiera del Estado Nacional Nº 25.344, el Decreto Nº 1116 de fecha 29 de noviembre de 2000, el Contrato suscripto por el Estado Nacional a través del MINISTERIO DEL INTERIOR y la empresa SIEMENS IT SERVICES S.A. con fecha 6 de octubre de 1998, aprobado mediante Decreto Nº 1342 del 16 de noviembre de 1998 y sus Actas modificatorias, la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR
Nº 1779 del 6 de diciembre de 2000 y la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA
Nº 3 del 2 de enero de 2001, y
Decreto 668/2001

CONSIDERANDO:

Traslado de un Juez al Tribunal Oral en lo Criminal Nº 22 de la Capital Federal.

Que mediante Decreto Nº 1342/98 se aprobó el contrato suscripto con fecha 6 de octubre de 1998 por el Estado Nacional con la empresa SIEMENS IT SERVICES S.A., en el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 1/96, para la contratación de un servicio integral destinado a la implantación de un Sistema de Control Migratorio, de Identificación de las Personas y de Información Eleccionaria.

Bs. As., 18/5/2001
VISTO el expediente Nº 2/01 del registro del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA en el que tramita la solicitud de traslado presentada por la señora doctora Patricia Elisa CUSMANICH de DUGO, JUEZ DE CAMARA DEL TRIBUNAL
ORAL EN LO CRIMINAL Nº 28 de la CAPITAL FEDERAL, y
Bs. As., 16/5/2001
VISTO el requerimiento del señor Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3 de la Capital Federal, y lo solicitado por el señor Secretario de Inteligencia de Estado de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, y
Martes 22 de mayo de 2001

CONSIDERANDO:
Que se encuentra vacante un cargo de JUEZ
DE CAMARA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL Nº 22 de la CAPITAL FEDERAL.
Que la señora doctora Patricia Elisa CUSMANICH de DUGO, oportunamente recibió Acuerdo del Honorable Senado de la Nación para ser designada JUEZ DE CAMARA DE
LOS TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL de la CAPITAL FEDERAL, siendo nombrada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, para desempeñar dicho cargo, mediante Decreto Nº 1550 de fecha 21 de julio de 1993, en el Tribunal Nº 28.
Que la mencionada petición fue analizada por el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA en su sesión plenaria de fecha 9 de mayo de 2001, en el marco del Reglamento de Traslado de Jueces aprobado por la Resolución Nº 155
del 28 de junio de 2000, emanada de dicho órgano constitucional, en la que consideró conveniente el traslado del TRIBUNAL ORAL
EN LO CRIMINAL Nº 28 al TRIBUNAL ORAL
EN LO CRIMINAL Nº 22, ambos de la CAPITAL FEDERAL, para lograr una más eficaz prestación del servicio de justicia.

Que por Ley Nº 25.344 se declaró la Emergencia Económico Financiera del Estado Nacional facultando, asimismo, al Poder Ejecutivo Nacional a disponer por razones de emergencia, la rescisión de los contratos de obras, servicios, suministros, consultoría o cualquier otro tipo que generen obligaciones a cargo del Estado, celebrados con anterioridad al 10
de diciembre de 1999.
Que por Decreto Nº 1116/00 se aprobó la Reglamentación de la Ley Nº 25.344, disponiéndose que los Ministros en cada ámbito determinarán los contratos sujetos al régimen del Capítulo II de la citada ley.
Que por Resolución Nº 1779 del 6 de diciembre de 2000 el titular del MINISTERIO DEL
INTERIOR decidió incluir el contrato de mención en lo estatuido en el Capítulo II de la Ley de Emergencia Económico Financiera Nº 25.344 y su Reglamentación, así como los servicios de auditoría integral celebrados con las firmas Swipco Argentina S.A. y Pistrelli, Díaz y Asociados-Arthur Andersen.
Que por Resolución Nº 3 del 2 de enero de 2001 el MINISTERIO DE ECONOMIA aprobó las normas complementarias para la implementación del régimen establecido en el Capítulo II de la Ley Nº 25.344.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2001 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha22/05/2001

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9410

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/07/2024

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