Boletín Oficial de la República Argentina del 03/10/2000 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.496 1 Sección ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DVSAPLA 2

Que a fs. 151, luce la Nota GAB Nº 948/2000 de la Gerencia Atención Beneficiarios, ratificando lo expuesto en el Considerando precedente.

Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101.
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Oficina art. 1101 C.A. bajo apercibimiento de ley art. 1004 C.A.. Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción fiscal y la no registración del antecedente arts. 930/932. Fdo.: Dr. LEON AUGUSTO GOS, Jefe Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
IMPUTADO

602898/99

HERNAN TCHOKLA

11

Que a fs. 149, luce la Nota Nº 1194/00 producida por el Area Operación Activo, dependiente de la Gerencia Unidad Central de Apoyo, mediante la cual informa que la propuesta presentada por la firma ICAP SOCIEDAD ANONIMA cumple con las características técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones, dejando constancia de que no formula objeción alguna respecto al plazo de entrega propuesto por el oferente.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

EXPTE

Martes 3 de octubre de 2000

INFRACCION

MULTA

987

$ 872

TRIBUTO

Que la Comisión de Preadjudicaciones ha tomado intervención de su competencia emitiendo el Acta de Preadjudicación Nº 059/2000, obrante a fs. 167, en la que aconseja preadjudicar el renglón único de la Contratación Directa Nº 08/2000 a la oferta presentada por la firma ICAP SOCIEDAD
ANONIMA, visto y considerando lo manifestado por el Area Operaciones Activos a fs. 149 y por la Gerencia Atención Beneficiarios a fs. 151.
Que a fs. 181/182, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 14.657, ha tomado la intervención que le compete.
Que a fs. 184, luce copia autenticada de la nota enviada por la firma ICAP SOCIEDAD ANONIMA, mediante la cual informa que por las modificaciones que realizara la SECRETARIA de HACIENDA, respecto de los trámites de importación, no le es posible mantener su oferta.

Dr. GUILLERMO LUCANGELI, Jefe Int. Div. Sec. de Act. N 2.
Que habiéndose presentado a la convocatoria de autos un único oferente, corresponde declarar fracasada la presente Contratación.
e. 3/10 Nº 330.989 v. 3/10/2000
Que a fs. 190, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 15008, ha tomado la intervención que le compete.
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Que, en consecuencia, y no habiendo sido planteada impugnación alguna, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741 de fecha 26 de Diciembre de 1991 y en el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

DVSAPLA 2
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101.

Por ello, Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Oficina art. 1101 C.A. bajo apercibimiento de ley art. 1004 C.A.. Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción fiscal y la no registración del antecedente arts. 930/932. Fdo.: Dr. ALBERTO JUAN FERNANDEZ, 2º Jefe., Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPTE

IMPUTADO

603813/92
603813/92

PESOA MARCOS
RICCHEBONO ROBERTO
EDUARDO

INFRACCION

MULTA

985/986/987

$ 3248

985/986/987

$ 2543

TRIBUTO

Dr. GUILLERMO LUCANGELI, Jefe Int. Div. Sec. de Act. N 2.

EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárase fracasada la Contratación Directa Nº 08/2000, tendiente a lograr la adquisición de TRES 3 visores lectores de rollos de microfilmación para película de 16 milímetros, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.
ARTICULO 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, pase sucesivamente a las Gerencias de Presupuesto y Control de Gestión y de Compras, a fin de que tomen la intervención que les compete y oportunamente archívese. Dr. MELCHOR ANGEL POSSE, Director Ejecutivo.
e. 3/10 Nº 331.106 v. 3/10/2000

e. 3/10 Nº 330.991 v. 3/10/2000
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DIVISION ADUANA DE MENDOZA

Resolución N 932/2000

SECCION SUMARIOS
Bs. As., 28/9/2000
Ref. SA38/97/504
Mendoza, 25/9/2000
CORRASE VISTA de conformidad al art. 1101 del C.A. a EMPRESA DE TRANSPORTES PABLO
LARA REYES, por la presunta infracción al art. 863 y 864 incs. a y b del C.A., a las personas que se detallan en el presente, a quienes se cita y emplaza para que en el perentorio término de DIEZ 10
DIAS estén en derecho evacuen sus defensas y ofrezca todas las pruebas conducentes de que intenten valerse en un mismo escrito, bajo apercibimiento de rebeldía, todo ello de acuerdo a lo prescripto en los arts. 1101/1105 del C.A. Se deja constancia que la presentación requiere patrocinio letrado art.
1034 C.A., acreditando personería y constituyendo domicilio dentro del radio urbano de esta aduana, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en estos estrados art. 1013 inc. g, del C.A.. Asimismo se le informa que el monto de los tributos asciende a cuatro veces el valor en plaza de la mercadería y equivalente a Pesos dos millones once mil cuatrocientos cinco con 12/100 $ 2.011.405,12.
NOTIFIQUESE, de la forma prevista en el Art. 1013 inc. h. CARLOS G. ALVAREZ, Jefe División, Aduana de Mendoza.
e. 3/10 Nº 331.035 v. 3/10/2000

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 930/2000
Bs. As., 28/9/2000
VISTO lo actuado en el Expediente Nº 024-99-80508311-1-123 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, y
VISTO lo actuado en el expediente N 024-99-80531834-8-123 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSeS, y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Contratación Directa N 23/
2000, según lo previsto en el artículo 56, inciso 3, apartado a del Decreto-Ley N 23.354/56, tendiente a lograr la adquisición de insumos para microfilmación, autorizada por Resolución G.P.F. N 179 de fecha 25 de abril de 2000, cuya copia autenticada se encuentra agregada a fs.
38/39.
Que a fs. 84, luce el Acta de Apertura de los DOS 2 sobres conteniendo las ofertas presentadas.
Que a fs. 187/188, lucen los cuadros comparativos de precios y de cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, elaborados por la Comisión de Preadjudicaciones.
Que la Comisión de Preadjudicaciones ha tomado intervención de su competencia emitiendo el Acta de Preadjudicación N 086/2000, obrante a fs. 200/201, en la cual aconseja desestimar por el renglón N 1 de la Contratación Directa N 23/2000 a la oferta presentada por la firma ASEM INSUMOS SOCIEDAD DE HECHO, por incumplimiento del artículo 4 inciso b; del artículo 5 párrafo 2 del Pliego de Bases y Condiciones y del artículo 32 in fine del Decreto N 1759/72 T.O. 1991, aconsejando en consecuencia declarar fracasado el mencionado renglón.
Que asimismo la citada Comisión aconseja preadjudicar los renglones Nos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Contratación Directa N 23/2000 a la oferta presentada por la firma ICAP SOCIEDAD ANONIMA, por única oferta.

CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Contratación Directa Nº 08/2000, según lo previsto en el artículo 56, inciso 3º, apartado a del Decreto-Ley Nº 23.354/56, tendiente a lograr la adquisición de TRES 3 visores lectores de rollos de microfilmación para película de 16
milímetros, autorizada por Resolución G.P.F. Nº 026/99, cuya copia autenticada se encuentra agregada a fs. 33/35.
Que a fs. 80, luce el Acta de Apertura del único sobre conteniendo la oferta presentada.
Que a fs. 145/146, obran el cuadro de precios y de cumplimiento de los requisitos formales, establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, elaborados por la Secretaría de la Comisión de Preadjudicaciones.

Que a fs. 219, luce el mantenimiento de oferta presentado por la firma ICAP SOCIEDAD ANONIMA, cuyo vencimiento operará el próximo 29 de septiembre del corriente año.
Que a fs. 213/214, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen N 15.009, ha tomado la intervención que le compete.
Que, en consecuencia, y no habiendo sido planteada impugnación alguna, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, en concordancia con lo aconsejado por la Comisión de Preadjudicaciones y la Gerencia de Asuntos Jurídicos en el Dictamen citado precedentemente.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3 del Decreto N 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991 y en el artículo 36 de la Ley N 24.241.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/10/2000 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha03/10/2000

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones9393

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/07/2024

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