Boletín Oficial de la República Argentina del 30/03/1998 - Primera Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 28.867 1 Sección ARTICULO 4º. Declárase innecesario, en los términos del artículo 17 de la ley 24.146 y su modificatoria 24.768, el inmueble descrito en el artículo primero.
ARTICULO 5º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
Nº 8.604.501, D. Renato Carlos SERSALE di CERISANO M.I. Nº 8.077.478, D. Pedro Raúl VILLAGRA DELGADO M.I. Nº 10.220.188, D. Armando Juan José MAFFEI M.I. Nº 10.066.643, D. Ricardo Augusto GAUTHIER M.I. Nº 571.548
y D. Osvaldo Santiago PASCUAL M.I.
Nº 4.423.592.
REGISTRADA BAJO EL Nº 24.945
ALBERTO R. PIERRI. CARLOS F. RUCKAUF. Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. Edgardo Piuzzi.
Art. 2º Las promociones dispuestas en el orden establecido en el artículo precedente, deben considerarse a los efectos de la antigedad a partir del 1º de enero de 1997 y a los demás
Lunes 30 de marzo de 1998
efectos, al momento de producirse las vacantes correspondientes.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Guido Di Tella.
FE DE ERRATAS
SEGUNDA EDICION
LEY Nº 24.946
En la edición del 23 de marzo de 1998, donde se publicó la citada Ley, se deslizaron los siguientes errores:
DONDE DICE
En el artículo 10
En el artículo 45
inciso c
CODIGO
PROCESAL PENAL
DEBE DECIR
Los integrantes del Miniserio Público
Los integrantes del Ministerio Público
del Fiscal Nacional de investigaciones Administrativas
del Fiscal nacional de Investigaciones Administrativas
_
LOS BENEFICIOS DE LA ORALIDAD. DR. RICARDO LEVENE H..
En el artículo 60
inciso g
establecidos en esta ley y su reglamenestablecidos en esta ley y su reglamentación.
tación.
En el artículo 65
inciso b
Poder Judicial de la nación,
Poder Judicial de la Nación,
En el artículo 72
inciso g 2do. párrafo
equiparación presupuestaria, remune-
equiparación presupuestaria, remune
rativa y previsional
ratoria y previsional
En el artículo 73
inciso a
El Defensor General de la nación
El Defensor General de la Nación
En el artículo 76
el artículo 3º de la ley 23.091
el artículo 3º de la ley 24.091
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL PROYECTO LEVENE.
CÓDIGO PROCESAL P ENAL LEY Nº 23.984.
-
DECRETOS
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 313/98
ben considerarse a los efectos de la antigedad a partir del 1º de enero de 1997 y a los demás efectos, al momento de producirse las vacantes correspondientes.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
- Disposiciones generales.
- Garantías fundamentales, interpretación y aplicación de la ley.
- Acciones que nacen del delito.
- El Juez.
- Partes, Defensores y Derechos de testigos y víctimas.
- Actos procesales.
- Instrucción.
- Actos iniciales.
- Disposiciones generales para la Instrucción.
- Medios de prueba.
-
Situación del Imputado.
Sobreseimiento.
Excepciones.
Clausura de la instrucción y elevación a juicio.
Juicios.
Juicio común.
Juicios especiales.
Recursos.
Ejecución.
Disposiciones generales.
Ejecución penal y civil.
Costas y Disposiciones transitorias.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Guido Di Tella.
Promociones.
Bs. As., 23/3/98
VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los Acuerdos prestados por el HONORABLE SENADO DE
LA NACION en sus sesiones de fechas 4, 11
y 18 de marzo de 1998 y lo dispuesto por el artículo 99, inciso 7. de la CONSTITUCION
NACIONAL.
F UERZAS DE SEGURIDAD. L EY Nº 23.950.
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 321/98
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Promociones.
Artículo 1º Promuévese en el MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, a funcionario de la categoría A, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, a los siguientes funcionarios de la categoría B, Ministro Plenipotenciario de primera clase: Da. María Matilde LORENZO ALCALA L.C. Nº 5.401.460; D. Jesús Fernando Zacarías TABOADA M.I. Nº 4.316.950; D. Marcelo Eduardo HUERGO M.I. Nº 7.972.873;
D. Vicente ESPECHE GIL M.I. Nº 4.410.102;
D. José María BERRO MADERO M.I.
Nº 4.278.239; D. Orlando Rubén REBAGLIATI
M.I. Nº 4.398.283; D. Julio César FREYRE
M.I. Nº 7.613.978; D. Luis BAQUERIZA
M.I. Nº 5.526.002 y D. Antonio Eduardo SEWARD M.I. Nº 5.619.714.
VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los Acuerdos prestados por el HONORABLE SENADO DE
LA NACION en su sesión de fecha 18 de febrero de 1998; las vacantes existentes y lo dispuesto por el artículo 99, inciso 7. de la CONSTITUCION NACIONAL.
Art. 2º Las promociones dispuestas en el orden establecido en el artículo precedente, de-
J USTICIA. LEY Nº 24.121.
CÓDIGO PROCESAL PENAL. MODIFICACIÓN. L EY Nº 24.131.
Con índice analítico de la Ley N 23.984.
Bs. As., 25/3/98
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Promuévese en el MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, a funcionario de la categoría B, Ministro Plenipotenciario de primera clase, a los siguientes funcionarios de la categoría C, Ministro Plenipotenciario de segunda clase: D. José Luis VIGNOLO M.I.
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SEPARATA Nº 247
$16,25
MINISTERIO DE JUSTICIA
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL