Boletín Oficial de la República Argentina del 24/03/1998 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.863 1 Sección Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 737/98
Reconócese como persona jurídica y entidad de bien público a las Hermanas Carmelitas de la Caridad de Vedruna.
Bs. As., 4/3/98
VISTO lo solicitado por las HERMANAS CARMELITAS DE LA CARIDAD DE VEDRUNA, y CONSIDERANDO:
Que la HERMANAS CARMELITAS DE LA
CARIDAD DE VEDRUNA, es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA
CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección, memoria y constancia de admisión en la REPUBLICA ARGENTINA debidamente aprobadas por la autoridad eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 24.483.
Por ello, EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º Reconocer como persona jurídica a las HERMANAS CARMELITAS DE LA
CARIDAD DE VEDRUNA con sede legal en calle Ayacucho, número CUATROCIENTOS SESENTA 460, y domicilio especial en calle Crámer, número DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA
2370, Ciudad de BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO CINCUENTA Y DOS 152 del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Angel M. Centeno.

Que en dicha norma se estableció que en todas las llamadas realizadas a los servicios de emergencias pertenecientes a los organismos públicos policía, bomberos, hospitales, etc. se presentará indefectiblemente el número del llamante.
Que además el servicio permite detectar geográficamente el lugar desde donde se realiza la llamada calle y número toda vez que transforma el númer o telefónico llamante por intermedio de un sistema de información geográfica.
Que dicho sistema para el tratamiento centralizado de atención de emergencias existe en otros países como por ejemplo en los Estados Unidos de América que tiene instrumentado a nivel nacional el Código 911.
Que el Plan de Numeración aprobado por Resolución SC Nº 46/97 determina en su punto III.4.1 que los Servicios Especiales están destinados a establecer comunicaciones de urgencia y servicios a la comunidad, conforme el formato de numeración que allí se indica.
Que el punto III.4.2 de dicho Plan refiere a la tabla 3.6 en la que se muestran los códigos asignados para los servicios especiales, entre ellos los correspondientes a Bomberos, Policía, Ayuda al Niño, Defensa Civil, Emergencia Ambiental, Emergencia Náutica y Emergencia Médica.
Que asimismo dicho plan contempla pautas para la asignación de números para nuevos Servicios Especiales.
Que en tal sentido se determina que el código definido para un Servicio Especial debe ser homogéneo para todos los prestadores y sólo podrá ser usado para dicho Servicio.
Que el servicio presentado por la Municipalidad de Morón contiene los elementos que definen al mismo como un Servicio Especial por cuanto está destinado a establecer comunicaciones de urgencia y prestar servicios a la comunidad.
Que esta Secretaría resulta competente para habilitar el código numérico de acceso al sistema de tratamiento centralizado de atención de emergencias, en su carácter de autoridad de aplicación del plan fundamental de numeración nacional.
Que resulta necesario reservar el código de acceso 109 a nivel nacional para posibilitar de tal modo la implementación de un sistema para el tratamiento centralizado de atención de emergencias Servicio de Emergencias.

Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 866/98

Que a los efectos de su implementación es necesario que la COMISION NACIONAL DE
COMUNICACIONES efectúe la coordinación técnica con los distintos prestadores de servicios telefónicos, a efectos de asegurar su factibilidad técnica.

Asignación del código de Servicios Especiales, a fin de brindar el Servicio de Emergencias 109, para ser utilizado en todo el ámbito del Territorio Nacional.

Que atento la naturaleza de la cuestión es pertinente otorgar la intervención que le compete al MINISTERIO DEL INTERIOR.

Bs. As., 19/3/98

Que, teniendo en cuenta el interés público comprometido, es conveniente autorizar a la Municipalidad de Morón a implementar el Servicio de Emergencias como prueba piloto, y sujeto a lo que en definitiva se resuelva en conjunto con el citado Ministerio respecto a un sistema nacional y su financiación.

VISTO el Expediente Nº 03/98 del registro de esta Secretaría y la Resolución S.C. Nº 301/
98, y CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Morón Provincia de Buenos Aires ha solicitado la asignación del Código 109 para brindar el servicio especial de emergencias que denomina Roles Centrales de Emergencia.
Que dicho servicio tiene como finalidad centralizar todas las llamadas de emergencia policía, bomberos, hospitales, servicios de ambulancia, etc. marcando el usuario telefónico simplemente el código de acceso en cuestión.
Que por Resolución S.C. Nº 301/98 se aprobó el Reglamento General de Condiciones para la prestación del Servicio de Identificación de Llamadas Caller ID, que permite al destinatario de la llamada identificar, previo a atender, el número telefónico llamante.

Que, sin perjuicio de la obligación de las prestadoras de poner a disposición el número llamante para este tipo de servicios, los restantes costos de su implementación en esta etapa serán soportados por la Municipalidad requirente.
Que, sin perjuicio de la obligación de las prestadoras de poner a disposición el número llamante para este tipo de servicios, los restantes costos de su implementación en esta etapa serán soportados por la Municipalidad requirente.
Que han tomado la intervención que respectivamente les compete la Gerencia de Control y de Jurídicos y Normas Regulatorias de la COMISION NACIONAL DE
COMUNICACIONES.

Martes 24 de marzo de 1998

14

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1620/96.

servicio cuya numeración se asigna por el artículo precedente.

Por ello,
La COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES verificará la implementación técnica del presente, y coordinará su aplicación con todos los prestadores de servicios telefónicos.

EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Asígnase el código de Servicios Especiales CIENTO NUEVE 109, para ser utilizado en todo el ámbito del Territorio Nacional, a fin de brindar el Servicio de Emergencias 109.
Art. 2º Autorízase provisoriamente, y sujeto a la previa coordinación con el MINISTERIO
DEL INTERIOR, a la Municipalidad de Morón Provincia de Buenos Aires a implementar el
Art. 3º Remítase copia de lo actuado al MINISTERIO DEL INTERIOR a efectos de su toma de conocimiento, así como para la coordinación del dictado de una reglamentación que garantice su eventual implementación y financiación a nivel nacional.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Germán Kammerath.

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MINISTERIO DE JUSTICIA
SECRETARIA DE ASUNTOS TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
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NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/03/1998 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha24/03/1998

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9400

Primera edición02/01/1989

Ultima edición18/07/2024

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