Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 26/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES 26 DE ABRIL DE 2024

diario "Boletin Oficial" yen el Hal Central del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario. Ampliando el decreto de fecha 13/12/2023: Por presentado, con domicilio procesal constituido yen el carácter invocado, a mérito de la sustitución de poder acompañada, désele la participación que por derecho el corresponda." FDO. DRA.
JORGELINA ENTROCASI Jueza - DR. CHRISTIAN BITETTI Secretario.-Por ol expuesto, se publican los presentes edictos a los fines de notificar al demandado SR. GABRIEL EDGARDO GONZALEZ DNI 28.087.835 a comparecer aestar aderecho en el término de tres 3 días hábiles acontar desde al última publicación de los presentes edictos, dentro de los autos caratulados "LEONETTI, JOSE RAMON
C/ GONZALEZ, GABRIEL EDGARDO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" Expte. N 661/22
CUIJ N 21-11887265-4.- de trámite ante el TRIB.COLEG. RESP. EXTRACONTRACTUAL -2DA. NOM., SEC. 2Localidad: ROSARIO.
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Por disposición de la Señora Jueza a cargo del TRIB. COLEG. RESP. EXTRACONTRACTUAL - 1RA. NOM., SEC. 1 Localidad: ROSARIO, DRA. LUCIANA
PAULA MARTINEZ, dentro de los autos caratulados "BURALLI, NASHARET C/ ESPINOSA, DARIO GUSTAVO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" Expte. N12/23
CUIJ N 21-11889444-5.- es ha resuelto ol siguiente: Resolución N 281 T 2024 "N
ROSARIO, VISTO Y CONSIDERANDO: Los presentes caratulados "BURALLI, NASHARET C/ ESPINOSA, DARIO GUSTAVO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" Expte N12/23, lo solicitado, informe precedente y constancias obrantes, que el demandado ESPINOSA, DARIO GUSTAVO no compareció aestar aderecho ni contestó al demanda, pese a encontrarse debidamente notificado según constancia obrante a fs. 122, haciendo efectivos los apercibimientos de ley; RESUELVO: Declarar REBELDE a ESPINOSA, DARIO GUSTAVO y dársele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese a ESPINOSA, DARIO GUSTAVO mediante EDICTOS, los cuales es publicarán por el término de ley en el Boletín oficial y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado ESPINOSA, DARIO GUSTAVO que se lo ha declarado rebelde y se le ha dado por decaido el derecho dejado de usar, debiendo transcribirse en el edicto el presente auto." FDO. DRA. LUCIANA PAULA
MARTINEZ Jueza - DRA. ELIANA GUTIERREZ WHITE Secretaria.-Por lo expuesto, se publican los presentes edictos a los fines de notificar al demandado SR.
DARIO GUSTAVO ESPINOSA DNI 22.908.599 que se ol ha declarado rebelde yse el ha dado por decaído el derecho dejado de usar, dentro de los autos caratulados "BURALLI, NASHARET C/ ESPINOSA, DARIO GUSTAVO YOTROS S/ DAÑOS
YPERJUICIOS" Expte. N 12/23 CUIJ N 21-11889444-5. de trámite EXTRACONTRACTUAL -RIA. NOM. SEC. Localidad: ROSAROI.
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: BAONA ELIANA EVA s/SOLICITUD PROPIA
QUIEBRA, CUIJ 21-02976390-6, mediante Resolución N 367 de fecha 09/04/2024, se ha ordenado: 1 Declarar la quiebra de ELIANA EVA BAONA, DNI Nº 33.301.465, con domicilio real en calle Gaboto 447 Planta Baja A y legal en calle España 1566, ambos de la ciudad de Rosario. 2 Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 3 Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios CABA, al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina, al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones. Asimismo, ofíciese al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social SINTyS, a efectos de que tenga a bien informar respecto de los bienes de cualquier naturaleza que resulten de titularidad del fallido, en todo el país y al Servicio de Catastro e Información Territorial SCIT
para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 4 Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, AFIP, API a los fines del art. 23 del Código Fiscal, a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 5 Intimar al deudor para que dentro de las 24hs. entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 6 Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 7 Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 8 Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficial al Correo Oficial SA y a las empresas Andreani S.A. y Oca S.A. 9 Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 LCQ, a cuyo fin deberá oficiarse a los juzgados en lo Civil y Comercial, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe, ha efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si el fallido es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual, en tal caso, si corresponde, se ordene la remisión a este juzgado y, si no corresponde tal remisión, se ponga constancia en los respectivos expedientes.
Los oficios deberán ser remitidos por la secretaría vía correo electrónico, haciéndole saber al oficiado que es innecesario responder si el fallido no es parte de ningún juicio tramitado por ante su juzgado. 10 Hacer saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el art. 103 LCQ, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal Delegación Rosario, Dirección General de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 1 1 Desapoderar al fallido de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación art. 106 y ss. L.C.Q.. 12 Clasificar al proceso en 12 categoría B a los fines de sorteo de síndico a sus efectos designase la audiencia del día 24 de abril de 2024 a las 10hs. La fecha para cumplimiento de lo prescripto en el art. 88 última parte LCQ se fijarán por auto ampliatorio de la presente aceptado que fuere el cargo por el síndico sorteado. 13 Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Hacer saber al síndico, aceptado que fuere el cargo, que deberá efectuar dentro del término de 15
días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida que com-

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prenderá sólo los rubros generales - y proceder a la incautación prevista por el art.
177 LCQ. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 14 Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 5 días. 15 Hacer saber a la sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 16 Hacer saber al fallido que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17 Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Insértese y hágase saber. Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme arts. 89 y 182 LCQ. Rosario, 11 de Abril de 2024. Dra. Beade, Secretaria Subr.
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Disposición del Juez de lera instancia de circuito N 2 de Rosario, se ha ordenado dentro de los autos AUTOS: "GONZALEZ, ESTHER GLADYS C/ VIEGAS, JOSE S/
USUCAPIÓN" 21-02974769-2 citar por edictos: ROSARIO, 11 de Diciembre de 2023
Por presentado y domicilio constituido, por parte en el carácter invocado y acreditado en autos. Désele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada acción de usucapión en los términos expresados, Imprimase al presente el trámite del juicio sumario. Citese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 dias, bajo apercibimiento de rebeldía. Oficiese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de Propiedades a fin de que informen los datos catastrales y registrales del inmueble a usucapir. Oficiese a la Municipalidad que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. En caso de ser necesario, oficiese al Registro Nacional de las Personas Y o Secretaría Electoral correspondiente a fin de que infromen respecto del domicilio de los titulares registrales informados por el Registro General de Propiedades. Acompañe acta de mensura con citación de linderos pertinente, plano de mensura firmado por profesional competente del bien que pretende usucapir. Publiquense edictos en el Boletin Oficial y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Librese mandamiento al Sr.
oficial de justicia a fin de que se constituya en el inmueble objeto de la presente y constate el estado de ocupación del mismo. Procédase a la anotación litigiosa del bien motivo de los presentes, oficiándose a sus efectos al Registro General. notifíquese.- DR. JAVIER MATIAS CHENA DR. EDUARDO H. ARICHULUAGA Secretario $ 100
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 13
Nominacion de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb en los autos caratulados: BANCO MACRO SA c/LM IMPLANTES SRL Y OTROS s/Juicio Ejecutivo;
Expte. CUIJ Nº 21-02914801-2, se hace saber a LM IMPLANTES S.R.L., CUIT 3071183884-4 que en autos se ha dictado lo siguiente: Rosario, 19/06/19. Por presentados, con domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, a mérito del poder acompañado. Otórgasele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese al demandado a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese inhibición general de bienes de los codemandados LM IMPLANTES SRL, CUIT
N 30-71183884-4, y DENISE LORENA BURUCULLU, D.N.I. N 36.005.242, hasta cubrir la suma de $ 51.000 con más $ 15.300, en concepto de intereses y costas provisoriamente estimados. Líbrense los despachos correspondientes. Fdo. Dra. Gotlieb - Dr. Menossi. Y también: Rosario, 05/07/22. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que la codemandada LM IMPLANTES SRL no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo: Dra. Gotlieb - Dr. Menossi. Rosario, Dr. Lucas Menossi, Secretario.03/04/24.
$ 100
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1 Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 17 Nom. - Sec. 1 de Rosario, Dra. M. Silvia Beduino, dentro de los autos caratulados: CONFICRED S.A. c/GARCIA ORLANDO ARIEL s/Demanda Ejecutiva, Expte. N 21-02838936-9 se ha dictado lo siguiente: En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE CSJSF, Acta N 14 del 13/05/20
pto. XV 26/02/2024. Al escrito cargo N 1078/24 se provee: Por practicada planilla.
Póngase de manifiesto la misma en la oficina por el término de ley. Notifíquese por cédula con transcripción del monto. Firmado: Dra. M. Amalia Lantermo, Secretaria.
Dra. M. Silvia Beduino, Jueza. Se deja constancia que la presente liquidación asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y
DOS CON 09/00 $ 42732.09. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.
Rosario.
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial Nº 31 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, y/o legatarios de Don JOSE SCAGLIONE, para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN
OFICIAL. Rosario, 2024. Ana Belén Cura, Secretaria. autos: LUBRANI, PEDRO
FRANCISCO RAUL c/LA INMOBILIARIA DEL LITORAL SCA s/Otras Diligencias 2102936858-6.
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Abr. 25 Abr. 29
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, y/o legatarios de Don JOSE SCALIONE, para que comparezcan a estar a derecho por el término y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 26/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha26/04/2024

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones705

Primera edición03/05/2002

Ultima edición05/07/2024

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