Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/11/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
TROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON CUARENTAY CUATRO CENTAVOS $ 89.496,44, en virtud de tratarse de gastos originados en ejercicio vencido.________
DECRETO Nº 0956
RIO GALLEGOS, 24 de Octubre de 2017.Expedientes CPE-Nros. 661.276/15 y 666.364/17.ELIMÍNASE a partir del día 1º de noviembre del año 2017, en el ANEXO: Consejo Provincial de Educación - ÍTEM: Consejo, una 1 Categoría 10, Personal Obrero, Maestranza y Servicios y CRÉASE en el ANEXO: Gobernación - ÍTEM: Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, una 1 Categoría 10, de igual Agrupamiento Presupuestario, del Ejercicio 2017.TRANSFIÉRASE a partir del día 1º de noviembre del año 2017, al ANEXO: Gobernación - ÍTEM:
Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, a la agente Planta Permanente - Agrupamiento: Servicios Generales - Categoría 10, señora María Magdalena TOLOSA D.N.I. Nº 14.200.829, proveniente del ANEXO: Consejo Provincial de Educación - ÍTEM:
Consejo._______

RESOLUCIONes a.s.i.p.
RESOLUCION Nº 200
RIO GALLEGOS, 14 de Noviembre de 2017.VISTO:
El Expediente A.S.I.P. Nº 912.556-SEAL/2017, y CONSIDERANDO:
Que, es objetivo permanente de este organismo facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones, por lo que resulta oportuno disponer el uso de distintos canales electrónicos y eliminar el uso de dinero en efectivo para efectuar el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en primer término, con el objeto de luego ampliarlo al resto de los impuestos que tiene a su cargo esta Agencia.
Que, la adopción de esta medida conllevará a agilizar los trámites de pago, contar con una amplia disponibilidad horaria, evitar el traslado del dinero en efectivo y reducir el tiempo que demandan las gestiones personales en las entidades recaudadoras.
Que, el art. 10 inciso o del Código Fiscal establece que la ASIP se encuentra facultada para dictar las normas generales obligatorias en las materias en que las leyes la autorizan a reglamentar la situación de responsables y terceros frente a la administración de los recursos que se les asignen.
Que, lo anterior se complementa con lo dispuesto por el art. 194 del Código Fiscal que habilita a que la ASIP establezca la forma y condiciones en las que se realizará el pago de las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Que, obra Dictamen N 489/2017 de la Subdirección Ejecutiva de Asuntos Legales.
Que, la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Código Fiscal, la Ley N 3470 y el Decreto N 2240/16.
POR ELLO:
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
LA AGENCIA SANTACRUCEÑA
DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER que, a partir del 1º de marzo de 2018, los contribuyentes y/o responsables deberán efectuar el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de forma exclusiva, de acuerdo con el procedimiento de transferencia electrónica de fondos, a través de volante electrónico de pago VEP, en los términos de lo normado por Resolución General AFIP

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5197 DE 14 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 21 de Noviembre de 2017.N 1778 y su modificatoria y sus reglamentarias.
ARTÍCULO 2º.- Los contribuyentes y/o responsables deberán arbitrar los recaudos necesarios, a fin de gestionar las autorizaciones para habilitar los medios electrónicos en la respectiva entidad de pago.
ARTÍCULO 3º.- Lo establecido en el artículo 1 de la presente será de aplicación para la totalidad de los contribuyentes, incluso los incluidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Monotributo - Ley 26.565 y modif. y los agentes de recaudación, retención y/o percepción.
ARTÍCULO 4º.- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE a quienes corresponda, DESE al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
LEANDRO E. ZULIANI
Director Ejecutivo Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos ________
RESOLUCION Nº 202
RIO GALLEGOS, 15 de Noviembre de 2017.VISTO:
El Expte A.S.I.P. Nº 910.314/16; Código Fiscal Ley N 3486, Ley N 3470, Decreto N 2240/2016, Resolución General ASIP 004/2017, y CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley N 3470 se creó la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, siendo el ente de ejecución de la política tributaria de la Provincia de Santa Cruz y teniendo a su cargo la percepción del pago de los impuestos, tasas y contribuciones que existan o que se establezcan en el futuro. La ASIP es la Autoridad de Aplicación del Código Fiscal de la Provincia, de la ley impositiva, de la ley de catastro, de las disposiciones legales complementarias y toda otra ley fiscal.
Que, de acuerdo a la Ley N 3470 la dirección superior y la administración de la ASIP se encuentran a cargo de un Director Ejecutivo, cuya designación se instrumentó mediante Decreto N 2240/16, con rango equivalente al de Secretario.
Que, por razones de buen orden administrativo y teniendo en cuenta el desenvolvimiento del organismo se requiere contar con un reemplazo del Director Ejecutivo en sus funciones para los supuestos de ausencia, en razón de comisiones de servicios fuera de la Provincia, licencias u otras situaciones que puedan presentarse.
Que, de acuerdo al artículo 11 del Código Fiscal, el Director Ejecutivo posee facultades para reglamentar el régimen de reemplazo para supuestos de ausencia y/o impedimento del mismo.
Que, mediante Resolución General ASIP 004/2017
se estableció el orden para los reemplazos a la Dirección Ejecutiva, considerándose que es conveniente modificar lo dispuesto oportunamente.
Que, obra dictamen de la Subdirección Ejecutiva de Asuntos Legales N 490/2017.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N 3470 y el Decreto N
2240/16;
Por ello:
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
LA AGENCIA SANTACRUCEÑA
DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el artículo 1 de la Resolución General A.S.I.P. N 004/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Establecer que, en caso de ausencia temporaria o impedimento en el ejercicio de las funciones y poderes del Director Ejecutivo, lo subrogarán en el siguiente orden: la Subdirectora Ejecutiva de Asuntos Legales Abog. Leticia Mariela SIMURRO, en segundo término el Subdirector Ejecutivo de Fiscalización Cr.
Gustavo VARELA y en tercer término el Subdirector Ejecutivo de Recaudación y Catastro Cr. Julio BECKER.

Página 3
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese a quien corresponda, dése al Boletín Oficial y cumplido, archívese.
LEANDRO E. ZULIANI
Director Ejecutivo Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos ________

RESOLUCIONes SINTETIZADAs m.s.g.g.
RESOLUCION Nº 199
RIO GALLEGOS, 02 de Octubre de 2017.Expediente MSGGNº 333.146/17.ASIGNAR, la cantidad de Unidades Retributivas mensuales a los agentes según el detalle obrante en el ANEXO I de la presente Resolución, como Suplemento de Gabinete, a partir del 1º de octubre y hasta el 31
de diciembre del año 2017, en el marco del Artículo 4
del Decreto N 2050/16 y Resolución Reglamentaria N 001/17 y su ratificatoria por Decreto N 0105/17, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.
AFECTASE, el gasto que demande el cumplimiento de la presente y cuyo importe total asciende a la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL SETENTA Y SIETE CON VEINTIOCHO CENTAVOS $ 34.077,28 con cargo al ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - ÍTEM:
Secretaría de Estado de Gestión Pública - FINALIDAD: Administración Gubernamental - FUNCIÓN:
Administración General - SUB-FUNCIÓN: Servicios Generales - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operación - PARTIDA PRINCIPAL:
Gastos en Personal - PARTIDA PARCIAL: Personal Permanente - PARTIDA SUBPARCIAL: Retribuciones del Cargo $ 23.850,00, PARTIDA SUBPARCIAL: Sueldo Anual Complementario $ 3.975,00
PARTIDA SUBPARCIAL: Contribuciones Patronales $ 6.252,28 del Ejercicio 2017.La presente Resolución será refrendada por la señora Secretaria de Gestión Pública.________
RESOLUCION Nº 210
RIO GALLEGOS, 18 de Octubre de 2017.Expediente MSGG-N 332.859/17
ABONAR los Módulos correspondientes, en concepto de Prestaciones Críticas a favor de los Comandantes y Copilotos dependientes de la Dirección Provincial de Aeronáutica del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, que se detallan en la planilla que como Anexo I, forma parte integrante del presente, correspondiente a los meses de marzo, abril y julio del año 2017, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.AFECTAR, el gasto que demande el cumplimiento del presente y cuyo importe total asciende a la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL
$ 144.000,00, con cargo al ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - ÍTEM: Dirección Provincial de Aeronáutica - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD: Servicios Económicos - FUNCIÓN: Transporte - SUBFUNCION:
Aéreo - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operación - PARTIDA PRINCIPAL: Gastos en Personal - PARTIDA PARCIAL: Personal Permanente - PARTIDA SUB.PARCIAL: Complementos, del Ejercicio 2017.La presente Resolución será refrendada por la señora Subsecretaria de Asuntos Administrativos.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/11/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha21/11/2017

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1767

Primera edición19/02/2002

Ultima edición11/07/2024

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