Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 9/11/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 14

RIO GALLEGOS, 09 de Noviembre de 2017.-

LOS, se presentó antes de la audiencia informando que desconoce la relación laboral referida en Acta de Denuncia a fs. 02 y que por consejo de su abogado, no se presentará a la audiencia del día de la fecha. Se le cede la palabra a la denunciante, quien ratifica su reclamo a fs. 02 en todos sus términos y solicita se den por decaídos los derechos de la parte demandada.
Atento a lo expresado el funcionario actuante otorga 05 días hábiles para la presentación de pruebas escritas y fija fecha de audiencia testimonial para el día Jueves 16 de Julio a las 10:00 hs, quedando la denunciante debidamente notificada en ese acto;
Que, a fs. 21 obra Escrito interpuesto por la demandante, donde solicita se libre oficio a la Empresa PROSEGUR, en la cual constan planillas y/o recibos con la firma de la mencionada, a fin de que adjuntar como prueba documental en el presente actuado; Que, a fs. 22 obra Acta Testimonial del testigo ofrecido por la parte actora; Que, a fs. 25 obra Oficio N 12/15
diligenciado a la Empresa PROSEGUR S.A. a los efectos de solicitar informe si constan de planillas y/o recibos de entrega de dinero de Rapi Pago con la firma de la denunciante, Sra. DANIELA MONGE; Que, a fs. 26/93 obran Pruebas Documentales aportadas por la Empresa PROSEGUR en respuesta al Oficio a fs. 25, y que hacen al derecho de la denunciante;
Que, a fs. 95 obra Cédula de Notificación, donde se informa a la parte demandada del Decaimiento de Derechos; Que, a fs. 98 remitidas las actuaciones a la División Liquidaciones, la misma practica la cuantificación de lo reclamado, por la suma total de PESOS DOCE
MIL NOVENTA Y SIETE con 17/100 $ 12.097,17;
Que, analizadas las constancias de autos, encontrándose la parte denunciada debidamente notificada del decaimiento de sus derechos, corresponde se proceda conforme los términos del Art. 8 de la Ley ritual por expresa remisión del Art. 4 misma Ley, por entender que se encuentra acreditado Prima facie el reclamo incoado por el denunciante, correspondiendo dejar expedita la Vía Judicial previo depósito o caución real en resguardo de los derechos del trabajador; Que, en virtud de lo establecido por el art. 4, 8 y 10 de la Ley 2450 de Procedimiento Administrativo en lo Laboral, en concordancia con el Dictamen N 633/DPAJ/17, deberá dictarse el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO: EL SECRETARIO DE ESTADO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE ARTICULO 1º: DEJAR EXPEDITA LA VIA
JUDICIAL a la Razón Social KIOSCO TRULA
S.A. Y/O CARLOS E. MOYANO con domicilio legal en Avda. Pte. Néstor C. Kirchner N 1250 de la Ciudad de Río Gallegos, previo depósito o caución que garantice de modo suficiente sus obligaciones laborales, conforme los considerandos de la presente ARTICULO 2: DETERMINAR que el depósito previo asciende a la suma PESOS DOCE MIL NOVENTA Y SIETE con 17/100 $ 12.097,17, la que deberá ser depositada en plazo de tres 3 días de notificada la presente en la Cta. Cte. Caución Nº 723446/3
CBU N 0860001101800072344636 CUIT N 3067365669-9 de la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, en la Casa Central y/o sucursales del Banco Santa Cruz S.A., debiendo presentar ante este Organismo el respectivo comprobante de depósito dentro de las 48 hs. de efectuado el mismo.- ARTICULO 3º: La falta de acreditación de la constancia de depósito, ante esta Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, dentro de los plazos estipulados en el Art. anterior, dará lugar a la aplicación de la sanción correspondiente conforme a lo dispuesto en el Anexo II Capítulo 2 Artículo 8 del Pacto Federal del Trabajo ratificado por Ley 25.212 y Ley Provincial Nº 2506/96, por obstrucción a la Autoridad Laboral conforme lo normado por el Art. 48º de la Ley 2450.ARTICULO 4º: Regístrese, Notifíquese a las partes y cumplido ARCHÍVESE.-

P-2

MARIA ELINA SANDOVAL
Directora General de Trabajo Secretaría de Estado de Trabajo y S.S.
Ministerio de Gobierno _______

CEDULA DE NOTIFICACION:
a la Sra. GUTIERREZ INES MAGDALENA;
V I S T O: El Expediente N 554.184/14 autos cara-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5194 DE 16 PAGINAS

tulados: GUTIERREZ INES MAGDALENA sobre RECLAMO LABORAL contra PROSEGUR
S.A. , que se tramita ante esta Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social y; CONSIDERANDO: Que, a fs. 02 obra Acta de Denuncia interpuesta por la Sra. INES MAGDALENA GUTIERREZ titular del DNI N 24.888.558 con domicilio en calle Aristizabal casa N 16 de la ciudad de Río Gallegos, contra la Razón Social PROSEGUR S.A.
con domicilio legal en Tres Arroyo N 2.835 Capital Federal, reclamando por los siguientes rubros: DIFERENCIA DE HABERES DICIEMBRE/13, SAC
2 CUOTA/13, PAGO DE LIQUIDACION FINAL
Y/O CUALQUIER OTRO RUBRO QUE POR LEY
O CONVENIO CORRESPONDA. Acto seguido el funcionario actuante, de acuerdo a lo establecido en el Art. 2 de la Ley 2450 comunica a la compareciente que convocará a audiencia de conciliación para el día Jueves 17 de Abril de 2014 a las 10:00 hs, quedando la parte actora notificada en ese acto; Que, a fs. 03/23
obran Pruebas Documentales presentadas por la parte demandante al momento de realizar la denuncia;
Que, a fs. 24/26 obran Cédula de Citación y Carta Documento debidamente diligenciadas a las partes, informándoles fecha y hora de la audiencia conciliatoria fijada para el día Lunes 21 de Abril de 2014 a las 10:00 hs; Que, a fs. 27 obra Acta Audiencia de fecha 21 de Abril de 2014, donde se presentan previamente citados la parte denunciante, la Sra. GUTIERREZ INES MAGDALENA titular del DNI N
24.888.558 y por la parte demandada PROSEGUR
S.A. lo hace el Sr. JODURCHA CLAUDIO DAVID
titular del D.N.I. N 27.289.011 en su carácter de Apoderado, con domicilio en Quinquela Martin N 1171
acompañado por el Dr. RAMIRO SERANTES T
VII F 4 constituyendo domicilio en calle Comodoro Rivadavia N 280 1er piso. Abierto el acto y tomada la palabra por la parte demandada, la misma manifiesta que conforme surge de fs. 13 y 20 esa parte le abonó a la denunciante la liquidación final reconociéndole una diferencia de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTE con 00/100 $ 3.420,00 que oportunamente fueron puestos a su disposición y que la misma no retiró en las oficinas de la Empresa. Atento a ello, se pone a disposición en ese acto el importe mencionado, dejándose asentado que de acuerdo a lo reclamado, solo se reconoce diferencias en Diciembre/13 integrados en el recibo de liquidación final y en el pago ofrecido. Seguidamente, cedida la palabra a la parte demandante esa expresa que recibe el monto a cuenta de mayor cantidad, considerando que existen diferencias en el pago de la liquidación final en los rubros indemnización por antigedad, mes de integración y preaviso; Que, retomada la palabra por la parte
BOLETIN OFICIAL
demandada esa expresa que teniéndose en cuenta que se encuentra controvertido el motivo de la extinción del vínculo laboral, conflicto que puede ser dirimido en sede judicial, solicita la Declinación de la Vía Administrativa. Acto seguido el funcionario actuante ofrece a las partes el ARBITRAJE de ésta autoridad laboral, el que fue aceptado por la parte demandante y rechazado por la demandada por las razones expuestas, otorgándose un plazo de cinco 5 días hábiles para la presentación de pruebas escritas y fija fecha de audiencia testimonial para el día Viernes 25 de Abril de 2014 a las 12:00 hs, quedando las partes notificadas en ese acto;
Que, a fs. 39/52 obran Pruebas documentales presentadas por la parte demandada y que hacen a su derecho; Que, a fs. 53/56 obran Actas Testimoniales de los testigos propuestos por la parte actora; Que, a fs. 59/63 obran Pruebas Documentales presentadas por la parte demandada y que hacen a su derecho; Que, visto el expediente de marras y analizado el mismo, correspondería hacer lugar al pedido de declinación de Vía Administrativa solicitada por la demandada en acta audiencia a fs. 27, concediéndose sin más, atento a que la parte actora no logra desvirtuar ni acreditar debidamente los extremos que alega Que, conforme a las facultades conferidas en los Art. 8 y 10 de la Ley de Procedimiento Administrativo en lo Laboral y en concordancia con el Dictamen N 1955/DGAJ/14 a fs. 66, debe dictarse el Acto Administrativo correspondiente; POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE ARTICULO 1º: DECLINAR LA VÍA ADMINISTRATIVA
sin más, solicitada por la Razón Social PROSEGUR
S.A. / CUIT N 30-57517012-5 representada por su apoderado el Sr. JODURCHA CLAUDIO DAVID
titular del D.N.I. N 27.289.011 con domicilio en calle Quinquela Martín N 1171 y con el patrocinio del Dr.
Ramiro SERANTES T VII F 4 con domicilio constituido en Comodoro Rivadavia N 280 1er piso de la ciudad de Río Gallegos, de conformidad a lo expuesto en los considerando de la presente.- ARTICULO 2:
DEJAR EXPEDITA LA VIA JUDICIAL a las partes, en el Expediente Administrativo Nº 555.184/14.
ARTICULO 3º: Regístrese, Notifíquese a las partes y Cumplido ARCHÍVESE.-

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MARIA ELINA SANDOVAL
Directora General de Trabajo Secretaria de Estado de Trabajo y S.S.
Ministerio de Gobierno
licitaciones
Ministerio de Transporte Presidencia de la Nación
AVISO DE PRORROGA DE LLAMADO A LICITACION
La DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD llama a Licitación Pública Nacional la siguiente Obra:
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N 92/2017
OBRA: Bacheo y Construcción de Carpeta Asfáltica con Mezcla en Caliente Ruta Nacional Nº 3
Tramo: Salida Río Gallegos Límite Internacional con Chile Sección: Progresiva 2618,00 Km. Progresiva 2659,00 Km. Provincia de Santa Cruz.
PRESUPUESTO OFICIAL Y PLAZO DE OBRA:
Pesos Ciento Nueve Millones Novecientos Diez Mil Ochocientos Noventa y Dos $ 109.910.892,00 referidos al mes de Julio de 2017 y un Plazo de Obra de veinticuatro 24 Meses.
GARANTÍA DE LAS OFERTAS: Pesos Un Millón Noventa y nueve Mil Ciento Nueve $ 1.099.109.

NUEVA FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: Avenida Julio A. Roca Nº 734/8 1067 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Planta Baja Salón de Actos D.N.V., el día 17 de Noviembre de 2017, a las 11:00 Hs.
VALOR, CONSULTA Y DISPONIBILIDAD
DEL PLIEGO: Pesos Cero $0,00; consulta mediante Formulario de Consultas habilitado en www.vialidad.gob.ar Licitaciones Obras Licitaciones en Curso Licitación Pública Nacional N 92/2017 Ruta Nacional Nº 3, y disponibilidad del pliego a partir del 05 de Octubre de 2017 en la página antes mencionada.

ANTICORRUPCIÓN:Si desea realizar un reclamo o denunciar una irregularidad o practica indebida puede hacerlo de manera segura y confidencial a la Unidad de Ética y Transparencia de la Oficina Anticorrupción con sede en esta DNV, contactándose al teléfono+54 011 4343-8521interno 2018o escribiendo atransparencia@vialidad.gob.
ar. No dude en comunicarse, su aporte nos ayuda a contratar mejor.
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 9/11/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha09/11/2017

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1774

Primera edición19/02/2002

Ultima edición06/08/2024

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