Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/10/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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favor del señor Alejandro German ALANIZ Clase 1960 - D.N.I. Nº 14.013.367, en concepto de pago correspondiente a veintitrés 23 días, de Parte Proporcional de la Licencia Anual Reglamentaria año 2012 en base a una 1 Categoría 24.APROPIAR al presente ejercicio financiero, la suma de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y SIETE CON VEINTISEIS CENTAVOS $ 12.987,26, en virtud de tratarse de un gasto originado en ejercicio vencido.DEJAR ESTABLECIDO que la afectación se realizará conforme al detalle analítico del Punto 2º de la Resolución Ministerial MS-Nº 0888/13, del Ejercicio 2014.________
DECRETO Nº 2870
RIO GALLEGOS, 30 de Diciembre de 2014.Expediente CPE-Nº 657.178/14.RATIFICAR en todas sus partes la Resolución CPENº 1166/14, emanada de la Presidencia del Consejo Provincial de Educación, mediante la cual se tramita el reintegro a la Directora del Jardín de Infantes Nº 46 de la localidad de El Chaltén, Profesora Dominga Alejandra COLLOVATI D.N.I. Nº 23.540.431, por el monto correspondiente, que fueran abonados de su peculio por adquisición de insumos de oficina y gastos varios los que garantizó el normal funcionamiento de la Institución.RECONOCER y APROPIAR al ejercicio vigente el gasto originado en ejercicio vencido por la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON SETENTA CENTAVOS $ 1.544,70.DEJAR ESTABLECIDO que la afectación se realizará conforme al detalle analítico del Artículo 2º de la Resolución CPE-Nº 1166/14, del Ejercicio 2014.________
DECRETO Nº 2872
RIO GALLEGOS, 30 de Diciembre de 2014.Expediente MP-Nº 428.253/14.RATIFICAR en todas sus partes la Resolución MPNº 088/14, emanada del Ministerio de la Producción, mediante la cual se propició reconocer y aprobar el gasto por el monto correspondiente, a favor de las firmas LA OPINION AUSTRALC.U.I.T. Nº 3067366693-7 y PRENSA LIBRE S.R.L. C.U.I.T.
Nº 30-70782511-8, en concepto de pago de servicio de publicidad brindado al citado Ministerio durante el mes de noviembre del año 2013.RECONOCER Y APROPIAR al presente Ejercicio Financiero, la suma total de PESOS SEIS
MIL ONCE CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS
$ 6.011,36, en virtud de tratarse de un gasto originado en ejercicio vencido.DEJAR ESTABLECIDO que la afectación se realizará conforme al detalle analítico del Artículo 2º de la Resolución MP-Nº 088/14.________
DECRETO Nº 2873
RIO GALLEGOS, 30 de Diciembre de 2014.Expediente MP-Nº 425.986/13.RATIFICAR en todas sus partes la Resolución Ministerial MP-Nº 266/14, emanada por el Ministerio de la Producción, mediante la cual se reconoce y aprueba el gasto por el monto correspondiente a favor del señor Emiliano Juan Pablo LEIVA Clase 1987 - D.N.I. Nº 32.721.996, en concepto de liquidación final por quince 15 días corridos de la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2013 proporcional, quien a partir del día 28 de junio de 2013 le fuera aceptada su renuncia al cargo de Director General de Contralor Zona Norte, dependiente de la Secretaría de Estado de Minería del Ministerio de la Producción dispuesta mediante Decreto Nº 1527/13.APROPIAR al ejercicio vigente la suma total de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON NOVENTA CENTAVOS
$ 4.398,90.DEJAR ESTABLECIDO que la afectación se realizará conforme al detalle analítico del Artículo 2º de la Resolución MP-Nº 266/14, del Ejercicio 2014.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4978 DE 10 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 13 de Octubre de 2015.-

RESOLUCION
SINTETIZaDA
C.A.P.

BOLETIN OFICIAL
5 de la Ley 63 y en el Artículo 38 de la Ley 1009.El interesado deberá hacer efectuar la mensura, la que una vez registrada ante la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.-

RESOLUCION Nº 464
RIO GALLEGOS, 10 de Septiembre de 2015.Expediente Nº 490.577/14.ADJUDICASE en venta a favor del señor Horacio Antonio PEREZ, D.N.I. Nº 33.939.680, la superficie aproximada de doscientos ochenta y cuatro metros cuadrados con trece centímetros cuadrados 284,13 m, ubicada en la Parcela Nº 5, de la Manzana Nº 13, del pueblo Koluel Kaike de esta Provincia, con destino a vivienda familiar, al precio de tres módulos 3 el metro cuadrado, cada módulo equivale al precio de un 1 litro de gas-oil.Para que esta venta quede perfeccionada, el adjudicatario deberá abonar el diez por ciento 10%
dentro de los treinta 30 días de notificado del presente y el saldo hasta en veinticuatro 24 cuotas mensuales y consecutivas con más el cuatro por ciento 4% de interés sobre saldo; en caso de optar por la cancelación total de la tierra, se verá beneficiada con el diez por ciento 10% de descuento sobre el valor total de enajenación.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de Tierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el artículo anterior y a las normativas emanadas de este Organismo, la cual será remitida al interesado.El adjudicatario declara conocer los Artículos 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley Nº 63 y hasta tanto no se labre la escritura traslativa de dominio, el Consejo Agrario Provincial se encuentra facultado para practicar las inspecciones respecto de los inmuebles y terrenos, toda vez que lo considere conveniente.El adjudicatario deberá presentar los planos de obra coincidiendo con el uso por el cual la tierra ha sido otorgada, en ningún caso se podrá efectuar el cambio de destino de la misma sin que antes fuere notificado de manera fehaciente al Consejo Agrario Provincial quien otorgará o no la autorización pertinente, siempre y cuando se corresponda con la legislación vigente en la materia.Es obligación del adjudicatario, cercar completamente el predio antes de dar inicio a la obra que llevarán adelante, con la finalidad de resguardar sus derechos frente a terceros evitando de esta forma posibles inconvenientes entre linderos, dicha obligación deberá ser cumplida dentro de los treinta 30 días de notificado del presente Acuerdo, siendo facultad de este Consejo Agrario Provincial, a través del personal de la Dirección General de Tierras practicar en este caso y en general inspecciones respecto del inmueble y parcela, en toda oportunidad que se considere necesaria, verificando así el cumplimiento de la carga impuesta.Para que este Organismo pueda declarar cumplidas las obligaciones, en ejercicio de las facultades que la Ley Provincial 1009 otorga a su Honorable Directorio, el adjudicatario deberá cumplir los siguientes requisitos: tener cancelado totalmente el precio de la tierra, haber cumplido las prescripciones impuestas en el Artículo 5 de la Ley Provincial Nº 63, tener presentado el certificado final de obra, extendido por autoridad comunal y constancia de libre deuda comunal.Se considerará domicilio legal para notificaciones y/o comunicaciones emanadas de este Organismo y se tendrán por válidas, al constituido por el adjudicatario en el consignado del formulario Domicilio y Jurisdicción, si por algún motivo los adjudicatarios variaren el domicilio legal constituido deberán constituir otro y notificar al Consejo Agrario Provincial por telegrama colacionado.Toda transferencia de tierra fiscal será aceptada por este Organismo, siempre y cuando el adjudicatario haya dado cumplimiento a lo normado en el Artículo
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CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente Consejo Agrario Provincial ________

ACUERDOS
SINTETIZADOS
C.A.P.
ACUERDO Nº 055
RIO GALLEGOS, 07 de Julio de 2015.Expediente Nº 492.105/96.DECLARESE CUMPLIDAS las obligaciones impuestas por Ley 63 y 1009, al adjudicatario, señor Roberto BORDA, D.N.I. Nº 12.571.695, sobre la superficie de cuatrocientos noventa y siete metros cuadrados con cincuenta y seis centímetros cuadrados 497,56 m2, ubicada en la Parcela N 8, Manzana N 11, Circunscripción III, del pueblo El Chaltén de esta Provincia, con destino a vivienda familiar y comercio.-

P-1

CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente Dr. GUILLERMO BASUALTO
- Mg. MARCOS WILLIAMS
- RODRIGO SUAREZ
- ARIEL CID
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial ________

ACUERDO Nº 056
RIO GALLEGOS, 07 de Julio de 2015.Expediente Nº 495.106/99.DECLARESE CUMPLIDAS las obligaciones impuestas por Ley 63 y 1009, a la adjudicataria, señora Marina Raquel SPALVIERI, D.N.I. Nº 20.635.679, sobre la superficie de quinientos noventa y siete metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados 597,40 m2, ubicada en la Parcela N 11, Manzana N
18, Circunscripción III, del pueblo El Chaltén de esta Provincia, con destino a albergue.-

P-1

CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente Dr. GUILLERMO BASUALTO
- Mg. MARCOS WILLIAMS
- RODRIGO SUAREZ
- ARIEL CID
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial _________

ACUERDO Nº 057
RIO GALLEGOS, 13 de Agosto de 2015.Expediente N 489.090/12.DECLARESE CUMPLIDAS las obligaciones impuestas por Ley 63 y 1009, a los adjudicatarios, señores Nicolás Eduardo REYES, D.N.I. Nº 22.693.871 y la señora Roxana Gabriela HERRERA, D.N.I. Nº 27.154.736, la superficie de quinientos sesenta metros cuadrados con cincuenta y seis metros cuadrados 560,56 m2, ubicada en la Parcela N 6, Manzana N
9, Circunscripción IV, del pueblo de El Chaltén, de esta Provincia, con destino a vivienda familiar.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/10/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha13/10/2015

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones1767

Primera edición19/02/2002

Ultima edición11/07/2024

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