Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/3/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 4

RIO GALLEGOS, 26 de Marzo de 2013.-

LLEGOS; 14 de marzo de 2013.RESOLUCION REGISTRADA BAJO EL Nº 020/2013.MAURICIO RICARDO GOMEZ BULL
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________

tricos sobre el Río Santa Cruz Represas Néstor Carlos KIRCHNER y Dr. Jorge CEPERNIC.
COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS; 14 de marzo de 2013.DECLARACIÓN REGISTRADA BAJO EL
N 006/2013.JORGE MARIO ARABEL
Vicepresidente 2º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________

DECLARACIONES
H.C.D.
DECLARACION Nº 004
PROYECTO Nº 0023/13
SANCIONADO 14/03/13

ACUERDOS
SINTETIZADOS
C.A.P.

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz D E C LA R A
De Interés Provincial, Social, Cultural y Deportivo, el evento denominado Desafío Mountain Bike Monte Zeballos Los Antiguos organizado por vecinos de la localidad, a llevarse a cabo el día 31 de marzo del corriente año.
COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 14 de marzo de 2013.DECLARACIÓN REGISTRADA BAJO EL
N 004/2013.JORGE MARIO ARABEL
Vicepresidente 2º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________
DECLARACION Nº 005
PROYECTO Nº 0030/13
SANCIONADO 14/03/13
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz D E C LA R A
Su Beneplácito por la celebración del 50 Aniversario de la Parroquia Nuestra Señora de Fátima, de la localidad de Gobernador Gregores, el 24 de marzo de 2013.COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 14 de marzo de 2013.DECLARACION REGISTRADA BAJO EL
N 005/2013.JORGE MARIO ARABEL
Vicepresidente 2º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________
DECLARACION Nº 006
PROYECTO Nº 0031/13
SANCIONADO 14/03/13
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz D E C LA R A
Su Beneplácito por la apertura de sobres con las ofertas técnicas de los Aprovechamientos Hidroeléc-

ACUERDO Nº 127
RIO GALLEGOS, 13 de Diciembre de 2012Expediente Nº 488.562/11.ADJUDICASE en venta a favor del señor Hernán Emiliano SALVATIERRA, D.N.I. Nº 31.615.292, de acuerdo a la Ley 63, la superficie aproximada de seiscientos cincuenta y seis metros cuadrados con veinticinco decímetros cuadrados 656,25m, ubicada en la Parcela Nº 6, Manzana Nº 4, del pueblo Hipólito Yrigoyen de esta Provincia, con destino a vivienda familiar, al precio de ocho 8 módulos el metro cuadrado, cada módulo equivale al precio de un 1 litro de gas-oil, fijado por Resolución Nº 497/06, dictada por este Consejo Agrario Provincial.OBLIGASE al adjudicatario a abonar el diez por ciento 10% del valor total de la tierra dentro de los treinta 30 días de notificado del presente, para que esta venta quede formalizada, y el saldo hasta en veinticuatro 24 cuotas mensuales y consecutivas con más el cuatro por ciento 4% de interés anual sobre saldo, en caso de optar por la cancelación total de la tierra, se verá beneficiado con el diez por ciento 10% de descuento sobre el valor total de enajenación.DEJASE establecido que el atraso en el pago de dos 2 cuotas consecutivas incurrirá en mora automática, lo que ocasionará la pérdida del interés pactado, aplicándose, sin excepción alguna, un interés del doce por ciento 12% anual. Si reincidiese en el atraso del pago de las cuotas, se le recargará un punitorio del uno por ciento 1% mensual en cada cuota refinanciada. Si optara por la cancelación total de lo adeudado, se le aplicará el interés detallado en el artículo anterior.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de Tierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el artículo anterior y a las normativas emanadas de este Organismo, la cual será remitida al interesado.DECLARESE por el adjudicatario, conocer los Artículos 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley Nº 63 y hasta tanto no se labre la escritura traslativa de dominio, el Consejo Agrario Provincial se encuentra facultado para practicar las inspecciones respecto de los inmuebles y terrenos, toda vez que lo considere conveniente.ESTABLECESE pacto de preferencia y retroventa, en los casos que los adjudicatarios desearan realizar una venta y/o transferencia de tierras fiscales urbanas, dando prioridad al Estado Provincial en este tipo de comercialización.OBLIGASE al interesado a hacer efectuar el amojonamiento y/o mensura, la que una vez registrada en la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.Si por algún motivo derivado del presente y del incumplimiento de las obligaciones impuestas por las nor-

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B.O. Nº 4685 DE 10 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL
mativas legales vigentes, las partes debieran concurrir a la justicia, lo harán ante la ordinaria de esta Provincia, con asiento en la ciudad de Río Gallegos, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente RODRIGO SUAREZ HAROLD JOHN
BARK Dr. GUILLERMO BASUALTO
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial P-1


ACUERDO Nº 128
RIO GALLEGOS, 13 de Diciembre de 2012.Expediente Nº 488.448/11.ADJUDICASE en venta a favor del señor Cristian GUELET, D.N.I. Nº 25.197.064, de acuerdo a la Ley 63, la superficie aproximada de seiscientos cincuenta y seis metros cuadrados con veinticinco decímetros cuadrados 656,25m2, ubicada en la Parcela Nº 13, Manzana Nº 18, del pueblo Hipólito Yrigoyen de esta Provincia, con destino a comercio, al precio de ocho 8 módulos el metro cuadrado, cada módulo equivale al precio de un 1 litro de gas oil, fijado por Resolución Nº 497/06, dictada por este Consejo Agrario Provincial.OBLIGASE al adjudicatario a abonar el diez por ciento 10% del valor total de la tierra dentro de los treinta 30 días de notificado del presente, para que esta venta quede formalizada, y el saldo hasta en veinticuatro 24 cuotas mensuales y consecutivas con más el cuatro por ciento 4% de interés anual sobre saldo, en caso de optar por la cancelación total de la tierra, se verá beneficiado con el diez por ciento 10% de descuento sobre el valor total de enajenación.DEJASE establecido que el atraso en el pago de dos 2 cuotas consecutivas incurrirá en mora automática, lo que ocasionará la pérdida del interés pactado, aplicándose, sin excepción alguna, un interés del doce por ciento 12% anual. Si reincidiese en el atraso del pago de las cuotas, se le recargará un punitorio del uno por ciento 1% mensual en cada cuota refinanciada.
Si optara por la cancelación total de lo adeudado, se le aplicará el interés detallado en el artículo anterior.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de Tierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el artículo anterior y a las normativas emanadas de este Organismo, la cual será remitida al interesado.DECLARESE por el adjudicatario, conocer los Artículos 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley Nº 63 y hasta tanto no se labre la escritura traslativa de dominio, el Consejo Agrario Provincial se encuentra facultado para practicar las inspecciones respecto de los inmuebles y terrenos, toda vez que lo considere conveniente.ESTABLECESE pacto de preferencia y retroventa, en los casos que los adjudicatarios desearan realizar una venta y/o transferencia de tierras fiscales urbanas, dando prioridad al Estado Provincial en este tipo de comercialización.OBLIGASE al interesado a hacer efectuar el amojonamiento y/o mensura, la que una vez registrada en la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.Si por algún motivo derivado del presente y del incumplimiento de las obligaciones impuestas por las normativas legales vigentes, las partes debieran concurrir a la justicia, lo harán ante la ordinaria de esta Provincia, con asiento en la ciudad de Río Gallegos, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente RODRIGO SUAREZ HAROLD JOHN
BARK Dr. GUILLERMO BASUALTO
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial P-2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/3/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha26/03/2013

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones1765

Primera edición19/02/2002

Ultima edición02/07/2024

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