Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 19/3/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

DECRETO DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 3036
RIO GALLEGOS, 20 de Noviembre de 2008.-

V I ST O :
El Expediente MEOP-Nº 405.959/08, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDE RANDO:
Que por el actuado de referencia la Secretaría de T urismo del Ministerio de la Producción, propicia la inclusión en los términos del Artículo 9º - Inciso a del Decreto Nº 1801/06 modificado por el Decreto Nº 2870/07, de aquellas personas que de acuerdo a la normativa legal migratoria vigente posean autorización para trabajar en el país;
Que conforme al Artículo 6º - Capítulo IV de la Ley Nº 1045, quedan sujetas a esa normativa en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz, las Actividades T urísticas o vinculadas al turismo y las personas que la desarrollan, con o sin fines de lucro, en forma permanente, transitoria o accidental, ya sea que presten o reciban Servicios T urísticos;
Que a través de la citada norma se crea el Registro Provincial de Actividades T urísticas en el que deben inscribirse los prestadores turísticos;
QueelDecreto Nº 1801/06 y modificatorio Nº 2870/07, regula el ejercicio de la actividad de los Guías de T urismo en la Provincia de Santa Cruz; estableciendo los requisitos que tales prestadores deben reunir para inscribirse en el Registro Provincial de Actividades T urísticas;
Que el Artículo 9º - Inciso a del Decreto Nº 1801/06, prevé que es requisito general para inscribirse en el rubro Guías de T urismo de dicho Registro, ser argentino nativo o por opción;
Que dada la especial naturaleza del T urismo, resulta habitual que personas de diversas nacionalidades desarrollen actividades en la prestación de Servicios T urísticos dentro del país y especialmente en nuestra provincia;
Que se han suscitado reiterados pedidos de inscripción en el Registro de Prestadores T urísticos -en el rubro Guías de T urismopor parte de extranjeros que, por encontrarse comprendidos en las categorías de residentes permanentes o temporarios previstos en los Artículos 20º y subsiguientes de la Ley de Migraciones Nº 25.871, cuentan con Autorización Legal para trabajar, de conformidad al Artículo 51º de dicha norma;
Que elArtículo 51º de la Ley de Migraciones establece que los extranjeros admitidos o autorizados como residentes permanentes podrán desarrollar toda tarea o actividad remunerada o lucrativa, por cuenta propia o en relación de dependencia, gozando de la protección de las Leyes que rigen la materia, mientras que los extranjeros admitidos o autorizados como residentes temporarios podrán desarrollarlas sólo durante el período de su permanencia autorizada;
Que el Estado debe asegurar las condiciones que garanticen una efectiva igualdad de trato a fin de que los extranjeros puedan gozar de sus derechos y cum-

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
VICTOR HUGO LANARO
Dire ctor General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LIV Nº 4265

OFICIAL

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobern ad or Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Min istro de la Jefatura de Gabi nete de Mi nistros Sr. CARLOS ALBERTO BARRETO
Mi nistro d e Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Mi nis tro de la Secretaría General de la Gob ernación C.P.N. JUAN MANUEL CAMPILLO
Ministro de Econ omía y Obras Públi cas HORACIO MATIAS MAZU
Mi nistro d e As untos Social es Ingº. JAIME HORACIO ALVAREZ
Minis tro de l a Producción Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Pres i den te del Consejo Provi nci al de Ed ucaci ón Dr. CARLOS JAVIER RAMOS
Fiscal de Estado
plir con sus obligaciones, siempre que satisfagan las condiciones establecidas para su ingreso y permanencia, de acuerdo a las Leyes vigentes;
Que el Artículo 9º - Inciso a del mencionado Decreto Provincial resulta óbice para proceder a la inscripción de extranjeros que cuenten con residencia permanente o temporaria al vedarles tal posibilidad;
Que a fin de asegurar el efectivo ejercicio de derechos constitucionalmente consagrados, plasmar una realidad existente en la esfera turística y a la vez permitir la debida fiscalización de los Guías que se desempeñen en nuestra provincia, resulta menester incluir en los alcances delArtículo 9º - Inciso a de la reglamentación respectiva, a los extranjeros que comprendidos en las categorías de residentes permanentes o residentes temporarios, mayores de 18
años, conforme la Ley de Migraciones Nº 25.871;
Que han tomado intervención las áreas competentes;
Que en consecuencia es menester proceder al dictado del presente Instrumento Legal;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 441-08, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 44/45;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- MO DIFICASE el Artículo 9º - Inciso a del Decreto Nº 1801/06, modificado por el Decreto Nº 2870/07, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 9ºa Ser argentino, nativo o por opción. En caso de los extranjeros deberán reunir los requisitos exigidos por la Ley Nº 25.871 y encuadrar en la categoría de residentes permanentes o residentes temporarios. En ambos supuestos, el solicitante deberá ser mayor de 18 años, conforme a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-C.P.N. Juan Manuel Campillo
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4265 DE 16 PAGINAS

RIO GALLEGO S, 19 de Marzo de 2009.-

DECRETOS
SINTETIZADOS

DECRETO Nº 3006

RIO GALLEGOS, 18 de Noviembre de 2008.Expediente MAS-Nº 217.502/08.DESIGNASE a partir del día 7 de Abril del año 2008, en el cargo de Directora del Centro Integrador Comunitario Santa María de Belén dependiente de la Subsecretaría de Abordaje Territorial del Ministerio de Asuntos Sociales, a la señora Corina O YARZUN D.N.I Nº 13.582.866, conforme a los términos establecidos por el Artículo 5º de la Ley Nº 1831.DEJASE ESTABLECIDO que la agente designada en el Artículo 1º retendrá su situación de revista escalafonaria como agente de Planta Permanente Agrupamiento: Técnico - Categoría 23, en elANEXO:
Ministerio de Asuntos Sociales - IT EM: Subsecretaría de Abordaje Territorial.________
DECRETO Nº 3007
RIO GALLEGOS, 19 de Noviembre de 2008.Expediente MEOP-Nº 410.054/08.ACEP TAR a partir del 1º de Diciembre de 2008, la renuncia a la Administración Pública Pro vincial prese ntada por el agente de Plant a Permane nte Agrupamiento: T écnico - Categoría 23, señor Carlos Alberto LEVERINE Clase 1957 - D.N.I. Nº 13.187.000, dependiente del ANEXO: Ministerio de Economía y Obras Públicas - IT EM: T rabajos Públicos, a los afectos de acceder a los beneficios de la Jubilación Ordinaria.________
DECRETO Nº 3008
RIO GALLEGOS, 19 de Noviembre de 2008.Expediente MEOP-Nº 410.115/08.ACEP TAR a partir del 1º de Diciembre de 2008, la renuncia a la Administración Pública Pro vincial presentada por el agente José Carlos WEISSBECK
Clase 1939 - L.E. Nº 5.481.691 agente de Planta Permanente - Agrupamiento: Administrativo - Categoría 23, dependiente del ANEXO: Ministerio de Economía y Obras Públicas - IT EM: T rabajos Públicos, a efectos de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria.________
DECRETO Nº 3009
RIO GALLEGOS, 19 de Noviembre de 2008.Expediente CPE-Nº 633.958/08.ACEPTAR a partir del día 1º de Diciembre de 2008, la renuncia a la Administración Pública Provincial, interpuesta por la agente de Planta Permanente Agrupamiento: Servicios Generales - Categoría 22, señora Marta IBARRA L.C.Nº 4.589.649, con situación de revista en elANEXO: Consejo Provincial de Educación - IT EM: Educación General Básica, a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 19/3/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha19/03/2009

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1771

Primera edición19/02/2002

Ultima edición25/07/2024

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