Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/9/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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ley, sólo podrán acceder al beneficio por la parte del capital integrado por éstos últimos.
d El Poder Ejecutivo a través de la autoridad de aplicación fijará anualmente el cupo de potencia a instalarse con los beneficios dela presente ley, teniendo en cuenta los recursos que se asignen presupuestariamente a tal fin. La autoridad de aplicación podrá realizar concursos de acceso al beneficio para el caso que las solicitudes excedan el cupo de potencia y/o recursos disponibles.
Artículo 7.- CREASEel Fondo Provincial para el Desarrollo Energético. Este fondo se integrará con los recursos provenientes de:
a Cobro de multas o reclamos - judiciales o extrajudiciales - por mala liquidación de regalías hidrocarburíferas;
b Cánones de exploración y explotación de áreas hidrocarburíferas;
c Regalías obtenidas por encima del valor fijado en la Ley Nacional de Hidrocarburos 17.319;
d Div idendos obt enidos por la participación provincial en ENARSA;
e Aportes públicos o privados;
f Aportes del Presupuesto Provincial.
El fondo será administrado por la autoridad de aplicación y destinado a:
a Abonar el subsidio establecido en el Artículo 6;
b Promover y financiar estudios y proyectos para el aprovechamiento integral de las distintas fuentes de energía renovable y sus aplicaciones;
c Financiar y/o subsidiar la ejecución de obras para el aprovechamiento de las distintas fuentes de energía renovable;
d Finan ciar y/o subsidiar el de sarro llo y la fabricación de equipamiento para el aprovechamiento de las distintas fuentes de energía renovable;
e Formación y capacitación de recursos humanos;
f Otros fines compatiblescon el objeto de esta ley.
Artículo 8.- T oda actividad degeneración de energía según lo determinado en el Artículo 6 gozará de estabilidad fiscal por el término de diez 10 años contados a partir de lo dispuesto en el Inciso b del mismo.
Artículo 9.- Servicios Públicos Sociedad del Estado priorizará la generación y adquisición de energía eléctrica generada mediante el aprovechamiento de energías renovables.
Artículo 10.- A solicitud de los generadores comprendidos en el Artículo 1 la autoridad de aplicación extenderá Certificados de Generación Eléctrica Libre de Emisiones de Dióxido de Carbono CO2, aplicando los mecanismos que se determinarán en la reglamentación.
Artículo 11.- INVITASEa losMunicipios apromover regímenes de exenciones de tasas y contribuciones en sus respectivas jurisdicciones en beneficio de los emprendimientos comprendidos en la presente ley.
Artículo 12.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente ley en el término de ciento ochenta 180 días.
Artículo 13.- DERO GASE toda norma que se oponga a la presente.
Artículo 14.- CO MUNIQ UESEal Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.

térmica, a partir del aprovechamiento de los recursos renovablesde origen eólico, solar, mareomotriz, hídrico hasta 15 MW, biomasa u otros suscept ibles de encuadrarse como fuentes de energía no contaminante;
y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE T A :
Artículo 1º.- PRO MULGASE, bajo el Nº 2796 la Ley sancionada por laHonorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 25 de Agosto de 2005
mediante la cual se DECLARA de Interés Provincial la generación de energía eléctrica y/o térmica, a partir del aprovechamiento de los recursos renovables de origen eólico, solar, mareomotriz, hídrico hasta 15
MW, biomasa u otros susceptibles de encuadrarse como fuentes de energía no contaminante.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO -Ingº. Luis Villanueva ________

DEC RETOS DEL
PODER EJ EC UT IVO
DECRETO Nº 2196
RIO GALLEGOS, 24 de Agosto de 2005.-

VI ST O :
El Expediente MEOP-Nº 403.757/05,elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar el Convenio suscripto con fecha 2 de Mayo del año 2005 entre la Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Obras Públicas, representada por su titular, don Aníbal Ernesto PERNAS por una parte y, por la otra la Municipalidad d e Las Heras, repr esentada p or su Intendente, Dr. José Luis MARTINELLI, el que tiene por objeto la ejecución de la Obra denominada:
"GIMNASIO EGB Nº 53" y que como ANEXO I
forma parte integrante del presente;
Quedicha obra será ejecutadapor el citado Municipio y el seguimiento y control del cumplimiento de lo convenido, estará a cargo de la Subsecretaría de Obras Públicas;
Que a tal fin, la mencionada Subsecretaría concurrirá con los fondos presupuestados, por un monto de PESO S Q UINIENTO S CUARENTA Y CINCO MIL
$ 545.000.- conforme se aprueben los certificados correspondientes a los distintos trabajos realizados;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 679/05, DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEemitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, GO S; 25 de Agosto de 2005.obrante a fojas 20;
CARLOS ALBERTO SANCHO
Presidente Honorable Cámara de Diputados JO RGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados DECRETO Nº 2431
RIO GALLEGOS, 16 de Setiembre de 2005.VI ST O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 25 de Agosto de 2005 mediante la cual se DECLARA de Interés Provincial la generación de energía eléctrica y/o
BO LETIN O FICIAL

RIO GALLEGO S S.C., 22 de Se tie mbre de 2005.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE T A :
Artículo 1º.- RATIFICAR en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha 2 de Mayo del año 2005
entre la Subsecretaría deObras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Obras Públicas representado por su titular, don Aníbal Ernesto PERNAS por una parte y, por la otra la Municipalidad de Las Heras, representada por su Intendente, Dr. José Luis MARTINELLI, el que tiene por objeto la ejecución de la Obra denominada: "GIMNASIO
EGB Nº 53", por lasuma de PESO S Q UINIENTO S
CUARENTA Y CINCO MIL $ 545.000.-, el que como ANEXO I forma parte integrante del presente, y en un todo de acuerdo con lo expuesto prece-

dentemente.Artículo 2º.- AFECTAR el gasto que demande el cumplimiento del presente con cargo al ANEXO:
Ministerio de Economía y Obras Públicas - PROGRAMA: 1 - SUBPROGRAMA: 1 - PROYECT O: 8
- ACT IVIDAD/OBRA: 99 - OBJET O DEL GAST O:
5.01.01.00, del Presupuesto 2005.Artículo 3º.- ABO NAR a la Municipalidad de Las Heras la suma de PESOS CINCUENT A Y CUAT RO
MIL QUINIENTOS$ 54.500.-, correspondiente al diez por ciento 10% del monto total de la obra, en concepto de anticipo financiero conforme a lo estipulado en la cláusula quinta.Artículo 4º.- DEJARCO NSTANCIA, que a través de la Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente de ese Organismo,se establecerá el controlpertinente del debido cumplimiento de ejecución de la obra.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas Subsecretaría de Obras Públicas, quien remitirá copia del presente a la Municipalidad de Las Heras a susefectos, tomen conocimiento, Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO -Ingº. Luis Villanueva ________
DECRETO Nº 2197
RIO GALLEGOS, 24 de Agosto de 2005.VI ST O :
El Expediente MEOP-Nº 403.241/05,elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita autorizar a la Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economíay Obras Públicaspara realizar el llamado a Licitación Pública, tendiente a la ejecución de la Obra: "GIMNASIO EN FITZ ROY", destinado a cubrir las actividades deportivas y de esparcimiento que allí se desarrollen;
Que la Dirección de Estudios y Proyectos de la Subsec retaría de Obras Públic as dependien te del Ministerio de Economía y Obras Públicas, procedió a la confección del Pliego de Bases y Condiciones, para el llamado a la Licitación Pública, el cual forma parte integrante del presente como ANEXO I;
Que a fojas 05, la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Economía y Obras Públicas, ha suministrado la correspondiente imputación;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 610/05, emitido por Asesoría Letrada de ese Organismo, obrante a fojas 82;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE T A :
Artículo 1º.- AUTO RIZASE, a la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Economía y Obras Públicas a realizar el llamado a Licitación Pública tendiente a contratar la ejecución de la Obra: "GIMNASIO EN FITZ ROY" destinado a cubrir las actividades deportivas y de esparcimiento que allí se desarrollen.Artículo 2º.- APRUEBASE el Pliego de Bases y Condiciones preparado por la Dirección de Estudios y Proyecto dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas, y el presupuesto oficial contenido en el mismo que asciende a la suma de PESOS UN MILL ON CU AT R OCI ENT OS CU ARE NT A M IL
$ 1.440.000.-.Artículo 3º.- FACULTASEa la Dirección Provincial de Contrataciones del Ministerio de Economía y Obras Públicas a fijar número de Licitación, fecha, hora y lugar de apertura de ofertas y a emitir las correspondientes órdenes de Publicidad.Artículo 4º.- EL GASTO que demande la ejecución del proyecto en el presente ejercicio, estimado en la suma de PESOS QUINIENT OS MIL $ 500.000.-
será imputado con cargo al ANEXO: Ministerio de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/9/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha22/09/2005

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1772

Primera edición19/02/2002

Ultima edición30/07/2024

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