Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/6/2005

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2

de la Constitución Nacional.VIGESIMA: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales derivados del presente CONVENIO, EL MUNICIPIO constituye su domicilio legal en la calle 25 de Mayo 277, piso 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Casa de la Provincia de Santa Cruz, EL GOBIERNO y T URISMO en el citado en el encabezamiento delpresente Convenio.En prueba de conformidadse firman tres ejemplares del mismo tenor, y a un solo efecto, en Puerto San Julián, a los 3 días del mes de Diciembre de 2004.DECRETO N 1627
RIO GALLEGOS, 14 de Junio de 2005.VI ST O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Mayo del año 2005 mediante la cual se APRUEBA en todos sus términos el Convenio de financiamiento para contribuir a la reconstrucción de la réplica de la nave Nao Victoria el que como Anexo I forma parte de la misma; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE T A :
Artículo 1º.- PRO MULGASE, bajo el N 2775 la Ley sancionada por laHonorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Mayo del año 2005
mediante la cual se APRUEBA en todos sus términos el Convenio de financiamiento para contribuir a la reconstrucción de la réplica de la nave Nao Victoria, el que como Anexo I forma parte de la misma.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO -Ing. Luis Villanueva _______
LEY Nº 2776
El Pode r Le gislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fue rz a de :
LEY
Artículo 1.- APRUEBASE en todos sus términos el Acta Acuerdo de Cooperación Interprovincial, suscripto con fecha 28 de Marzo del año 2005 entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Ministro de Gobierno Don Roque Alfredo Ocampo y el Gobierno de la Provincia de T ierra del Fuego, Antártida e Islasdel Atlántico Sur, representada por el señor Ministro de Gobierno, T rabajo, Justicia, Seguridad y Culto, Doctor Leonardo A. Plasenzotti, que tiene por obje to aunar criterios, esta blecer metodologías de intervención y coordinar acciones en materia de protección civildestinadas a minimizar los accidentes e incidentes que se desarrollen en la jurisdicción de la Patagonia Austral, a través de campañas de prevención, difusión e información dirigida a los usuarios de rutas nacionales y provinciales, parajes, senderos y polos de atracción turística, tanto nacionales como extranjeros; el que como Anexo I
forma parte de la presente.Artículo 2.- CO MUNIQUESEal Poder Ejecutivo Provin cial, dése a l Boletín Oficial y cum plido, ARCHIVESE. DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEGO S; 26 de Mayo de 2005.CARLOS ALBERTO SANCHO
Presidente Honorable Cámara de Diputados JO RGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados
BO LETIN O FICIAL

RIO GALLEGOS S.C., 21 de Junio de 2005.ACTA ACUERDO DE
CO O PERACIO N INTERPROVINCIAL

En la ciudad de Río Gallegos, capital de la Provincia de Santa Cruz, a los veintiocho días del mes de Marzo del año dos mil cinco, entre la Provincia de Santa Cruz, representada en este acto por el Señor Ministro Se cr et ar io de Go bier no , Do n Ro que Alfr edo OCAMPO,con domicilio en Alcorta 231 dela localidad de Río Gallegos y la Provincia de T ierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada en este acto por el Sr. Ministro de Gobierno, T rabajo, Justicia, Seguridad y Culto, Dr. Leonardo PLASENZOT T I, ad referéndum del Sr. Gobernador, quien constituye domicilio en calle San Martín 450 de la localidad de Ushuaia, se acuerda en celebr ar la presente.La suscripción de la presente Acta de Acuerdo entre la Provincia de Santa Cruzy la Provincia de T ierra del Fuego, Antártida e Islas Del Atlántico Sur, tiene por finalidad aunar criterios, establecer metodología de intervención y coordinar acciones en materia de Protección Civil destinadas a minimizar los accidentes e incidentes que se desarrollen en la Jurisdicción de la Patagonia Austral, a través de campañas de prevención, difusión e información direccionada a los usuarios de rutas nacionales y provinciales, parajes, senderos y polos de atracción turística, tanto nacionales como extranjeros. Las cláusulas que a continuación se detallan determinan acciones de cooperación interprovincial allevar a cabo, las que serán de competencia de las Areas de Defensa Civil en cada jurisdicción provincial, con el objetivo primordial de salvaguardar vidas y bienes de las personas, además de mantener el resguardo del patrimonio natural de la región.CLAUSULA PRIMERA: Realiza r ade cua da coordinación con los organismos de frontera de ambas provincias a los efectos de procurar al visitante y/o residente infor mació n gene ral r elacio nada a la prevención en el tránsito vehicular, tanto al ingreso como al egreso de pasos fronterizos y tránsito por la República de Chile.CLAUSULA SEGUNDA: Efectuar Campañas de Prevención mediante folletería y afiches alusivos, spot publicitarios radiales y televisivos en materia de cuidado del medio ambiente, prevención de incendios, seguridad vial, informando particularmente aspectos meteorológicos y la inestabilidad de la climatología en la Región de la Patagonia Austral vientos, niebla, etc.; para aquellos usuarios de rutas que sean foráneos de la zonaAustral y que deban transitar por la República de Chile para el ingreso y egreso del País.CLAUSULA TERCERA: Establecer una frecuencia permanente en la banda HF-VHF y correo electrónico que permita fluidez y veracidad en el intercambio de la información entre ambas provincias, para ello se cuenta con el serv icio pe rman ente de la Red Presidencial y la Red Provincial de Defensa Civil de ambas Provincias.CLAUSULA CUARTA: El presente acuerdo será refrendado y ratificado por las autoridades superiores de cada jurisdicción provincial.CLAUSULA Q UINTA: Los gastos derivados de las inte rvenciones y acc iones enunciada s, serán erogadas con fondos provinciales de las jurisdicciones que suscriben el presente acta.CLAUSULA SEXTA: Las partes constituyen domicilios legales a todos los efectos derivados del presente en las sedes de sus públicos despachos.En prueba de conformidadse firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.DECRETO Nº 1628
RIO GALLEGOS, 14 de Junio de 2005.-

forma parte de la misma; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE T A :
Artículo 1º.- PRO MULGASE, bajo el Nº 2776 la Ley sancionada por laHonorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Mayo del año 2005
mediante la cual se APRUEBA en todos sus términos el Acta Acuerdo de Cooperación Interprovincial suscripto con la Provincia de T ierra del Fuego con el objeto de aunar criterios, establecer metodologías de intervención y coordinar acciones en materia de protección civil, el que como Anexo I forma parte de la misma.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO -Roque Alfredo Ocampo ________
LEY Nº 2777
El Pode r Le gislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fue rz a de :
LEY
Artículo 1.-APRUEBASE en todos sus términos el Acta Complementaria suscripta entre la Secretaría de P olíticas Sociales y De sarrollo Humano del Ministerio de Desarrollo Social, representada por el Licenciado Daniel Arroyo y el Ministerio de Asuntos Sociales de la Provincia de Santa Cruz, representado por su titular señora Nélida Leonor Alvarez, el que tiene por objeto reglar la ampliación del subsidio otorgado oportunamente en elmarco del Plan Nacional de Desarrollo Local y Economía Social "Manos a la Obra" en la modalidad de emprendimientos productivos aportando en carácter de subsidio no reintegrable, la suma de pesos doscientos ochenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cinco, con diecinueve centavos $ 281.455,19, para la puesta en marcha de veinticinco 25 emprendimientos productivos de servicios, producción y comercialización a desarrollarse en la Provincia de Santa Cruz; el que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2.-CO MUNIQ UESE alPoder Ejecutivo Provin cial, dése a l Boletín Oficial y cum plido, ARCHIVESE. DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEGO S; 26 de Mayo de 2005.CARLOS ALBERTO SANCHO
Presidente Honorable Cámara de Diputados JO RGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados ANEXO I
ACTA CO MPLEMENTARIA
SECRETARIA DE PO LITICAS SO CIALES Y
DESARRO LLO HUMANO de l MINISTERIO
DE DESARRO LLO SO CIAL

VI ST O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de MINISTERIO DE ASUNTO S SO CIALES
Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Mayo PRO VINCIA DE SANTA CRUZ
del año 2005 mediante la cual se APRUEBA en todos sus términ os el Acta Acuerdo de Co operac ión E nt re la S EC RETARIA DE P O LITICAS
Interprovincial suscripto con la Provincia de T ierra del Fuego con el objeto de aunar criterios, establecer SO CIALES Y DESARRO LLO HUMANO de l metodologías de intervención y coordinar acciones en MINISTERIO DE DESARRO LLO S O CIAL, materia de protección civil, el que como Anexo I representado por el Lic. Danie l ARRO YO , con do-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/6/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha21/06/2005

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1770

Primera edición19/02/2002

Ultima edición23/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2005>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930