Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 19/8/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2

BOLETIN OFICIAL

RIO GALLEGOS S.C., 19 de Agosto de 2004.-

desconocerse que la integridad de las prestaciones constituye una de las mejores garantías del régimen, apareciendo como una excepción a ella la posibilidad de efectuar deducciones conforme se consagra en los Incisos d y e del Artículo 7 de la Ley 2060 B.O.
1911/88. Sin embargo, los cargos legalmente autorizados, según los cuales las prestaciones -o haberesestán sujetas a deducciones, sólo se refieren a cargos provenientes de créditos a favor de organismos previsionales o por la percepción indebida de haberes de pensiones graciables, a la vejez o de jubilaciones o pensiones otorgadas por la Caja de Previsión Social de la Provincia de Santa Cruz Grande, Francisco José c/Poder Ejecutivo, Provincia de Santa Cruz s/demanda contenc.-ad". T.IX-627
1751/1758;
Que por último cabe señalar que el mismo Artículo 7 in-fine de la Ley Previsional vigente, dispone que Todo acto jurídico que contraríe lo dispuesto precedentemente, es nulo y sin valor alguno. Se trata de una aplicación específica de lo que en idéntico sentido nulidad de los actos cuyo objeto ha sido prohibido por la Ley se desprende del Código Civil Artículos 21; 953 y 1044. No debe perderse de vista además que la legislación previsional vigente tiene carácter de orden público según ella misma lo dispone Artículo 1 - Ley N 1782;
Que en suma, la forma en que el Ministerio de Gobierno ha pretendido recobrar al ex agenteGOMEZ
aquello que le ha abonado indebidamente no es la adecuada, debiendo en base a los argumentos y normas citadas hacer lugar al Recurso Jerárquico interpuesto contra la Resolución N 788/03, sin perjuicio de los derechos que corresponden al Estado Provincial de repetir lo indebidamente abonado al recurrente a través de los mecanismos adecuados para ello;
Por ello y atento al Dictamen AE/SLyT-N 83/04, emitido por Asesoría Ejecutiva de la Secretaría Legal y Técnica, obrante a fojas 72 y 73;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- HACER LUGAR al Recurso Jerárquico interpuesto por el señor Roberto Alejandro GOMEZ Clase 1942 L.E. N 6.246.656 contra la Resolución N 788/03 emanada del Ministerio de Gobierno por los motivos expuestos en los considerandos del presente, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para lograr el recupero de lo indebidamente abonado al nombrado por el Estado Provincial.Artículo 2.- NOTIFICAR al interesado.Artículo 3.- Por la Fiscalía de Estado se deberá evaluar la procedencia de las acciones legales correspondientes.Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 5.- PASE al Ministerio de Gobierno Dirección Provincial de Administración, Despacho y Control de Gestión y a la Caja de Previsión Social a sus efectos, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO-Lic. Juan Antonio Bontempo ________
DECRETO Nº 2155
RIO GALLEGOS, 16 de Julio de 2004.-

Por ello y en el marco de lo normado por la Y CINCO $ 75,00 aprobado por Resolución Nº 090
Constitución Provincial;
de fecha 22 de Enero de 2004 y de PESOS TREINTA
Y NUEVE $ 39,00, aprobado por Resolución Nº 088
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
de fecha 22 de Enero de 2004, en concepto de reintegro DECRETA:
de gastos abonados del propio peculio de los agentes Artículo 1º.- RATIFICASE en todas sus partes el María Elena DIGIOUFI, Nélida BENITEZ, Jesús ACTA ACUERDO, mediante la cual se Crea la ABDELNUR, Vilma BISTRITSKY y Eliseo ARAGENCIA DE DESARROLLO DE PUERTO SAN TEAGA, respectivamente, todos ellos dependientes JULIAN,firmada el día 09 de Junio del corriente año, del Consejo Provincial de Educación por adquisición en la Ciudad de Puerto San Julián con los representantes de elementos de ortopedia.de la Intendencia, del Honorable Concejo Deliberante, ________
Cámara de Comercio, Sociedad Rural, Empresa Cerro VanguardiaS.A.,UniversidadNacionalde la Patagonia DECRETO N 2135
Austral y el Gobierno Provincial, en un todo de acuerdo a los considerandos expuestos.RIO GALLEGOS, 14 de Julio de 2004.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado Expediente JP-N 767.949/04.por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.RECONOCER y APROPIAR, al presente EjerArtículo 3º.- Pase a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación quien remitirá copia del presente, a cicio Financiero el gasto que asciende a la suma de sus efectos, dése al Boletín Oficial y cumplido, PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y
ARCHIVESE.CINCO CON VEINTICUATRO CENTAVOS $ 1.845,24, en concepto de viáticos por comisiones de servicios Dr. ACEVEDO-Lic. Juan Antonio Bontempo realizadas por Personal Policial, en distintos puntos ________
del País y dependencias en el interior Provincial.AFECTAR el gasto que asciende a la suma de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y
CINCO CON VEINTICUATRO CENTAVOS
$ 1.845,24 con cargo al ANEXO: Ministerio de Gobierno ITEM: Policía Provincial CARACTER:
DECRETO Nº 2134
Administración Central FINALIDAD: Seguridad
FUNCION: Policía Interior SECCION: Erogaciones RIO GALLEGOS, 14 de Julio de 2004.- Corrientes SECTOR: Operación PARTIDA
Expedientes CPE-Nros. 609.361, 609.455, 611.065, PRINCIPAL: Bienes y Servicios No Personales
609.554 y 611.019/03.PARTIDA PARCIAL: Bienes de Consumo
PARTIDA SUBPARCIAL:
RECONOCESE Y APROPIESE, al Ejercicio 201 Alimentos y Productos vigente el gasto originado en ejercicio vencido, el que Agropecuarios
17,52.asciende a la suma total de PESOS CUAPARTIDA PARCIAL: Servicios No Personales
TROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON PARTIDAS SUBPARCIALES:
SESENTA Y DOS CENTAVOS $ 459,62, el cual 227 Transporte y Almacenaje $ 233,76.resulta de PESOS NOVENTA Y SEIS CON
237 Viáticos y Movilidad $ 1.593,96.CINCUENTA CENTAVOS $ 96,50 aprobado por TOTAL
$ 1.845,24.Resolución Nº 0887 de fecha 15 de Abril de 2004, de del Ejercicio 2004.PESOS DOSCIENTOS DIECINUEVE CON DOCE
ABONAR, por Tesorería General de la Provincia, CENTAVOS $ 219,12 aprobado por Resolución Nº previa intervención de Contaduría General las co051/04 de fecha 16 de Enero de 2004, de PESOS misiones de servicios realizadas por Personal PoliTREINTA $ 30,00 aprobado por Resolución Nº 089 cial a distintos puntos del País y dependencias en el de fecha 22 de Enero de 2004, de PESOS SETENTA interior Provincial, conforme al siguiente detalle:

DECRETOS
SINTETIZADOS

JERARQUIA
Of. Ayudante Of. Subinsp.
Of. Ayudante Of. Ayudante Sargento 1
Of. Ayudante Of. Inspector Of. Subinsp.
Of. Ayudante Of. Ayudante Sargento 1
Cabo Sub-Comis.
Of. Ayudante Sargento Agente Comisario Sargento
APELLIDO Y NOMBRES
CONCEPTO
ORELLANA, Juan José Gtos. Imprevistos SANTANA, José Eduardo 1/2 día de viático SAAVEDRA, Cristian Nicolás1 día de viático CARRIZO, Ramón 1 día de viático PICCININI, Alfredo P.
1 día de viático GUENCHOR, Francisco I.
Reintegro Pasaje VILLARROEL, Miguel L. 3 días de viáticos MOROSO, Jesús María 3 días de viáticos ACOSTA, Cristian Andrés 3 días de viáticos AGERO, Diego Martín 3 días de viáticos CEBALLOS, Horacio A.
3 días de viáticos MARTINEZ, Claudio 3 días de viáticos PAREDES, Sergio Rubén 2 1/2 días de viáticos SOLIS, Guillermo Enrique 4 días de viáticos LOTITTO, Julio Ariel 4 días de viáticos GRANDE, Maximiliano 4 días de viáticos HERRERA, Horacio E.
1/2 día de viático ESPINA, Martín 1/2 día de viático TOTAL

VISTO:
El Expediente Nº 106.788/04; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la Ratificación del Acta Acuerdo, firmada el día 09 de Junio del corriente año, en la Ciudad de Puerto San Julián con los representantes de la Intendencia, del Honorable Concejo Deliberante, Cámara de Comercio, Sociedad Rural, Empresa Cerro Vanguardia S.A., Universidad Nacional de la Patagonia Austral y el Gobierno Provincial;
Que en la mencionada Acta Acuerdo, se propone la Creación de la Agencia de Desarrollo de Puerto San Julián, con el objeto de articular los recursos públicos DECRETO N 2136
y privados, tantos económicos como humanos, a fin de optimizar las acciones que conduzcan al desarrollo armónico de toda la localidad;
RIO GALLEGOS, 14 de Julio de 2004.Que esta Agencia contará con un Consejo Directivo, Expediente MAS-N 213.895/04.un Comité Consultivo y de Contralor, de esta manera se crea una nueva forma institucional para el AUTORIZASE la TRANSFERENCIA desde la perfeccionamiento de políticas de desarrollo, contando con un ámbito de evaluación y discusión de acciones Tesorería General de la Provincia a favor del Director de crecimiento, garantizando de esta forma la transy/o Tesorero de la Dirección Provincial de Adparencia en la toma de decisiones;
ministración del Ministerio de AsuntosSociales, la
DISP.
719/03
089/04
090/04
090/04
090/04
117/04
740/03
740/03
740/03
740/03
740/03
740/03
122/04
142/04
142/04
142/04
147/04
147/04

IMPORTE
$ 80,28.$ 21,54.$ 43,08.$ 43,08.$ 43,08.$ 171,00.$ 129,24.$ 129,24.$ 129,24.$ 129,24.$ 129,24.$ 129,24.$ 107,70.$ 172,32.$ 172,32.$ 172,32.$ 21,54.$ 21,54.$ 1.845,24.-

suma dePESOSCUATROCIENTOS CUARENTA
Y CINCO MIL $ 445.000,00, para ser girados a la Casa Santa Cruz, destinados a regularizar deudas contraídas por servicios brindados a pacientes derivados por dicho Ministerio a Capital Federal correspondiente al mes de Junio del año 2004, atento a la ampliación de Presupuesto tramitadas por Expediente MAS-N 211.580/04, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, de conformidad a las reglamentaciones en vigencia.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 19/8/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha19/08/2004

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1767

Primera edición19/02/2002

Ultima edición11/07/2024

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