Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 20/7/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3319

Santa Rosa, 20 de julio de 2018

Decreto N 2039 -2-VII-18- Art. 1.- Apruébese la Licitación Privada N 195/17, tramitada por el Departamento Compras y Suministros, y consecuentemente, adjudícase a la firma FOODRUSH
GASTRONOMÍA S.A., la contratación de un servicio de viandas para los pacientes internados y personal de guardia del Hospital Comunitario Evita, en la suma de $159,00, por vianda.Art. 2.- Autorízase al Director del Centro Sanitario a suscribir, y prorrogar en caso de hacer uso de la opción, el Contrato de Prestación de Servicios que como Anexo forma parte del presente Decreto Art. 3.- Habilitación de Salud, dependiente de Contaduría General, liquidará y pagará a la firma indicada en el artículo primero los importes mensuales que correspondan, de acuerdo a la forma de pago establecida en el pliego y contra prestación de la documentación respectiva debidamente conformada.
Art. 4.- Los fondos necesarios a los fines ordenados precedentemente, se tomarán con cargo a la Jurisdicción X Unidad de Organización 20 Cuenta 1
Función 310 Sección 1 P.P. 011 p.p. 01 s.p. 01
cl. 00 scl. 144 Control 5 del Presupuesto vigente y a las partidas que se le asignen en los Presupuestos Financieros de los años 2019 y 2020 en caso de prórroga del Contrato, dando cuenta de ello a la Cámara de Diputados Art. 10, tercer párrafo de la Ley N 3 de Contabilidad.
Decreto N 2082 -5-VII-18- Art. 1.- Apruébase el contrato de locación de servicios equiparado a la Categoría 7 Rama Administrativa -Ley N 643- a suscribirse con el señor Agustín Ezequiel DOCAMPO D.N.I. N 35.386.298 -Clase 1991-, que como anexo forma parte del presente Decreto, de conformidad a lo previsto en los artículos 3 y 4 de la Ley N 643.Decreto N 2143 -6-VII-18- Art. 1.- Prorrógase por el lapso de 6 meses, contados a partir del 8 de junio de 2018 la vigencia del Decreto N 1435/16, modificado por Decreto N 4304/16, N 1495/17, y N 190/18, que autoriza al Subsecretario de Salud y al Subsecretario de Administración, con la aprobación del Ministerio de Salud, y a los Directores de los Establecimientos Asistenciales Dr. Lucio Molas y Gobernador Centeno a contratar en forma directa y por un monto de hasta $150.000,00, la reparación de ambulancias pertenecientes al Ministerio de Salud, quedando comprendida en esta autorización la adquisición de los repuestos y el pago de la suma de obra necesaria.Decreto N 2144 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 700.000,00, a favor de la Municipalidad de Ingeniero Luiggi -196-6, destinado a la obra construcción pileta de natación.Decreto N 2145 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 200.000,00, a favor de la Municipalidad de Tomás Manuel de Anchorena -016-6, destinado a la adquisición de Edificio para Centro Cultural.Decreto N 2146 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 748.687,50, a favor de la Municipalidad de Quemú Quemú -173-5, destinado a la obra reconstrucción de canales.-

P ág. N 3

Decreto N 2147 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 250.000,00, a favor de la Municipalidad de Catriló 041-4, destinado a la adquisición de inmueble.Decreto N 2148 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 200.000,00, a favor de la Municipalidad de Luan Toro -124-8, destinado a la refacción Salón de Usos Múltiples.Decreto N 2149 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 250.000,00, a favor de la Municipalidad de Ingeniero Luiggi -196-6, destinado a cubrir déficit y gastos de emergencia.Decreto N 2150 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 250.000,00, a favor de la Municipalidad de Doblas -011-7-, destinado a la adquisición de camión.Decreto N 2151 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 300.000,00, a favor de la Municipalidad de la Maruja -183-4, destinado a la construcción de Albergue Municipal.Decreto N 2152 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 500.000,00, a favor de la Municipalidad de Gobernador Duval -091-9, destinado a la obra, construcción de estación de servicio.Decreto N 2153 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 500.000,00, a favor de la Municipalidad de Miguel Riglos -014-1-, destinado a la obra construcción de vivienda.Decreto N 2154 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 200.000,00, a favor de la Municipalidad de Monte Nievas -084-4, destinado a la obra refacción de Salón de Usos Múltiples Municipal.Decreto N 2155 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 450.000,00, a favor de la Municipalidad de Telén -125-5, destinado a la adquisición de mini bus.Decreto N 2156 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 320.000,00, a favor de la Municipalidad de La Humada -072-9, destinado a la adquisición de camión.Decreto N 2157 -10-VII-18- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor de la Asociación Simple Cooperadora Escolar CERET de General Pico, por la suma total de $
1.300.000,00, destinado a la compra de un camión con cámara y equipo de frío para la logística de la distribución de la producción de lácteos realizados en la Planta Láctea del Centro Regional de Educación Tecnológica CERET.Decreto N 2158 -10-VII-18- Art. 1.- Transfiérase a favor de la Municipalidad de Santa Rosa la suma de $
3.149.666,94, destinada a solventar los gastos que demande la ejecución de los proyectos que se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto de acuerdo a los montos que se consignan en el marco del programa Participación Comunitaria Ley N 2358,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 20/7/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha20/07/2018

Nro. de páginas57

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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