Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/5/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 22 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 57
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Intímaselos en igual termino para que constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribual, bajo apercibimiento de notificarles en los sucesivo por Ministerio de Ley.- 5 Se- 6 Notifíquese Art. 155/156 del C.P.C. Fdo Dra. Norma B. Issa Presidente de Trámite Ante Mi Dra. Nora Cristina Aizama Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 03 de Mayo de 2024.22/24/27 MAY. LIQ. Nº 36022 $2.250,00.El Dr. José Alejandro López Iriarte, Juez en Cámara en lo Civil y ComercialSala IVocalía 2, en el expediente C-146201/2019, caratulado:
Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: FLORES, NELI c/ ESTADO PROVINCIAL, cita y emplaza a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como PADRON I-50 - CIRCUNSCRIPCION 1, SECCION 2, LOTE 14, MANZANA 14, ubicado en calle Alverro Nº 607 de la localidad de TILCARA, Pcia. de Jujuy, a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si considerasen afectados sus derechos, pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Publíquense Edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local conforme al art. 532 del C.P.C.
Exhíbase los edictos correspondientes al inmueble a usucapir en la Municipalidad de TILCARA y transmítase mediante radiodifusión local durante treinta 30
días art. 535 CPC.- Fdo. Calluso, Eleonora - Secretario de Primera Instancia.22/24/27 MAY. LIQ. Nº 36104-36105-36106 $2.250,00.I Por la presente se hace saber que, para los autos Expte. C-085917/2012 Medidas Preparatorias a la Prescripción Adquisitiva FELICIA SANTOS
VILLEGAS y JUAN CHOQUE IBARRA c/ ANGELA CAÑIZARES, DIGNA ZALAZAR, SAQUEO ZALAZAR y OTROS, Expte. C-131835/2019
Prescripción Adquisitiva VILLEGAS FELICIA SANTOS y JUAN CHOQUE IBARRA c/ ANGELA CAÑIZARES, DIGNA ZALAZAR, SAQUEO
ZALAZAR, ZALAZAR ANA, ZALAZAR CONCEPCION, ZALAZAR SIRIA, ZALAZAR CAROLINA, ZALAZAR CLAUDIA BEATRIZ, quienes resultan ser titulares registrables del inmueble que se pretende prescribir, la que oportunamente se sustanciará a cargo de la Camara Civil y Comercial-Sala III, Vocalía 7, Dr. Carlos ConsentiniPte. de Tramite-Sebastian Soler-Pro-Secretario, Se ha dictado el siguiente Decreto que a continuación se transcribe y NOTIFICA; San Salvador de Jujuy, 22 de septiembre de 2021. Conforme lo ordenado por Secretaría precedentemente, hácese efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 23 contra la Municipalidad de Ciudad Perico y los Sres. LUISA SUYO DE VEGA, MIGUEL CHEIN, OMAR ALBERTO CAZON; en consecuencia, presúmase que sus incomparecencias no afectan sus derechos.- IIAtento a lo solicitado y tal como lo ordena el art. 534 del C.P.C., CÍTASE Y
EMPLÁSACE al ESTADO PROVINCIAL, y a la MUNICIPALIDAD DE PERICO, terceros y a los Sres. LUISA SUYO DE VEGA, MIGUEL CHEIN, OMAR ALBERTO CAZON estos últimos colindantes del inmueble que se pretende prescribir: Lote 9, Manzana 29, Matrícula B-4.600, Padrón: B-1573 sito en la Provincia de Jujuy, Departamento El Carmen, Ciudad Perico, para que en el plazo de QUINCE 15 DIAS, de notificados y si consideran afectados sus derechos, se presenten y soliciten en forme expresa, clara y concluyente, participación como demandados, haciendo presumir su incomparecencia que la demanda no afecta sus derechos. A tales fines líbrense edictos que se publicaran por tres veces dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local. Ordénese asimismo la exhibición de los edictos en el local del Juzgado de Paz de Ciudad Perico y transmitir mediante radiodifusión local durante treinta 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva art 535 del C.P.C. Conf. Modif. Ley 5466, Ímpónese a la parte la obligación de confeccionar las diligencias pertinentes deber de colaboración-Arts. 50 y 72 del C.P.C. Notifíquese Arts 155 y 156 del C.P.C. Fdo. Dr. Carlos Consentinipte. De trámite-ante mi Dr. Sebastian Soler-Pro Secretario.22/24/27 MAY. LIQ. Nº 36114 $2.250,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION
El Dr. Jorge Daniel Alsina, vocal Pte. De trámite de la Cámara Civil y Comercial N5, en el EXPTE. C-147667/19 caratulado: QUISPE FARFAN PAULINA
c/ ANDAR AUTOMOTORES S.R.L; ERAZO MARIA DE LOS ANGELES, ERAZO JORGE MAURICIO S/ EJECUCIÓN DE SENTENCIA en Expte C089576/17, procede a notificar del siguiente proveído: San Salvador de Jujuy 15 de Marzo del Año 2022. VistoConsiderando .Resuelve 1- Mandar a llevar adelante la presente ejecución de sentencia seguida por la Dra. Tania Mariela Flores con el patrocinio de la Dra. Flavia Valeria Castro, quienes actúan por sus propios derechos y en nombre y representación de Paulina Quispe en contra de María de los Ángeles Erazo, Jorge Mauricio Erazo y Andar Automotores S.R.L
hasta hacerse del integro pago de la suma de $65.533 $54.610 por capital, $3.641 por honorarios de la Dra. Tania Mariela Flores y $7.282 por honorarios de la Dra. Flavia Valeria Castro con más los intereses establecidos en los considerandos. IIImponer las costas a los demandados vencidos. IIIDiferir la regulación de honorarios profesionales para el momento en que se apruebe la planilla definitiva del juicio art. 58 de la Ley N 6.112/16. IVAgregar copia en autos, notificar a C.A.P.S.A.P, a la Dirección Provincial de Rentas a sus efectos y a las parte, protocolizar, informatizar, etc., Fdo. Dres. Jorge Daniel AlsinaMaría Del Huerto Sapag Y Enrique MateoVocalesPor ante míDra. Aixa YazlleProsecretaria.17/20/22 MAY. LIQ. Nº 35990 $2.250,00.El Dr. Daniel Horacio Camu, Juez del tribunal del TrabajoSala 1- de la provincia de Jujuy, vocalía 3, presidente de trámite en el Expediente C-207669/22, caratulado: Indemnización por incapacidad: LUISA ANGELICA GASPAR c/ ANGEL RAUL ALVAREZ MENTESANO, ha dictado el siguiente decreto:
San Salvador de Jujuy, 08 de marzo del 2024.- Atento al estado de la causa y conforme se solicita en el escrito Nº 1097318, notifíquese el decreto de fecha 22/08/2023 al accionado Ángel Raúl Álvarez Mentesano, mediante Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en un Diario de Circulación masiva en esta ciudad, por tres 3 veces en cinco 5 días, facultándose al letrado de la parte actora para su diligenciamiento.- Notifíquese por ministerio de ley. Fdo. Dr.
Daniel H. Camu Juez Dra. Susana Remires Secretaria El decreto de fecha 22/08/2023 dice: San Salvador de Jujuy, 22 de agosto del 2023.- De la demanda instaurada en autos y su ampliación, córrase traslado al demandado Ángel Raúl Álvarez Mentesano en el domicilio denunciado, a quien se emplaza para que comparezca ante este Tribunal a contestarla dentro del termino de QUINCE 15 DIAS, bajo apercibimiento de tenérsela por contestada si así no lo hiciere art.
51 del C.P.T.. - Asimismo, intímase al accionado para que en igual término constituya domicilio legal dentro de los tres 3 kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificársele las sucesivas resoluciones por ministerio de la ley art. 22 del C.P.T. y 52 del C.P.C.. Notificaciones en Secretaría, martes y jueves, o el subsiguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Daniel Horacio Camú Juez - Dr.
Cesar Oscar Terrades Prosecretario Secretaria, 8 de Marzo del 2024.17/20/22 MAY. LIQ. Nº 35898 $2.250,00.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/5/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha21/05/2024

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones1234

Primera edición10/01/2018

Ultima edición12/07/2024

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