Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 1/9/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 01 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 98

Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 66.- En la Ciudad de Palpalá, Provincia de Jujuy a los 31 días del mes de Octubre del 2022, siendo las 17,00 Hs, se reúnen en la sede social sita en Casa 57 Barrio C, los Sres. Accionistas de LA ASUNCION S.A., cuyo detalle obra en el Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia según Folio N 39 de la Sociedad. Se cuenta con la presencia del Presidente Arquitecto Francisco Farfá n Marque, Director suplente 1ro.
Ingeniero Néstor Alberto Farfán y Director suplente 2do. Sra. Mónica Graciela Marque de Farfán y los Sres. accionistas poseedores del 100% de las Acciones de la Empresa, por lo que la Asamblea reviste el carácter de unánime, Se deja constancia que la presente Asamblea se va a realizar en los términos del último párrafo del artículo 237 de la Ley de Sociedades Comerciales y justificando de esta forma la excepción de la Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial. Preside la sesión el titular del Directorio El Sr. Francisco Farfán Marque, quien manifiesta que conforme lo determine la Ley 19550 en su Art. 67 con la debida antelación se han puesto a disposición de los Sres. Accionistas el motivo de esta Asamblea. 1. Presentar, participar y registrar a los accionistas que están presentados en el Acta de Directorio Nº 143 y 144 de fecha 20 de julio de 2022 y que constan en el libro de acciones, con el siguiente detalle. Santiago Farfán Marque con 15%, total de acciones 150 c/u. Francisco Farfán Marque con 15%, total de acciones 150 c/u. María Victoria Farfán Marque con 15%, total de acciones 150 c/u. Mariana Farfán Marque con 15%, total de acciones 150 c/u. Mónica Graciela Marque con 21,6%, total de acc iones 216 c/u. Néstor Alberto Farfán con 18,4%, total de acciones 184 c/u. 2. Designación de 2 accionistas para la firma de la presente acta. 3. A los fines de realizar los trámites pertinentes de inscripción ante los organismos correspondientes, designar al Sr. Presidente y otro Profesional, con la finali dad de aceptar vistas, salvar errores u omisiones del Acta. Tras un breve intercambio de opiniones y habiendo tomado conocimiento del motivo de esta Asamblea, toma la palabra la Sra. Mónica Graciela Marque DNI 11.371.480 en donde mociona al punto 2 la designación de Néstor Alberto Farfán DNI 07.850.152 y de Mariana Farfán Marque DNI
35.824.236 y al punto 3 al Sr. Francisco Farfán Marque DNI 29.092.306. y al Dr. Hernán Cesar Palomares apoderado legal de la Empresa. La moción presentada es aprobada por unanimidad. Terminado el tratamiento de los puntos insertos en el orden del día y no habiendo más temas que tratar se decide dar por finalizada la Asamblea siendo las Hs 19,00.- ESC. JUAN PABLO GONZALEZ CERNUSCHITIT. REG. Nº 92- S.S. DE JUJUYJUJUY.RESOLUCION Nº 551-DPSC/2023- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-173-2023.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN
OFICIAL.San Salvador de Jujuy, 07 de Agosto de 2023.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
01 SEPT. LIQ. Nº 33524 $1.000,00.Este Contrato de Cesión de Acciones, se celebra en la Ciudad de Palpalá Jujuy, a los 20 días del mes de Julio del año 2022, entre NÉSTOR ALBERTO
FARFÁN CUIT 23-07859152-9 y MÓNICA GRACIELA MARQUE CUIT 27-11371480-3, ambos con domicilio en El Huaico 533 Barrio Loma Golf Palpalá Jujuy República Argentina, en su calidad de titulares de acciones en la empresa individualizada como LA ASUNCIÓN S.A. C UIT 30 65324206 5 en adelante los cedentes, estado civil casados entre sí, por una parte y por la otra, SANTIAGO FARFÁN MARQUE CUIT 20-27401859- 4, con domicilio en Lychener Str. 16- 10437 Berlín. República Alemania, casado en primeras nupcias con Laura Schrors, FRANCISCO FARFÁN MARQUE CUIT 2329092306-9, con domicilio Coronel Arias 367 Ciudad de Nieva San Salvador de Jujuy Jujuy República Argentina casado en primeras nupcias con María José Martearena, MARÍA VICTORIA FARFÁN MARQUE CUIT 27-31077887-2, con domicilio en Chacabuco 578 Chascomús Pcia de Buenos Aires, República Argentina casada en primeras nupcias con Juan Martín Plache y MARIANA FARFÁN MARQUE CUIT 27- 35824236-2, con domicilio en El Huaico 533
Barrio Loma Golf Palpalá Jujuy, República Argentina, de estado civil soltera en adelante los cesionarios y junto con los cedentes, las Partes Considerandos: Por Cuanto los cedentes son titulares de las acciones, registradas en el libro de acciones de la sociedad anónima LA ASUNCIÓN S.A. CUIT
30 65324206 5. POR CUANTO, los cesionarios han manifestado, al cedente y a la Sociedad, su intención de aceptar las acciones. POR CUANTO, el Directorio de la Sociedad, por acta de Directorio Nro. 143 del día de la fecha, ha admitido la incorporación de los cesionari os como socios partícipes de la Sociedad ad referéndum de la Asamblea General Extraordinaria. POR CUANTO, La Sociedad ha puesto en conocimiento de los cesionarios los derechos que le otorga la Ley Nro. 24467 y sus modificaciones y suplementariamente los que les correspondan según la Ley Nro. 19550 de las sociedades comerciales t.o.
1984y sus modificaciones y en particular respecto de: a Recibir los servicios determinados en el objeto social cuando se cumplieren las condiciones exigidas para ello; b En caso en que la Sociedad se negare a otorgar a los Cesionarios determinada garantía, éste tendrá derecho a obtener de la Sociedad un informe fundado de las causas que motivaron la denegación, en un lapso no mayor a treinta 30 días corridos contados desde la fecha en que tal situación fue resuelta;
c Retirarse de la Sociedad solicitando el reembolso de sus acciones, siempre y cuando haya cancelado totalmente, sus obligaciones derivadas de los contratos de garantía recíproca que celebre en el futuro y en tanto el reembolso de sus acciones no implique una modificación de los mí nimos legales establecidos en las normas vigentes. No procederán a su retiro cuando la Sociedad estuviera en trámite de escisión, fusión o disolución. Por Cuanto, como condición precedente para el perfeccionamiento de la admisión del Cesionario como socio participe de la Sociedad, ad referéndum de la Asamblea General Extraordinaria , el Cesionario deberá obtener la propiedad de acciones de la Sociedad, momento a partir del cual gozará de los derechos que emerg en de la Ley Nro. 24467 t.o Ley 25300 pub B.O. Nro. 29478 del 07 de septiembre de 2000, modificado por la Ley Nro. 26496 pub B.O. Nro. 31648 del 07 de mayo de 2009 la Ley SGR
EN CONSECUENCIA, en virtud de las contraprestaciones pactadas en el presente, y basándose en las respectivas declaraciones y garantías que se formulan en el presente, las Partes, convienen lo siguiente: ARTÍCULO PRIMERO CESIÓN DE LAS ACCIONES PRECIO DE LAS ACCIONES. Sección 1.01
Cesión de las Acciones: Los cedentes ceden y transfieren a los Cesionarios, libre de todo gravamen, la CANTIDAD DE seiscienta s 600 acciones y los Cesionarios reciben las Acciones, acordando lo que se estipula en la cláusula siguiente. Sección 1.02 Precio de Adquisición: Las presentes CESIONES, se realizan a los cesionarios en partes iguales, equivalentes a ciento cincuenta 150 acciones para cada cesionario, y a título gratuito. ARTÍCULO SEGUNDO
DECLARACIONES Y GARANTÍAS DE LAS PARTES. Sección 2.1 Declaraciones y garantías de las partes: Las partes declaran y garantizan 1 Que tienen plena capacidad legal, legitimación y facultad para celebrar ese contrato y consumar la cesión contemplada por el presente y no se requiere ningún otro consentimiento o autorización de ninguna otra persona o entidad o autoridad gubernamental. No existe ninguna restricción legal, judicial o contractual que afecte la disposición de sus bienes en general o, en su caso, de la acción. Éste contrato es debidamente celebrado por la otra parte de conformidad con sus términos; 2 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente contrato: i no viola ninguna disposición de ninguna norma o ley aplicable o estatuto a la que cada parte o, que en su caso, las Acciones pudieran estar sujetas; ii no viola ninguna resolución, decisión o fall o de ninguna autoridad gubernamental o judicial aplicable a cada parte o, en su caso a la Acción, no viola ningún otro instrumento contrato de los cuales sean parte; y iii no resulta en la creación o imposición de gravámenes o reclamo de cualquier tipo sobre la Sociedad y/o cualquiera de los activos de la Sociedad y/o la Ac ción; 3 Los cedentes están libres de todo gravamen, inhibición, orden judicial o cualquier otro reclamo o acción que les impida disponer libremente de la totalidad o parte de las Acciones, 4 Las partes no se encuentran en estado de cesación de pagos, ni han solicitado la formación de su concurso preventivo ni su propia quiebra y no tienen pedidos de quiebra en trámite; 5 La Cesionaria reúne los requisitos necesarios para constituirse como socio partícipe de conformidad con la Ley 19550. Sección 2.02 Declaración de veracidad Ninguna declaración o garantía de las PARTES realizadas en este contrato contiene ninguna afirmación falsa de ningún hecho, ni omite declarar ningún hecho que requiera ser declarado y que sea necesario para evitar que las declaraciones realizadas en este contrato conduzcan a error a las Partes o a la Sociedad. ARTÍCULO TERCERO LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTRAVERSIAS. SECCIÓN 3.01 Ley Aplicable Este contrato será regido e interpretado de conformidad con las Leyes de la República Argentina. SECCIÓN 3.02 Jurisdicción y Tribunal Competente Toda cuestión o desinteligencia que se suscite entre las Partes respecto de la interpretación, alcance y ejecución del presente Contrato, será dirimido por ante los Tribunales de la Provincia de Jujuy, renunciando las mismas a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. ARTÍCULO
CUARTO DISPOSICIONES VARIAS. Sección 4.01 Notificaciones Todas las notificaciones entre las Partes serán por escrito y de modo fehaciente, dirigidas a los domicilios indicados en el encabezamiento del presente Contrato. Sección 4.02 Costos, gastos e impuestos La cedente soportará los gastos, inclusive los
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 1/9/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha01/09/2023

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones1233

Primera edición10/01/2018

Ultima edición10/07/2024

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