Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 28/11/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Noviembre, 28 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 133

TRESCIENTOS SESENTA $23.360con más un interés igual a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, Sala I Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235 desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere, conforme los ar gumentos expuestos en los considerandos. IV.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. V.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 12 en contra de las Sras. NASTRALA MARIA CRISTINA Y ROMERO CLAUDIA
FERNANDA mandándose notificar la presente Resolución mediante cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.-VI.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar. San Salvador de Jujuy, 22 de Septiembre de 2022.- Proveyendo el escrito Nº 387006: Atento a lo solicitado por el Dr. Carlos Fabián Vázquez, proceda a notificar la resolución de fs. 54, mediante publicación de edictos en el boletín oficial y en un diario de circulación local en contra de los Sres. NASTRALA MARIA CRISTINA Y ROMERO CLAUDIA FERNANDA, por el término de cinco días contados a partir de la última publicación. Fdo. Dra. Marisa E. RondonJuez; ante mi Dra. María Laura López PfisterSecretaria."28 NOV. LIQ. Nº 30489 $450,00.Tribunal de FamiliaSala IIVocalía N 4, en el Expte. N C-204352/2022 caratulado: ACCION DE RECLAMACION DE FILIACION. GOMEZ ANDREA
MICAELA c/ PAZ ENZO EMILIO FACUNDO, I.- Téngase presente el informe actuarial que antecede. II.- Téngase presente el dictamen emitido por la Atento a lo solicitado por la Dra. Defensora de N.N.y A.e I. Dra. Mónica Vilte.- III. Téngase por decaído el derecho al accionado de contestar la demanda haciéndose efectivo el apercibimiento decretado, notificándose el presente en el domicilio real y en lo sucesivo por Ministerio de Ley.- IV.- Atento al estado de la causa, y cumplido con lo ordenado precedentemente, dese intervención al Defensor Oficial que por turno corresponda.- V.- Notifíquese art. 155 del C.P.C..Fdo. Dra. Norma A. JiménezJuez HabilitadaAnte Mi: Sr. Héctor DargamPro Secretario.- Orden ese la Publicación de Edictos en un diario local y en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 11 de noviembre de 2022.- Pro Secretario Técnica Administrativo: Dr. Horacio Héctor Dargam.28/30 NOV. 02 DIC. LIQ. Nº 30565 $1.350,00.Dr. Cristian Daniel GranadosSecretario con funciones en Cámara Civil y Comercial - Sala IV - Vocalía 11 del Centro Judicial San Pedro de Jujuy; en el Expediente N D-037761/2021 caratulado: Daños y Perjuicios: BALCAZAR MARIA SUSANA c/ OCAMPO JUAN CARLOS; RENJIFO VILLCA
SAMUEL, procede a notificar al Sr. JUAN CARLOS OCAMPO el decreto dictado en la causa de referencia y que se transcribe a continuación: A los 04 días del mes de octubre de 2022, informo a la Sra. Presidente de Tramite que la última publicación de edictos para notificar el traslado de demanda al Sr. Juan Carlos OCAMPO - DNI 34.865.847 fue realizada el día 24/08/22 conforme surge de las constancias adjuntadas al escrito electrónico Nº 352520. San Pedro de Jujuy, 04 de octubre de 2022. I.- Atento al informe actuarial que antecede y lo peticionado por el Dr. Jorge Federico TORIL mediante escrito electrónico Nº 396733, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto teniéndolo por contestada la demanda en los términos del art. 298 d el CPC último párrafo. II.- Proveyendo a lo peticionado por la parte actora mediante escrito electrónico Nº 397804 y a las constancias de autos, declárese la rebeld ía del codemandado Sr. Juan Carlos OCAMPO - DNI 34.865.847, notificándose las posteriores resoluciones por Ministerio Ley. Notifíquese lo dispuesto precedentemente mediante edictos a publicarse por tres veces en cinco 5 días en un diario de circulación provincial y en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy a cargo de la parte actora arts.
162, 195 segundo párrafo. III.- De conformidad a lo dispuesto en el pto. 35 de la Acordada S.T.J. Nº 86/2020 y el escrito electrónico Nº 397804, téngase presente el documento firmado ológrafamente por la Sra. María Susana BALCAZAR mediante el cual declara que todos los escritos suscriptos electrónicamente en adelante en el S.I.G.J. por su letrado patrocinante Dr. Jorge F. TORIL deberán ser considerados como susc riptos conjuntamente con su parte. Se hace saber al letrado que queda bajo su responsabilidad conservar el escrito con firma ológrafa hasta la finalización del proceso, el que podrá ser requerido en cualquier momento por el tribunal. IV.- Notifíquese. Firmado electrónicamente por: Dra. Silvia Elena YecoraJueza Presidente de Trámite, Cámara Civil y Comercial, Sala IV; Ante mi Dr. Cristian Daniel Granados -Secretario. Publíquese por tres 3 veces en cinco 5 días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.- San Pedro de Jujuy, 17 de Octubre de 2022.28/30 NOV. 02 DIC. LIQ. Nº 30561 $1.350,00.El Dr. R. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial n4, Secretaria N8 en el Expte. N C-179645/21 caratulado: Ejecutivo: CARRERA, MARIA ROSA
c/ RUIZ GUSTAVO ARIEL procede a notificar el siguiente proveído: SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de mayo de 2022.-Sin perjuicio de lo dispuesto, y a los fines de continuar con el trámite de la causa, notifíquese por Edictos al demandado: SR. RUIZ, GUSTAVO ARIEL, D.N.I. Nº 2 5.954.084 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los Arts 472 y 478 del CPC, intimase al accionado a depositar la suma de PESOS CUARENTA MIL
DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON SESENTA Y TRES CTVOS. $40.228,63 que se reclaman por capital, con más la suma de PESOS DOCE MIL
SESENTA Y OCHO $12.068.- para acrecidas legales.-Asimismo cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaria, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-Asimismo córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaria de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Por el mismo término intimase a la demandada a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado.-A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.-Notifíquese y líbrese Edictos Art. 154 CPC.Dr. R Sebastian Cabana, Juez ante mi Dr. Sergio Andrés Álvarez, Secretario.- Publíquese edictos por tres veces en cinco días en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 17 de Mayo de 2022, Secretaria N 8 a cargo del Dr. Sergio Andrés Álvarez, Secretario.28/30 NOV. 02 DIC. LIQ. Nº 30172 $1.350,00.Tribunal de FamiliaSala IIVocalía 6, Dra. Teresa Lewin NakamuraJuez; Dra. Martina CardarelliSecretaria, en el Expte N C-202171/2022 caratulado:
CUIDADO PERSONAL DE HIJOS: GONZALEZ MANERO REMI c/CARMONA RIVERA ANA MARIA ordena notificar a la accionada, los siguientes proveídos: San Salvador de Jujuy, 06 de junio de 2022.- Téngase por presentada a la Dra. Romina Beatriz Velázquez, en nombre y representación del Sr.
REMI GONZALEZ MANERO, D.N.I. Nº 19.078.772, a merito de la Carta Poder que adjunta, por constituido domicilio legal y por parte.-Admítase la presente la que se tramitará de conformidad a las prescripciones del art. 381 y sgtes. Del C.P.C.-Agréguese la documentación acompañada y téngase presente para su oportunidad.- Atento a la demanda de CUIDADO PERSONAL incoada en contra de la Sra. ANA MARIA CARMONA RIVERA , Colombiana, CC
1125242311, de la misma traslado a la accionada en el domicilio denunciado para que conteste en el término de diez días, bajo apercibimiento de tenerlo por contestado si no lo hiciera en los términos del art. 298 del C.P.C.- Intímaselo para que en igual término constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de éste Tribunal de Familia VOCALIA VI, sito en calle CORONEL PUCH 625, ciudad Capital, bajo apercibimiento en caso de no
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 28/11/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha28/11/2022

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones1234

Primera edición10/01/2018

Ultima edición12/07/2024

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