Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 4/6/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Junio, 06 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 63
EDICTOS DE NOTIFICACION

Dra. Marisa Eliana Rondon, Juez Habilitada en lo Civil y Comercial de Primera Instancia del Juzgado N 6 Secretaria N 11, en el EXPTE. C-13963.4/2019, caratulado: Ejecutivo: COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA S.A. c/ RODRIGUEZ ALDO OMAR.- cita y emplaza al demandado SR RODRIGUEZ, ALDO OMAR D.N.I. 20.261.339 mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos Veintisiete Mil Cuatrocientos Sesenta y Uno con 65/100
$27.461,65 en concepto de capital reclamado, con más la suma de Pesos Cinco Mil Cuatrocientos Noventa y Dos $5.492 calculadas provisoriamente para responder a ulteriores del presente juicio. En defecto de pago se lo cita de REMATE para que en el termino de cinco días concurra este Juzgado y Secretaria a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevar adelante esta ejecución y por igual termino deberá constituir domicilio legal dentro del radio de los 3 Km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificarse en lo sucesivo por ministerio de la ley Arts. 52del C.P.C. y de nombrarle en caso de incomparecencia al Defensor de Pobres y Ausentes que por turno corresponda con quien se seguirá el juicio Art 474 del CPC. Notifíquese por cedula.
Fdo. Dra. Marisa Eliana RondonJuez HabilitadaAnte Mi-Dr. Fabián Carlos LemirFirma Habilitada.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia de tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 15 de Julio de 2.021.01/03/06 JUN. LIQ. Nº 28446 $1.350,00.Dr. Miguel Ruiz Cointte, Actuario Titular de la secretaria N 16 del Juzgado C. y C. N 8 del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº D029167/19 caratulado: EJECUTIVO: COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA S. A. c/ JULIO ZENON FLORES hacer saber que el Sr. Juez de la causa ha dictado la sgte. Resolución: San Pedro de Jujuy, 22 de octubre de 2020.: Autos y Vistos.. Resulta Considerando Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra del Sr. JULIO ZENON FLORES, D.N.I. N 28.763.890, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado de pesos treinta y nueve mil sesenta y cinco con 26/100 $39.065,26 .Dicho monto devengara desde la mora del deudor 16/02/18 hasta su efectivo pago, un interés igual a la Tasa Activa que mensualmente cobra el Banco de la Nación Argentina, para sus operaciones de cartera genera l prestamos nominal anual vencida a treinta días. II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada art. 102 del C.P.C..- III.- Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente, hasta tanto se cuente con planilla de liquidación definitiva acda. N 30/84 del Excmo. S.T.J. y art.58, ley 6.112. IV.- Notificar por cedula, protocolizar, hacer saber y dar copia fdo. Dr. Matías Leonardo NietoJuezante miDra. Alicia M. AldonateSecretaria de Cámara.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 02 de marzo de 2022.01/03/06 JUN. LIQ. Nº 28448 $1.350,00.Dr. R. Sebastian CabanaJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 8, en el Expte N B-267899/12, caratulado: Ejecutivo:
COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA S.A. c/ TEJERINA BERONICA GABRIELA, procede a notificar la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 05 de Julio de 2021.- Encabezamiento - Antecedentes - Fundamentos - Parte Dispositiva: 1º Mandar a llevar adelante la ejecución seguida por COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA S.A en contra de Sra. TEJERINA VERONICA GABRIELA , D.N.I. Nº 25.168.649, hasta que el primero se haga íntegro pago de la suma de Pesos Veinticinco Mil Setecientos Ochenta y Siete con Setenta Ctvos $25.787,70 con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el E xpte. Nº B-145.731/05 Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro L. A. 54, Fº 673 -678- Nº 235,tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del titulo y hasta la mora, acaecida el día 03/02/2011, y de allí en mas, los mismos deben ser imputados como moratorios hasta su efectivo pago, y como punitorios, al haber sido los mismos pactados, se fijan en un 50% de los moratorios más IVA si correspondiere. 2º Imponer las costas a la parte demandada en su carácter de vencida Art. 102 del C.P.C. 3º Regular los honorarios profesionales de la Dra.
DI PASQUO LUCIA, en la suma de Pesos Dieciocho Mil Novecientos Veinte Con Veinticuatro ctvos. $18.920,24, conforme los fundamentos esgrimidos precedentemente. Dicho monto fue cuantificado a la fecha de esta sentencia, por lo que sólo en caso de mora devengará un interés a tasa activa, de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el expte. B-145731/05 Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otros L.A. 54, Fº 673-678- Nº 235, más IVA si correspondiere. 4º Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana -Juezante mí Dr. Sergio Andrés Álvarez, -SecretarioPublíquese Edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 07 de Julio de 2021, Secretaria N 8, a cargo del Dr. Sergio Andrés Álvarez, Secretario01/03/06 JUN. LIQ. Nº 28449 $1.350,00.El Dr. Jorge Daniel Alsina, Vocal de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Vocalía N 5, en el Expte. N C-189030/2021 caratulado:
ACCIÓN EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR: GIUPPONI, LEANDRO RICARDO c/ CABANA MARTÍN ALEJANDRO, procede a notificar el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 26 de Octubre del Año 2021. ITéngase por presentado al Dr. Leandro Ricardo Giupponi por sus propios derechos, por parte y por constituido domicilio legal. IIOtórgase al actor el beneficio de justicia gratuita art. 53 de la ley 24.240. III - Ante la situación de gravedad causada por la propagación del COVID-19 y dentro de las facultades otorgadas por la Acordada Nº 27 L.A. Nº 23, Fº 64/65, Nº 27, córrase traslado de demanda e intímase a MARTIN ALEJANDRO CABANA a contestar la misma dentro de los cinco días de notificado de la presente, adjuntando los medios de prueba de que intente valerse, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere se tendrán por ciertos los hechos expuestos en la demanda. IVAsimismo, hágase saber a los letrados que para evitar dilaciones en el trámite los autos se pondrán a disposición únicamente por Secretaria, para su compulsa y extracción de fotocopias. VDése intervención al Ministerio Público Fiscal art. 52 ley 24.240. VIActuando en autos el principio contenido en el art. 50 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar la diligencias de notificación correspondientes para su posterior control y firma del Tribunal, las que deberán presentarse en Secretaría de esta Sala en el término de dos días y ser diligenciadas en igual plazos. VIINotifíquese por cédula. - Fdo: Dr. Jorge Daniel Alsina
VocalPor Ante mi: Dra. Aixa YazlleProsecretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 19 de Mayo de 2022.01/03/06 JUN. LIQ. Nº 28474 $1.350,00.Cámara Civil y Comercial, Sala 2 Vocalía 5 en el Expte. Nº C-177009/2021 - Caratulado: ACCIÓN EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR:
BRUNOTTO LAURA LETICIA c/ ALDECOA JULIO CESAR; HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L. notifica a los representantes de HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLOS INMOBILIARIOS HDMI S.R.L. la siguiente providencia Providencia de fs.22: San Salvador de Jujuy, 17 de Junio de 2.021.-ITéngase por presentada a la Dra. Adriana Campos con el patrocinio letrado de la Dra. Patricia Tabera en nombre y
1164

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 4/6/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha04/06/2022

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones1227

Primera edición10/01/2018

Ultima edición26/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2022>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930