Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/11/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 21 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 130

sobre bienes de propiedad del demandado y hasta cubrir ambas sumas reclamadas, nombrándose depositario judicial al propio accionado o a tercera persona de responsabilidad y arraigo.- III.- Cítese de remate para que dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Juzgado y Secretaría a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución. IV.- Por igual término, le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sean su naturaleza arts. 52 y 154 del CPC. V.- Notifíquese por Edicto la presente providencia judicial. VI.- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. VII.- Notifíquese. Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón, JuezPor Habilitaciónante mí Dra. Mariana R. Roldán, Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días. San Pedro de Jujuy, 17 de Octubre de 2018.-

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hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada en autos. III.- Imponer las costas a la vencida Art. 102 del C.P.C.. IV.- Notificar la presente resolución al accionado por edictos y las futuras por Ministerio de la ley.- V.- Firme que se encuentre la misma deberá la parte actora practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia en el término de cinco días, bajo apercibimiento de Ley. VI.- Asimismo, incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa. VIIRegistrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes. Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón JuezAnte mi: Dra. Amelia del Valle Farfán.- Prosecretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los 09 días del mes de Octubre del 2018.21/23/26 NOV. LIQ. Nº 15953 $465,00.-

16/21/23 NOV. LIQ. Nº 15951 $465,00.El Dr. Esteban Arias Cau Vocal Pte. de trámite de la Sala I, Cámara Civil y Comercial Voc. N 3, en el EXPTE. C-036222/14 Daños y perjuicios Humacata, Norma del Valle c/Barco, Marcelo Miguel;
Tapia, Domingo y Compañía de Seguros Agrosalta Ltda., procede a notificar el presente proveído:
San Salvador de Jujuy, 08 de mayo de 2018. I.- Atento las manifestaciones vertidas por la Dra. María Julia Garay, revocar por contrario imperio la providencia de fs. 152 respecto de la designación de la Defensora de Pobres y Ausentes y como medida para mejor proveer, a los fines de la notificación de la providencia de fs. 145 al demandado Domingo Alberto Tapia, publíquense Edictos por tres veces, dentro de un periodo de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local en circulación, haciendo saber que los plazos otorgados comienzan a correr a partir del quinto día de la última publicación. II.Notifíquese por cedula. Fdo. Dr. Esteban J. Arias Cau-VocalAnte mí: Dra. Claudia E. GeronimoProsecretaria. Providencia a fs. 145. San Salvador de Jujuy, 14 de febrero de 2018 I.- Atento lo manifestado por el Dr. Raúl Ángel Delgado a fs. 144, hágase saber al demandado Sr. Domingo Alberto Tapia que deberá comparecer a juicio en el término de diez días, por si o con nuevo apoderado bajo apercibimiento de continuar el trámite en su rebeldía. II.- Asimismo, y hasta tanto ello ocurra, hágase saber al Dr. Raúl Ángel Delgado, que deberá continuar sus gestiones de conformidad con lo dispuesto por el art. 64 y 65 del C.P. C. III.- Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Esteban Arias Cau, Vocal ante mi Dra. Yamila Cazón, Secretaria.- San Salvador de Jujuy 09 de mayo de 2018.16/21/23 NOV. LIQ. N 15582 $ 465,00
Marisa E. RondonJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaria Nº 6, en el EXPTE. Nº B-255577/11, caratulado: Demanda de AusenciaDesignación de Curador: s/ por Mirta Gladis Albornoz se notifica al Sr. Ángel Albornoz: San Salvador de Jujuy, 25 de Julio de 2009.Admítase la presente Demanda Ordinaria de Ausencia con Presunción de Fallecimiento, la que se tramitará de conformidad al Art. 25 de la Ley Nº 14.394.- Agréguese. Cítase al presunto ausente Sr.
Ángel Albornoz, por edictos durante cinco días, los que serán publicados en el Boletín Oficial y un diario de circulación local una vez cada seis meses. Intímeselo para que en igual término constituya domicilio dentro del radio de los tres kms. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de Ley, todas las resoluciones posteriores Art.52 el C.P.C.. Ordénese la publicación de edictos una vez cada seis meses. Notificaciones Martes y Jueves ó el siguiente si alguno fuere feriado. Notifíquese por.-Fdo. Dra. Marisa Eliana Rondon-JuezAnte Mi: Norma Farach de AlfonsoSecretaria.-Publíquese edictos durante cinco días en el Boletín Oficial y un Diario Local.- San Salvador de Jujuy, 03 de Noviembre de 2016.22 JUN./23 JUL./22 AGO./21 SEP./22 OCT./21 NOV. LIQ. Nº 14429 $930,00.INSCRIPCION DE MARTILLERO - ANDREA FLORENCIA MILLÁN D.N.I. N 39.233.060, comunica que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 62 inc. 1 de la Ley 4152/85 y Ley Nacional N 25028/99, Art. 1 y Art. 3, ha solicitado su inscripción en la Matrícula de Martillero Público.
Oposiciones en la sede del Colegio de Martilleros, sita en Coronel Dávila esquina Araoz, Ciudad de Nieva. Publíquese por tres 3 veces en diez 10 días en el Boletín Oficial y un Diario local.12/21/26 NOV. LIQ. Nº 15988 $465,00.INSCRIPCION DE MARTILLERO - PABLO JOSÉ MARIA RISO D.N.I. N 24.612.601, comunica que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 62 inc. 1 de la Ley 4152/85 y Ley Nacional N 25028/99, Art. 1 y Art. 3, ha solicitado su inscripción en la Matrícula de Martillero Público.
Oposiciones en la sede del Colegio de Martilleros, sita en Coronel Dávila esquina Araoz, Ciudad de Nieva. Publíquese por tres 3 veces en diez 10 días en el Boletín Oficial y un Diario local.14/21/28 NOV. LIQ. Nº 16052 $465,00.Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 Secretaria Nº 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a CALIZAYA, MARTA ELIZABETH que en el Expte Nº B264632/11, caratulado: Ejecutivo: CREDINEA S.A. c/ CALISAYA MARTA ELIZABETH se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 17 de octubre de 2018.- 1 El informe actuarial que antecede, ténganse presente.- 2 Proveyendo la presentación que antecede, atento el estado de la causa y lo solicitado, regúlense los honorarios del Dr. Oscar Martín Meyer la suma de Pesos Mil Seiscientos Sesenta y Siete $1.667,00 por la labor desarrollada en la etapa de ejecución de sentencia, conforme lo dispuesto por los arts. 4, 10, de la ley 1687 y la regulación efectuada en el principal, suma esta que sólo en caso de mora devengará intereses conforme Tasa Activa promedio que el Banco de la Nación Argentina cobra en las operaciones de descuento de documentos comerciales, con más I.V.A. si correspondiere.- 3 A fin de resguardar el derecho de defensa, notifíquese la presente providencia al demandado en su domicilio real.- 4 5 Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos BernalJuezAnte mí: Dra. María Eugenia Pedicone-Firma Habilitada.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial art. 152 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.Secretaria: San Salvador de Jujuy, a los 25 días del mes de Octubre del 2018.21/23/26 NOV. LIQ. Nº 15952 $465,00.Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-036605/14, caratulado: CREDINEA S.A c/ NAVARRO ANA
MARCELA S/ Ejecutivo se han dictado los siguientes proveídos: San Salvador de Jujuy, 25 de setiembre de 2018.- Autos y Vistos Considerando Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra de NAVARRO, ANA MARCELA., D.N.I.
20.178.029, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Seis Mil Novecientos Noventa con Noventa y Dos ctvos. $6.990,92 aplicando al capital reclamado por la actora, el interés que se liquida por aplicación de la tasa activa, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado:Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B- 145731/05 Sala I del Tribunal del Trabajo, Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro y el cincuenta por ciento 50% en razón de los punitorios, desde la mora 15/01/13 y hasta el efectivo pago. II.- Difiérase la regulación de honorarios del Dr. Martín Meyer
Dra. Marisa Eliana Rondon, Juez por habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, de la Provincia de Jujuy, en el C-070112/16 caratulado CARSA S.A.
c/ AGUILAR JORGE HUGO S/ Ejecutivo hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 01 de Septiembre de 2.016.- 1.- Téngase por presentada al Dr. Aguiar Carlos, por constituido domicilio legal, por parte, en nombre y representación de CARSA S.A. Conforme lo acredita con el Poder Gral. para juicio que agrega debidamente juramentada.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese en contra del demandado AGUILAR JORGE HUGO, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de pesos un mil seiscientos veinticuatro con treinta y dos ctvos. $1.624,32 en concepto de capital reclamado, con más la de pesos ochocientos doce con dieciséis ctvos.$812,16 calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio afectado y/o a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere en el término de cinco 5 días, en el Juzgado Civil y Comercial 2, Secretaría 4, sito en calle Independencia esquina Lamadrid bajo apercibimiento de llevar adelante la presente ejecución.-3.- Al efecto comisionase al Sr. Juez de Paz, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.- Asimismo intimase a la demandada para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la ley todas las posteriores resoluciones que se dicten art. 52 del C.P.C..- 5.- Notifíquese art. 154 del C.P.C..- Fdo. Dra. Silvia Elena Yecora Juez, ante mi Dra. Beatriz Borja. Proveído de fs. 56 "San Salvador de Jujuy, 25 de Junio de 2018. 1- Atento a lo manifestado en el escrito que antecede, notifíquese del decreto de fs. 12 mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial y un diario de circulación local al Sr. AGUILAR, JORGE HUGO, DNI Nº 22.461.426, por el termino de tres veces en cinco días, contados a partir de la ultima publicación, en conformidad con lo dispuesto en el Art. 162 del C.P.C., bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. 2- Asimismo hágase saber al Dr. Aguiar, que se encuentra facultado para presentar los correspondientes y presentarlos para control y firma Art. 50 y 72 del C.P.C. 3Notifíquese Art. 154 C.P.C. Fdo Dra.- Marisa Eliana Rondon Juez Habilitada. Ante mi Dra.- Beatriz Borja, Secretaria.- San Salvador de Jujuy, a los 17 días del mes de Octubre del 2018.
21/23/26 NOV. LIQ. Nº 15954 $465,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría N 14, en el Expte. N C087832/17, caratulado: Ejecutivo: SEGOVIA ELVIO WILSON C/ ZALAZAR, DIEGO RAMON, se hace saber al demandado Sr. DIEGO RAMON ZALAZAR, la siguiente Providencia: San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2018.- IProveyendo la presentación de fojas 41: Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese la providencia de fojas 13 al demandado Sr. DIEGO RAMON
SALAZAR, mediante Edictos-Art. 162 del C.P.C.- IINotifíquese y expídase Edictos.-Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-JuezAnte mí: Dra. Sandra TorresSecretaria.- Providencia de fojas 11: S.S. de Jujuy, 28 de Abril de 2017.-líbrese en contra del demandado DIEGO RAMON ZALAZAR, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de Pesos: Setenta Mil $70.000.-, en concepto de capital con más la suma de Pesos: Veintiún Mil $21.000.- calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio. En defecto de pago, trábese Embargo cíteselo de Remate para que en el término de cinco días, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual termino que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimara a la demandada, para que constituya en el domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley. Art.52 del ítem.- Notifíquese y expídase Mandamiento.-Fdo.: Dra. Lis Valdecantos BernalJuezAnte mí: Dra. Sandra TorresSecretaria.- Publíquese Edictos en un Diario Local y en un boletín oficial Art. 162 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación den edictos.- Secretaria:
Dra. Sandra Torres.- San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2018.21/23/26 NOV. LIQ. Nº 16056 $465,00.El Dr. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial Nº 4 Secretaría Nº 8 en el Expte. Nº C088029/17, caratulado: Ejecutivo: SEGOVIA, ELVIO WILSON c/ ZARATE MOLINA, ADOLFO
SEBASTIAN" procede a notificar el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 18 de Octubre de 2018.- Atento las constancias de autos y lo manifestado precedentemente por la actora, notifíquese por Edictos al demandado: SR. ZARATE MOLINA, ADOLFO SEBASTIAN, D.N.I. Nº 29.211.034 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los Arts 472 y 478 del CPC, intimase al accionado a depositar la suma de pesos treinta mil $30.000.-
que se reclaman por capital, con más la suma de pesos nueve mil $9.000.- para acrecidas legales.
Asimismo cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaria, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Asimismo córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaria de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Por el mismo término intimase a la demandada a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado. A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial. Notifíquese y líbrese Edictos Art. 154 CPC.Dr. Sebastian Cabana, Juez ante mi DRA. MARIA CECILIA HANSEN, Prosecretaria.- Publíquese edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador De Jujuy, 30 de octubre de 2018, Secretaria Nº 8, a cargo de la Dra. María Cecilia Hansen, Prosecretaria.21/23/26 NOV. LIQ. Nº 16055 $465,00.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/11/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha21/11/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1232

Primera edición10/01/2018

Ultima edición08/07/2024

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