Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/11/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 09 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 126

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-045212/15, caratulado: Ejecutivo: SISTEMAS UNIFICADOS DE
CREDITO DIRIGIDO SUCRED S.A. C/ MERCADO MONICA CECILIA, se hace saber a la demandada Sra. Mónica Cecilia Mercado, la siguiente Providencia:
San Salvador de Jujuy, 23 de Noviembre de 2016.- IProveyendo la presentación de fojas 45: Atento lo solicitado, líbrese nuevo edicto de igual tenor y a los fines al obrante a fs. 44, como se pide.- IINotifíquese.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos BernalJuezAnte mí: Dra. Sandra Torres-Secretaria Habilitada.- Providencia de fs. 12:
San Salvador de Jujuy, 18 de Junio de 2015.- líbrese en contra de la demandada Silvina Yolanda Reynoso, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de pesos: trece mil quinientos cincuenta y cuatro con 60/100 $13.554,60.-, en concepto de capital con más la suma de pesos: cuatro mil sesenta y seis con 38/100 $4.066,38.- calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio. En defecto de pago, trábese Embargo, cíteselo de Remate para que en el término de cinco días, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual término antes mencionado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya en el domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de la Ley. Art. 52 del ítem.- Notifíquese y Ofíciese.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal-JuezAnte mí: Esc. Nadia TorfeSecretaria por HabilitaciónPublíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial Art. 162 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Dra.
Sandra Torres.- San Salvador de Jujuy, 23 de Noviembre de 2017.07/09/12 NOV. LIQ. Nº 15825 $465,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 1 de la provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-009050/13, caratulado: Ejecutivo:
SISTEMAS UNIFICADO DE CREDITO DIRIGIDO SUCRED S.A., hace saber que se ha dictado la sentencia que se transcribe a continuación: San Salvador de Jujuy, 30
de Agosto de 2017.Autos y VistosResultaConsiderandoResuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por SUCRED S.A. en contra del Sr. Ismael MAMANI, D.N.I.
28.646.448, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos cuatro mil veinticinco con 78/100 $4.025,7800, con más el interés a la tasa activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales desde la mora 01/08/2012
y hasta el efectivo pago, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado:
Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 Sala I
del Tribunal del Trabajo, Indemnización por Despido Incausado y otros rubros:
Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa ordenada precedentemente, conforme lo considerado, desde la mora y hasta su efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la parte vencida Art. 102 del C.P.C..- III.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Analía E. Almazán, en la suma de pesos tres mil quinientos $ 3.500,00, por su labor desarrollada en autos, con más intereses conforme el capital pero hasta la presente fecha; De allí y solo en caso de mora en el pago de los mismos, devengara los intereses conforme Tasa Activa conforme la citada Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia y enunciada precedentemente, con más I.V.A. si correspondiere. IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa. VI.Notificar la presente resolución por edicto.- VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P.-Fdo. Dr. Juan Pablo CalderónJuez Ante Mi Dra. Amelia Del V. Farfan.- Prosecretaria.- Publíquese por Edicto en un Diario Local y en el Boletín Oficial Art. 162 del C.P.C. San Salvador de Jujuy, 30 de Agosto de 2017.- Secretaria Nº 1, Dra. Amelia del V. Farfán.- Prosecretaria.07/09/12 NOV. LIQ. Nº 15826 $465,00.Referente Expte. C-101152/17.- Salvador de Jujuy, 14 de Noviembre de 2.017.Téngase por presentada a la Dra. ANDREA FABIANA BOCCA, en nombre y representación de la Sra. LAURA DELICIA MEALLA-D.N.I. Nº 28.073.661; por constituido domicilio legal y por parte a mérito de la Carta Poder que obra a fojas 04 en autos.- Admítase la presente acción por CUIDADO PERSONAL UNILATERAL, la que se tramitará de conformidad a las prescripciones del art. 395 y sgtes. del C.P.C.Asimismo ordenase recaratular la presente causa como: ACCION POR CUIDADO
PERSONAL UNILATERAL: MEALLA, LAURA DELICIA c/ CAPRA, NESTOR
NICOLAS, que es lo correcto de acuerdo a la acción planteada.- Asimismo, pasen los presentes obrados a mesa general de entrada del Poder Judicial de Jujuy, para su toma de razón.- Agréguese la documentación que se acompaña y téngase presente para su
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oportunidad.- A los fines previstos por el art. 398 del C.P.C., cítase a las partes a la Audiencia a celebrarse en este Tribunal de Familia,- Vocalía 1, sito en calle General Paz Nº 625, ciudad capital, el día: 14 del mes de Febrero del 2018 a horas: 10:00; a la que deberá concurrir el demandado: Sr. NESTOR NICOLAS CAPRA - D.N.I. Nº 30.781.558, a ejercitar su defensa provista de los documentos que posea y a indicar los demás medios de prueba de que intente valerse. Todo bajo apercibimiento de que si no concurre se tendrán por ciertos los hechos invocados por el actor, art. 396 del CPC.Hágase saber al actor que en caso de inconcurrencia de su parte, sin justificar un motivo atendible, se lo tendrá por desistido de la demanda art. 397 del CPC.- Oportunamente, dese intervención al Ministerio Pupilar.- Diligencias a cargo del letrado.- Notifíquese por cédula.- lnch, de que si no ocurre se tendrán por ciertos los hechos invocados por el actor, art. 396 del CPC.- Hágase saber al actor que en caso de inconcurrencia de su parte, sin justificar un motivo atendible, se lo tendrá por desistido de la demanda art. 397 del CPC.- Oportunamente, dese intervención al Ministerio Pupilar.- Diligencias a cargo del letrado.- Notifíquese por cédula.- Inch Fdo: Dra. Silvia Fiesta-Vocalpor ante mí Dra.
Felicia E. Barrios-Secretaria.- Publíquese en el Boletín oficial y un diario local por término de tres veces en cinco días.07/09/12 NOV. LIQ. Nº 15885 $465,00.INSCRIPCION DE MARTILLERO - PABLO ALVARO CASTAÑO D.N.I. N
37.634.917, comunica que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 62 inc. 1 de la Ley 4152/85 y Ley Nacional N 25028/99, Art. 1 y Art. 3, ha solicitado su inscripción en la Matrícula de Martillero Público. Oposiciones en la sede del Colegio de Martilleros, sita en Coronel Dávila esquina Araoz, Ciudad de Nieva. Publíquese por tres 3 veces en diez 10 días en el Boletín Oficial y un Diario local.26 OCT. 05/09 NOV. LIQ. Nº 15812 $465,00.INSCRIPCION DE MARTILLERO - ROLANDO INOCENCIO GUERRERO
D.N.I. N 12.236.930, comunica que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 62
inc. 1 de la Ley 4152/85 y Ley Nacional N 25028/99, Art. 1 y Art. 3, ha solicitado su inscripción en la Matrícula de Martillero Público. Oposiciones en la sede del Colegio de Martilleros, sita en Coronel Dávila esquina Araoz, Ciudad de Nieva. Publíquese por tres 3 veces en diez 10 días en el Boletín Oficial y un Diario local.26 OCT. 05/09 NOV. LIQ. Nº 15811 $465,00.Dra. Liliana F. Pellegrini, Jueza por Habilitación de la secretaria. Nº 16 del Juzgado C.y C. Nº 8, del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº D-003263/13
CARATULADO: EJECUTIVO. CARSA S.A. C/RAUL GIMENEZ hace saber que en el expte. de referencia se ha dictado el siguiente decreto que a continuación se transcribe:
San Pedro de Jujuy, 09 de Octubre de 2017.- I.-Atento al estado de autos y lo solicitado, en el escrito que antecede procédase a notificar por edictos al demandado Sr. RAUL
GIMENEZ, DNI. Nº 28.622.877, que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaría Nº 16, se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., intimase al accionado a depositar la suma de pesos un mil quinientos treinta con 76/100 $1.530,76 en concepto de Capital reclamado, con mas la suma de pesos setecientos sesenta y cinco con 38/100
$765,38 en concepto de acrecidas.- II.- Asimismo, cítelo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaría, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes art.
109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- III.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaría de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. IV.- Por el mismo término intímese al demandado a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado. V.- A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial. Notifíquese y publíquense edictos art. 154 del C.P.C..- VI.- Notifíquese.- Fdo. Dra. Liliana F.
Pellegrini - Jueza Por Hab.- Ante Mí: Dra. María Florencia Baiud - Prosecretaria Técnica de Juzgado - Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 09 de Octubre de 2017.09/12/14 NOV. LIQ. Nº 15822 $465,00.Dr. R. Sebastian Cabana - Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. José María Javier Amador, DNI Nº 25.165.113, que en el Expte Nº C-004.355/13, caratulado: "Prepara Vía Ejecutiva: Sistema Unificado de Crédito Dirigido S.A. C/ Amador, José María Javier", se dictó el siguiente Proveído de Fs. 45: San Salvador de Jujuy, 23 de Noviembre del 2016.- Habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C., y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs. 24/24 vlta. mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber al accionado José María Javier Amador, D.N.I. Nº 25.165.113, que deberá presentarsea hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quién se seguirá el juicio art.
474 del C.P.C..-Notifíquese art.154 del C.P.C..- rfs. Fdo. DR.R. Sebastian Cabana: Juez.
Ante Mi Dra. María Cecilia Farfan: Secretaria Es Copia.-Proveído de Fs.24/24vlta.:
"San Salvador de Jujuy, 16 de diciembre de 2014.-Atento el informe actuarial que antecede, téngase por expedita la Vía Ejecutiva, en consecuencia, líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. José María Javier Amador, DNI. Nº 25.165.113, en el domicilio denunciado por la suma de pesos dos mil ciento ochenta y uno con setenta y ocho ctvos.$2.181,78.- en concepto de capital reclamado, con más la de pesos seiscientos cincuenta y cuatro con cincuenta y tres ctvos.$654,53.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/11/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha09/11/2018

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1229

Primera edición10/01/2018

Ultima edición01/07/2024

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