Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 1/6/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 01 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 61

de Inmuebles en Expte. Principal C-017091/13: URZAGASTE CLARA LUISA C/
ALVAREZ PRADO MERCEDES ha dictado las siguientes providencias: San Salvador de Jujuy, 24 de mayo de 2017.- Punto 2.- Previo proveer a lo solicitado, lo que dispone el art 531 C.P. Civil y el estado de las presentes actuaciones de la demanda interpuesta córrase traslado a la accionada Mercedes Álvarez Prado en el domicilio denunciado a fojas 300, para que la conteste dentro del plazo de quince días de notificada bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hiciere.- Intímase a la accionada para que en igual plazo constituya domicilio legal, dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarla en lo sucesivo por Ministerio de Ley.Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriadoFdo. Dr. Enrique Mateo Vocal - Ante mi Dr. Néstor de Diego-Secretario.- San Salvador de Jujuy, 22 de marzo de 2018.- Previo proveer a lo solicitado a fojas 396, el informe de fojas 383, constancias de fojas 395 y lo informado por el actuario notifíquese a los herederos de MERCEDES ALVAREZ PRADO decreto de fojas 375 mediante edictos en el Boletín oficial y un diario local por tres veces en cinco días art. 162 del C.P.CivilFdo. Dr. Enrique Mateo VocalAnte mi Dr. Néstor de Diego-Secretario.Publíquese en Boletín Oficial y un diario local tres veces por el término de 5 días.- San Salvador de Jujuy, 10 de Abril de 2.018.30 MAY. 01/04 JUN LIQ Nº 14237 $465,00.Dr. Juan Pablo Calderón-Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 9, Secretaria N 18, en el Expte. N D-007330/14, Caratulado:
Ejecutivo: Castillo S.A.C.I.F.I.A c/ Hugo Nicolás Bilmonte, procede a notificar al Sr.
Hugo Nicolás Bilmonte de la siguiente providencia que a continuación se transcribe:
San Pedro de Jujuy, de Diciembre de 2017.- Auto y Vistos Resulta yConsiderandoResuelvo: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra de Hugo Nicolás Bilmonte y hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado de pesos mil trescientos trece con 12/100 $1.313,12. Dicho monto devengara intereses a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a lo dispuesto en la ultima doctrina sentada por nuestro Superior Tribunal de Justicia en la causa n 7096/09, de fecha 11/05/11, registrada en L.A. n 54, F 673/678, n 235, tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del titulo y hasta la mora, considerada esta a la fecha de trabarse la litis, y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijan en un 50% de los moratorios.-II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada art. 102 del CPC.- III.- Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta la etapa de liquidación.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento ordenado oportunamente, notificado la presente resolución por EDICTOS y en lo sucesivo por Ministerio de Ley Art.52 del C.P.C. V.- Notificar, agregar copia en autos Protocolizar.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón Juez Por Habilitación Ante mi Dra.
Mariana Valeria PalavicinoProsecretaria Técnica Administrativa.- San Pedro de Jujuy, 18 de Diciembre de 2017. Notifíquese por edictos art. 162 CPC por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario Local.30 MAY. 01/04 JUN. LIQ. Nº 14057 $465,00.Por la presente se hace saber que en el Expte. N D-014974/16, caratulado: Prepara VíaEjecutivo: TARJETA NARANJA S.A. c/ OSCAR ALFREDO CRUZ, de tramite, la Sra. Jueza por Habilitación de Primera Instancia Civil y Comercial N 8, Secretaria N
15, Centro Judicial San Pedro de Jujuy, ha dictado el siguiente decreto: San Pedro de Jujuy, 14 de Noviembre de 2017.- I.- Atento las constancias de autos y lo solicitado precedentemente, téngase por preparada la vía ejecutiva en la presente causa. En consecuencia, notifíquese por edictos al demandado Sr. OSCAR ALFREDO CRUZ DNI.
Nº 14.671.787, que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 8, Secretaria N 15, se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por loas arts. 472 y 478 del C.P.C., intimase al accionado a depositar la suma de pesos trece mil cincuenta y tres con noventa y ocho centavos $13.053,98. Que se reclaman por capital, con mas la suma de pesos seis mil quinientos veintiséis con noventa y nueve centavos $6.526,99 para acrecidas legales.- II.-Asimismo, cítelo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro de los cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaria, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- III.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaria de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- IV.- Por el mismo termino intímese al demandado a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros de este Juzgado. V.- A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un Diario local y en el Boletín Oficial. Notifíquese y publíquense edictos art. 154 del C.P.C..- VI.Hágase saber que los edictos se encuentran a su disposición en Secretaria.- VII.Notifíquese.- Fdo. Dra. LILIANA PELLEGRINI-Jueza por HabilitaciónAnte mi Dra.
MORIANA ABRAHAM MIRANDA-Pro-Secretaria Técnico Judicial.-Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 14
de Noviembre de 2017.- Ante Mi: Dra. Moriana Abraham MirandaPro-Secretaria Técnico Judicial.30 MAY. 01/04 JUN. LIQ. Nº 14056 $465,00.Dr. Juan Pablo Calderón. Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 9, Secretaria N 17, hace saber que en el Expte. Nº D-13840/16.
Caratulado: Ejecutivo Prepara Vía: TARJETA CUYANAS S.A. C/ OJEDA DIEGO
FRANCISCO FABIAN Se ha dictado la siguiente Providencia San Pedro de Jujuy, 28
de Abril de 2016 I.- Por presentado el Dr. CARLOS ABEL DAMIAN AGUIAR, a
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merito de la copia juramentada de Poder para Juicios que adjunta, en nombre y representación de TARJETAS CUYANAS S.A. por constituido domicilio procesal, por parte. II.- Atento a la demanda ejecutiva con preparación de vía promovida por cobro de pesos y lo dispuesto en el art. 473 inc 1 y el cctes. del C.P.C. citase al demandado Sr.
DIEGO FRANCISCO FABIAN OJEDA en el domicilio denunciado para que concurran ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 9, Secretaria 17, dentro del quinto día de notificado, a reconocer contenido y firma de la documentación original arrimada en autos, bajo apercibimiento de tenerlos por reconocidos en caso de inconcurrencia injustificada.. III.- Notificaciones en Secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriadoIV.- Notifíquese. Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón, Juez por Habilitación, ante mi Dra. Mariana Rebeca Roldan-Secretaria.Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 23 de Noviembre de 2017.30 MAY. 01/04 JUN. LIQ. Nº 14058 $465,00.Dr. Diego Cussel-Agente Fiscal, de la provincia de Jujuy, en el Expte. Nº P-108422/15, Caratulado: VELIZ, DIEGO EDUARDO P.S.A. HOMOCIDIO CALIFICADO POR
LA ESPECIAL RELACION DEL AUTOR CON LA VICTIMA CIUDAD, de conformidad a lo dispuesto en el art. 203 del Código Procesal, por el presente procede notificar al imputado nombrado, que en la causa de mención se ha dictado el siguiente Decreto: San Salvador de Jujuy, 18 de Mayo del 2018.- Asimismo, y conforme las actuaciones practicadas por la policía de la provincia de Jujuy, surge el desconocimiento del domicilio y el actual paradero del imputado Diego Eduardo Veliz, D.N.I. N
32.158.697, argentino, mayor de edad, con supuesto domicilio en calle El Carmen N
980 del Barrio Alto Gorriti corresponde citarlo por EDICTOS que se publicarán en el Boletín Oficial de esta provincia, para que se presente a estar a derecho en la presente causa ante esta Fiscalía de Investigación N 1, sito en calle Urquiza N 462 l do Piso de esta ciudad , en el término de cinco 5 días a partir de la última publicación que se hará por tres 3 veces en cinco 5 días, de conformidad a lo establecido por el Art. 203 del Código Procesal Penal; bajo apercibimiento de declarar su rebeldía si dejara de concurrir sin causa debidamente justificada art. 120 del C.P.P.. Fdo.: Dr. Diego Cussel-Agente Fiscal. Ante Mí: Lic. Daiana Serrano Antar-Pro-Secretaria".- Publíquese por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial, sin cargo.- Fiscalía especializada en delitos graves contra las personas y delitos complejos, 18 de Mayo del 2018.30 MAY. 01/04 JUN. S/C.Dr. R. Sebastian Cabana-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria N 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. Juan Marcelo Fernández, D.N.I. N 24.504.069 que en el Expte. N C-035.968/14, caratulado. Ejecutivo:
CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ FERNANDEZ, JUAN MARCELO, se dictó la siguiente Proveído fs. 62: San Salvador de Jujuy, 03 de Noviembre del 2017.- Habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C, y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs.11/11vlta. mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber al accionado Juan Marcelo Fernández, que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quien se seguirá el juicio art. 474 del C.P.C..-Notifíquese art. 154 del C.P.C.- rfs. Fdo. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Silvia Molina:
Prosecretaria.- Proveído de fs. 11/11vlta.:San Salvador de Jujuy, 15 de Diciembre de 2014.- I.- Téngase por presentado el Dr. Ekel Meyer, en nombre y representación de la firma Castillo S.A.C.I.F.I.A., a merito del Poder General para juicios que en copia juramentada acompaña, por constituido domicilio legal y por parte.- II.- Atento a lo solicitado, y lo dispuesto por los Arts. 472 y 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado Sr. Fernández, Juan Marcelo, D.N.I. 24.504.069, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos Tres Mil Ochocientos Cincuenta y Cuatro con 62/100 Ctvos.- $3.854,62.- en concepto de capital reclamado, con más la suma de Pesos Mil Ciento Cincuenta y Seis con 39/100 Ctvos. $1.156,39.-
presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio.III.- En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles de uso no indispensable del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución.- IV.- Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera se su naturaleza Arts. 52 y 154 del C.P.C. haciéndole saber que los días de notificación en Secretaria del Juzgado son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- V.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuere necesario.- VI.- Notifíquese Art. 154 C.P.C..- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana:
Juez. Ante Mi Dra. María Fabiana Otaola: Por Habilitación.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 03 de Noviembre de 2017.01/04/06 JUN. LIQ. Nº 14064 $465,00.Dra. Marisa Rondon-Juez HabilitadaJuzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2- Secretaria N 3, en el Expte. C-085106/17 caratulado: Ejecutivo:

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 1/6/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha01/06/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1231

Primera edición10/01/2018

Ultima edición05/07/2024

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