Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/8/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
Paraná, viernes 13 de agosto de 2021

podrá dictarse en cualquier momento, pero no podrá absolverse administrativamente al inculpado mientras no medie resolución judicial definitiva; y Que de la lectura minuciosa de la Resolución atacada, la Sentencia dictada en los autos mencionados, y los agravios presentados por todos los recurrentes es inevitable concluir que las supuestas contradicciones entre lo declarado en sede administrativa, y en sede penal no conforman de manera única el fundamento del acto recurrido; y Que en efecto, atento a los hechos achacados y las conductas desplegadas por los funcionarios involucrados, es innegable que las mismas, sin perjuicio de todas las imputaciones ya sostenidas, han causado una afectación en el aspecto institucional de la Fuerza; y Que examinando todas las vicisitudes que han envuelto el presente proceso y considerando que los agravios esgrimidos no logran conmover el acto atacado corresponde rechazar los recursos presentados por los funcionarios Sub Oficial Principal Juan Pedro Lacuadra, Sargento Ayudante Carlos Alcides Rosas, Sargento Ayudante Luis Alberto Gomez, Cabo 1 Hugo Fabricio Troncoso, Sargento Romeo Fabián y Aldes, Sargento 1
Fernando Javier Ojeda, Cabo Luis Roberto Jesús Carlino, Cabo 1 Matías Sebastián Aldaz, Cabo 1 Diego Federico Differding, Sargento 1 Daniel Eduardo Chayez, Cabo 1 Alfredo Horacio Imaz, Cabo 1 Andrés Maximiliano Paredes, Cabo 1 Luis Alberto Paredes, Cabo Manuel Leandro Coutinho, Sargento 1 Ricardo Hernán Paredes, Cabo 1 José María Biderbos a quienes se le impuso la destitución por cesantía, y en el mismo sentido rechazar el Recurso interpuesto por el Sargento Elíseo Sebastián Cendra a quien se le impuso una pena de cincuenta días de arresto; y Que mediante Dictamen N 181/20 DGAJ-MGyJ, se expidió la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, concluyendo que correspondería rechazar los recursos de Apelación Jerárquica presentados por los funcionarios policiales contra la Resolución J.P. N 094/19 de fecha 06 de mayo de 2019, confirmando las sanciones impuestas; y Que el análisis del trámite de marras se efectúa bajo los de la Ley N 5654/75 Reglamento General de Policía; y Que en razón de todo lo expuesto y conforme los argumentos esgrimidos por el organismo jurídico preopinante, corresponde el rechazo del Recurso interpuesto; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia DECRETA:
Art. 1: Rechácese los recursos de Apelación Jerárquica interpuestos contra la Resolución J. P. N 094/19 por el Dr. Enrique Oscar Bacigaluppe en representación del Sub Oficial Principal Juan Pedro Lacuadra, L.P. N
20.225, M.I. N 17.571.733, Sargento Ayudante Carlos Alcides Rosas, L.P. N 20.988, M.I. N 20.248.823, Sargento Ayudante Luis Alberto Gomez, L.P. N 21.488, M.I. N 21.513.416, Cabo 1 Hugo Fabricio Troncoso, L.P. N 25.227, M.I. N 27.679.583, Sargento Romeo Fabián Valdez, L.P. N 24.000, M.I. N 22.015.551, Sargento 1 Fernando Javier Ojeda, L.P. N 23.823, M.I. N 24.195.180, Cabo Luis Roberto Jesús Carlino, L.P. N 26.874, M.I. N 25.694.569, Cabo 1 Matías Sebastián Aldaz, L.P. N 26.533, M.I. N 29.678.533, Cabo 1 Diego Federico Differding, L.P. N 26.939, M.I. N 28.586.125, Sargento 1 Daniel Eduardo Chavez, L.P. N 22.588, M.I. N
21.952.069, Cabo 1 Alfredo Horacio Imaz, L.P. N 27.732, M.I. N 24.696.786, por el Sargento Esteban Eliseo Cendra L.P. N 24.303, M.I. N 21.582.634, con patrocinio letrado del Dr. Ricardo Alcides Solla y por el Dr. Carlos Federico Aloy en representación del Cabo 1 Andrés Maximiliano Paredes, L.P. N 27.000, M.I. N 30.188.387, Cabo Manuel Leandro Coutinho, L.P. N 28.484, M.I. N 28.360.648, Sargento 1 Ricardo Hernán Paredes, L.P. N
24.170, M.I. N 25.065.114, Cabo 1 José María Biderbos, L.P. N 26.551, M.I. N 30.691.146, en virtud a lo expresado en los considerandos precedentes.Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/8/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha13/08/2021

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones4786

Primera edición01/12/2003

Ultima edición12/07/2024

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