Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 5 de octubre de 2020

BOLETIN OFICIAL

unidades fijas, equivalentes a $ 135.000, y accesorias legales Arts.
5 Incs. c y e de la Ley Nº 23737 y sus modif., por adhesión de la Ley Provincial Nº 10566 y 5, 12, 40, 41 y 45 del Código Penal.II Declarar las costas a cargo del imputado, eximiéndolo de su efectivo pago atento a su notoria insolvencia Art. 584 y 585 del C.P.P..III Disponer que la privación de la libertad del condenado se efectivice una vez que se encuentre firme la presente sentencia, manteniéndose hasta tanto las condiciones de la excarcelación oportunamente concedida.IV Proceder al decomiso, una vez firme la presente, de los siguientes efectos secuestrados: un envoltorio de bolsa de nylon color verde transparente con sustancia en su interior de color blanco de dos miligramos 02 ml. de cocaína, y de diecisiete 17 envoltorios sellados con temperatura, doce 12 de color negro y cinco 05 de color blanco que arrojaron veinte y cuatro 24 gramos de sustancia cannabis satiba, y una bolsa de color verde entre abierta con sustancia verde amarronada oscuro de doce coma nueve gramos 12.9 gramos, de sustancias cannabis sativa Art. 30 de la Ley 23.737 de conformidad al procedimiento establecido por el Superior Tribunal de Justicia y el Ministerio Público Fiscal, conforme lo dispuesto por el Art. 3 de la Ley 10.566.V Protocolícese, regístrese, comuníquese la presente, sólo en su parte dispositiva, a la Oficina de Gestión de Audiencias, Jefatura de Policía de Entre Ríos, Boletín Oficial, Juzgado Electoral, Secretaría Electoral Municipal, Área de Antecedentes Judiciales del S.T.J. y Registro Nacional de Reincidencia, líbrense los despachos pertinentes, practíquese por la Dirección de O.G.A. cómputo de pena y en estado archívese.- Fdo: Dra. María Carolina Castagno, Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones Nº 1.El nombrado Alexander Federico Leonel Soto, alias Fede, argentino, con DNI Nº 40.046.215, nacido en La Paz, el 13/11/1996, domiciliado en Pte. Arturo Illia 255 de San José de Feliciano, Dpto.
Feliciano, Entre Ríos, hijo de Damián Soto y de Mónica Liliana Sissener con prontuario Policial Nº 18.711 IG.Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el 24/05/2024 veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro.Paraná, 23 de setiembre de 2020 Adriana E. Arus, secretaria Oficina de Gestión de Audiencias.
S.C-00014861 3 v./05/10/2020
En los autos Nº 4619 caratulados: Traico, Ariel s/ Hurto y robo, que tramitaran por ante esta Sala Segunda de Transición de Juicios y Apelaciones de Paraná se ha dispuesto librar el presente a fin de comunicarle que ha recaído la siguiente sentencia:
En la Ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de Entre Ríos, a los veintisiete de marzo de 2017 I. Declarar que ARIEL TRAICO, ya filiado, es autor material y responsable de los delitos de robo calificado por el uso de arma en grado de tentativa y robo en concurso real y en consecuencia condenarlo a la pena única de seis años y cuatro meses de prisión y accesorias legales, comprensiva de la pena de seis años y cuatro meses de prisión impuesta en fecha 12 de setiembre de 2014 por la Sra. Vocal de la Excma. Cámara en lo Criminal de Primera Nominación de Córdoba, Dra. Susana B. Cordi Moreno, manteniéndoselo a disposición conjunta de este Tribunal y del Juzgado de Ejecución Penal de la Tercera Nominación de la ciudad de Córdoba; Arts. 5, 12, 166 Inc. 2 primer párrafo, 42, 164, 45, 54 y 58 primera parte del Código Penal.
II. III. IV. V. VI. VII. Comunicar la presente, sólo en su parte dispositiva al Juzgado de Transición interviniente, Jefatura de la Policía de Entre Ríos, Área de Antecedentes Judiciales del Superior Tribunal de Justicia, Junta Electoral Municipal, Juzgado Electoral, Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria y demás organismos administrativos.
VIII. IX. Protocolícese, regístrese, líbrense los despachos del caso y oportunamente, archívese." Fdo.: Dres. Ricardo Bonazzola Alejandro Grippo, Miguel Ángel Giorgio, Vocales. Ante mí, Dra. Melina Arduino, secretaria.El mencionado Ariel Traico es argentino, nacido en Córdoba Capital el 15/08/1956, DNI 12.876.169, comerciante, soltero, se encuentra cumpliendo una condena anterior, con domicilio anterior en calle Setubal Nº 1634, Barrio San Nicolás, Córdoba Capital, de 60 años de edad, hijo de Jorge Traico f y Ana María Traico.Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta es el 15/09/2018 quince de septiembre de dos mil dieciocho.Paraná, 22 de setiembre de 2020 - Alejandro D. Grippo, presidente;
Melina L. Arduino, secretaria.
S.C-00014862 3 v./05/10/2020

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VICTORIA
Me dirijo en los autos caratulados: Vergara Diego Martín Antonio - Lesiones graves s/ Amenazas daño y desobediencia judicial reiteradas en concurso real, Nº G 2707, IPP13401, que tramita ante este Juzgado de Transición y Garantías de Victoria E Ríos, para informar que en esta causa, en fecha 18 de septiembre de 2020
se ha dictado sentencia de cumplimiento condicional, respecto del imputado Diego Martín Antonio Vergara, DNI 33.595.294, argentino, nacido el 14/06/1988, en Victoria, hijo de Jorge Antonio Vergara y de Marta Raquel Carrizo, actualmente domiciliado en Bvard Moreno 74 de Victoria, E. Ríos.
A continuación se transcribe la resolución a la que he hecho mención, en su parte pertinente: Acta Nº 2631 de sentencia oral de juicio abreviado Art. 391 del CPP: En la ciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos, a los 18 días del mes de Septiembre de 2020, siendo la hora 12:25, se constituye en la Sala de Audiencias del Juzgado de Garantías, el Sr. Juez Subrogante, Dr. Luis Francisco Marquez Chada, para celebrar la audiencia señalada en los autos:
Vergara Diego Martín - Lesiones graves calificadas por violencia de genero; amenazas simples reiteradas; daños y desobediencia judicial reiterada, todos en concurso real IPP Nº 13401, asimismo también lo hacen, el imputado DIEGO MARTÍN VERGARA, DNI Nº 33.595.294, argentino, empleado rural, con instrucción secundaria incompleta sabe leer y escribir, 32 años de edad, domiciliado en Bv. Moreno N 74 de la ciudad de Victoria, Entre Ríos, nacido en la misma el día 14 de Junio de 1988, hijo de Jorge Antonio Vergara y de Marta Raquel Carrizo, Teléfono N 3436-574003; quien se encuentra asistido por su abogado el defensor oficial, Dr. Marcelo Santiago Balbi, también concurre la Sra. Agente Fiscal Auxiliar Nº 1, Dra. Flavia Daniela Villanueva.Abierto el acto por el Sr. Juez, se dio la palabra a la Sra. Fiscal Dra. Flavia Daniela Villanueva, quien expuso sucintamente los hechos, evidencias y elementos que han llevado a arribar al acuerdo traído a consideración del Tribunal y el por qué de la pena pedida.Luego tomó la palabra por la defensa oficial, el Dr. Marcelo Santiago Balbi, quién manifiesta que no tiene objeción que formular ni consideraciones que expresar, estando al acuerdo de Juicio Abreviado firmado por la partes.- De conformidad al Art. 391 del C.P.P., se le exhibió al imputado la solicitud de juicio abreviado suscripta en fecha 7 de Septiembre de 2020, se le explicaron las características del procedimiento escogido y las consecuencias del mismo, y se le pregunta si ratifica el escrito que se le ha leído y si presta su libre y total conformidad al procedimiento que ha solicitado y sus consecuencias. Con la palabra el imputado contesta que sí, que presta su consentimiento al acuerdo que obra en el escrito original de solicitud de procedimiento abreviado.
Que, en el acuerdo presentado por las partes a tenor del Art. 391
del C.P.P., se le atribuye al enjuiciado Diego Martín Vergara la comisión de los siguientes hechos:
1º Hecho: Que en fecha 2 de septiembre de 2018, en horas de la madrugada, el imputado Diego Martín Vergara protagonizó una discusión con su pareja Estela Alejandra Trezza en el boliche bailable El Morro de Victoria ER, y Vergara se retiró del lugar, quedándose allí Trezza con un grupo de amigos. Posteriormente siendo las 06.00 hs, Trezza llega al domicilio que compartía con el imputado sito en Chacabuco 332, de Victoria, ER, y cuando pretende ingresar, se encontraba puesta la llave y cuando Vergara le abre, Trezza ingresa y comienzan a discutir por lo que había pasado en el boliche y en un forcejeo el imputado le propina un golpe de puño en el rostro a la víctima impactándole de lleno en la nariz, cayendo Trezza sobre la cama, siendo trasladada posteriormente a dependencias del Hospital Fermín Salaberry por unos amigos que habían quedado esperando fuera del domicilio.
Que a raíz de la agresión descripta, Trezza sufrió fractura multifragmentaria que comprometieron huesos propios de la nariz, tabique nasal desviado hacia la izquierda y hundimiento de malar izquierdo, con tiempo de inutilidad para las tareas generales mayor a un mes.2º Hecho: Que en fecha 6 de Diciembre de 2019 el imputado Vergara amenazó mediante mensaje de messenger a su ex pareja Estela Alejandra Trezza, enviándole una imagen de una pistola escribiéndole además, mía o de nadie al primero que me entere eso le va a pasar.3º Hecho: Que en fecha 8 de Diciembre de 2019, siendo las 04.00
hs aproximadamente, el imputado Diego Martín Vergara se hizo presente en el domicilio de su ex pareja Estela Alejandra Trezza sito en calle Yrigoyen 887, de Victoria, ER, y una vez allí procedió a dañar el automóvil de la nombrada, siendo un Ford Ka color gris dominio D ZL914, rompiéndole los dos espejos laterales izquierdo y derecho.-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/10/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/10/2020

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

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