Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/1/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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domicilios legales, debiendo registrar en él todo cambio que al respecto se produjere.
18. Efectuar citaciones para las Asambleas sean ellas Ordinarias o Extraordinarias, de manera fehaciente remitiendo con diez 10 días de anticipación al señalado para la reunión Orden del día, Memoria y Balance del ejercicio.
19. Llevar un estado cualitativo de deudas de expensas y el fondo do reserva.
20. Representar al Parque Industrial y Tecnológico directamente o por apoderado, ante las autoridades públicas, sean ellas administrativas, fiscales, policiales, judiciales, municipales, provinciales y nacionales, en cualquier gestión o asunto que haga a los intereses del Parque Industrial y Tecnológico.
21. Verificar las infracciones al Reglamento Interno del Parque Industrial y Tecnológico aprobado, procediendo conforme a sus propias atribuciones.
Art. 46: El Presidente, el Secretario y el Tesorero, indistintamente dos cualesquiera de ellos, actuarán como representantes legales del CAPI, quedando expresamente facultados para actuar por sí o por apoderados, en representación del Consorcio de Administración.
Art. 47: El Consejo de Administración podrá convocar a un Consejo Consultivo integrado por representantes de las Universidades Públicas con sede en la provincia, para la colaboración con información técnica respecto de acciones específicas a desarrollar en el Parque Industrial y Tecnológico General Manuel Belgrano.
CAPÍTULO 6: GERENCIA
Art. 48: El Gerente será propuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal ante la Asamblea de titulares a fin de obtener la conformidad de los mismos.
Una vez expresada la referida conformidad, el Gerente será designado por el D.E.M. en carácter de funcionario dependiente del Municipio, mediante el Acto Administrativo pertinente, el cual se regirá por las normas salariales y contractuales que rigen internamente en la materia.
Su función será por un periodo de cuatro 4
años, pudiendo ser reelegido indefinidamente.
La designación efectuada podrá ser revocada en cualquier momento por el Departamento Ejecutivo Mediante el acto administrativo correspondiente, previo aval de la Asamblea de titulares.
Art. 49: Los requisitos para cumplir el rol de Gerente son:
1. Título de grado de carreras de Ciencias Económicas, Ingeniería o Abogacía.
2. Tiempo de recibido mínimo tres años.
3 . C ontar con experiencia/antecedentes comprobable en gestión y administración.
4. No estar inhabilitado para ejercer el comercio.
Art. 50: Las funciones del Gerente son:
1. Remitirle al Consejo de Administración el Plan Anual de Gestión y el Presupuesto Anual.
2. Elaborar el Reglamento Interno del Parque, que será aprobado por el Consejo de Administración.
3. Gestionar los servicios del Parque.
4. Contratar personal 5. Ejecutar las acciones decididas por el Consejo de Administración.
6. Propender las relaciones institucionales estratégicas.
7. Generar vínculos con los organismos públicos.
8. Ser miembro, con voz y sin voto del Consejo de Administración 9. Otras que el Consejo de Administración expresamente le asigne.CAPÍTULO 7: SINDICATURA
Art. 51: La Contaduría General, dependiente de la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Paraná, será el Organismo encargado del Control Externo del C.A.P.I.
Dicho Organismo deberá definir los parámetros y mecanismos a aplicarse, pudiendo asignar un Síndico específico para tal función.

BOLETIN OFICIAL
Art. 52: Son atribuciones y deberes de la Contaduría en cuanto organismo de control del CAPI:
1. Fiscalizar la administración del consorcio, a cuyo efecto examinará los libros y documentación de respaldo que en cada caso corresponda.
2. Asistir con voz, pero sin voto, a las reuniones del Consejo de Administración y a las Asambleas de Titulares.
3. Presentar a la Asamblea ordinaria un informe escrito y fundado sobre la situación económica y financiera del consorcio, dictaminando sobre la memoria, inventario y balance.
4. Convocar a Asamblea extraordinaria, cuando lo juzgue necesario.
5. Hacer incluir en el orden del día de la Asamblea, los puntos que considere procedentes.
CAPÍTULO 8: EJERCICIO FINANCIERO Y
FONDO DE RESERVA
Art. 53: Cada ejercicio financiero durará un año comprendido entre el 1 de enero y el 31
de diciembre.
Art. 54: FONDO DE RESERVA: Para la atención de gastos extraordinarios, indemnizaciones y despidos u otros gastos especiales e imprevisibles, se constituye un fondo de reserva. Sobre el particular, resolverá anualmente la Asamblea Ordinaria, debiendo expedirse acerca del monto de dicho fondo y de su forma de pago. El mismo será administrado por el Consejo de Administración, quien dispondrá según las necesidades especiales que hubiese, previa autorización de la Asamblea de Titulares.
TITULO VIII: DISPOSICIONES
ADICIONALES
Art. 55: Las disposiciones de esta ordenanza comenzarán a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
Art. 56: Créase la Ventanilla Única de Atención Municipal del Parque Industrial y Tecnológico General Manuel Belgrano.
Mediante esta Ventanilla Única, las personas físicas o jurídicas a las que se refiere el artículo 3, podrán iniciar y dar seguimiento a trámites que correspondan a las distintas reparticiones de la Municipalidad.
Art. 57: Derógase la Ordenanza N 8560 y cualquier otra norma que se oponga a la presente. La derogación de la Ordenanza N8560
no implica la pérdida de los beneficios de promoción otorgados de conformidad con sus disposiciones.
Art. 58: Comuníquese.
Paraná, Sala de Sesiones, 30 de noviembre de 2015
Gastón Walter Grand Presidente H. Concejo Deliberante Pedro Antonio Raiteri Secretario H. Concejo Deliberante DECRETO Nº 2824
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Paraná, 9 de diciembre de 2015
VISTO:
La ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la Sesión del 30 de Noviembre de 2015: y CONSIDERANDO:
Que la citada norma establece el Régimen de Promoción de Actividades Industriales en la ciudad de Paraná, en virtud del cual se propicia la radicación de establecimientos industriales en el ejido municipal;
Que corresponde hacer uso de las facultades atribuídas en el Artículo 107, Inciso c de la Ley N 10027 y modificatoria Ley N 10082
Orgánica de los Municipios;
Por ello;
La Señora Presidenta de la Municipalidad de Paraná D E C R E T A :
Art. 1.- Promúlgase la ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la
Paraná, lunes 18 de enero de 2016
Sesión del 30 de noviembre de 2015, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes, la que queda registrada bajo el N 9349.
Art. 2.- El presente es refrendado por el Señor Secretario de la Secretaría Legal y Administrativa.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Blanca Inés Osuna Presidenta Municipal Dante Hugo Molina Secretario Legal y Administrativo F. 500-00000373 O.P. 15245 1 v./18.1.16

SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de la ciudad de Paraná, Dra. Gabriela R. Sione, Secretaría N 2, en los autos caratulados Iglesias Victoria Eugenia s/ Sucesorio ab intestato Exp. N 17370, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de VICTORIA EUGENIA IGLESIAS, MI 5.358.136, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 01/08/2015. Publíquese por tres días.
Paraná, 12 de noviembre de 2015 Pablo F.
Cattaneo, secretario.
F.C.S. 502-00002994 3 v./18.1.16
El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7 de la ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman, Secretaría N 7, en los autos caratulados Marichal Elvio Mario s/ Sucesorio ab intestato Exp. N 18584, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de MARIO ELVIO MARICHAL, MI N 5.916.656, vecino que fue del Departamento Paraná, fallecido en La Picada, Dpto. Paraná, Provincia de Entre Ríos, en fecha 07/06/2013. Publíquese por tres días.
Paraná, 16 de diciembre de 2015 Noelia Telagorri, secretaria.
F.C.S. 502-00002996 3 v./18.1.16
El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7 de la ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman, Secretaría N 7, en los autos caratulados Pereira Juan Roberto; Degani Blanca América Agustina s/ Sucesorio ab intestato Exp. N
18540, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de BLANCA
AMERICA AGUSTINA DEGANI, MI N
5.350.105, fallecida en Paraná, Entre Ríos, en fecha 03/12/2012 y de JUAN ROBERTO PEREIRA, MI N 3.130.330, fallecido en Paraná, Provincia de Entre Ríos, en fecha 18/10/1984, vecinos que fueron del Departamento Paraná.
Publíquese por tres días.
Paraná, 30 de noviembre de 2015 Noelia Telagorri, secretaria.
F.C.S. 502-00002997 3 v./18.1.16
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de la ciudad de Paraná, Dra. Gabriela R. Sione, Secretaría N 2, en los autos caratulados Reina Gladys Norma s/ Sucesorio ab intestato Exp.
N 17396, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de GLADYS NORMA REINA, MI 2.326.319, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 20.10.2014. Publíquese por tres días.
Paraná, 23 de noviembre de 2015 Lucila del Huerto Cerini, secretaria a/c.
F.C.S. 502-00003004 3 v./19.1.16

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/1/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha18/01/2016

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4779

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/07/2024

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