Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/1/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 15 de enero de 2016
Asignando el adicional por responsabilidad funcional a partir el 1 de julio de 2015 al agente Guido Leonel Suárez.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones contenidas en los Decretos Nºs.
4458/90 MGJOSP Anexo I punto G. 5384/03
GOB y sus modificatorios Nºs. 2426/04 GOB y 7376/08 GOB.
Autorizando a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas a liquidar y efectivizar al agente Suárez, los importes emergentes de lo dispuesto mediante el presente, a través del Sistema de Gestión de Recursos Humanos y Liquidaciones.
La erogación emergente de lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a las partidas específicas de Gastos de Personal de la Dirección General de Personal.

MUNICIPALIDAD DE PARANA
ORDENANZA Nº 9325
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Honorable Concejo Deliberante Paraná, 2015, en el Bicentenario de la Liga de los Pueblos Libres El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Paraná, sanciona con fuerza de O R D E N A N Z A :
Art. 1: Facúltase el Departamento Ejecutivo Municipal a donar, a la Escuela N 78 Intendente Juan Carlos Esparza, el total de una 1
hectárea -a determinarsedel inmueble de mayor superficie de propiedad de este municipio, individualizado en el Plano de Mensura N
139.717, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Municipio de Paraná, Área Urbana, Distrito U.R.6 -10 SecciónGrupo 0006, Zona 4, Manzana 002, Lote N 002, Matrícula N 167.279, Partida Provincial N106.532, Partida Municipal N64.586-1, Domicilio Parcelario: Av. F. de Larramendi s/n, el cual consta de una superficie de cuarenta y dos mil novecientos cincuenta y siete metros cuadrados con treinta y nueve decímetros cuadrados 42.957, 39 m2, para ser destinado a la construcción de un edificio para el funcionamiento de la donataria.
Art. 2: Desaféctese la porción a donarse del destino de espacio verde otorgado por la Ordenanza N 7799.
Art. 3: El Departamento Ejecutivo, a través de Escribanía Municipal -ó quien resulte competente-, deberá realizar todos los actos necesarios para perfeccionar la donación.
Art. 4º: Comuníquese.
Paraná, Sala de Sesiones, 11 de noviembre de 2015
Gastón Walter Grand Presidente H. Concejo Deliberante Pedro Antonio Raiteri Secretario H. Concejo Deliberante DECRETO Nº 2754
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Paraná, 4 de diciembre de 2015
VISTO:
La ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la Sesión del 11 de Noviembre de 2015: y CONSIDERANDO:
Que por la citada norma se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a donar una fracción de terreno de un inmueble municipal, ubicado en Avda. Larramendi s/nº, a la Escuela N 78 Intendente Juan Carlos Esparza para ser destinado a la construcción de un edificio para el funcionamiento de la donataria;
Que corresponde hacer uso de las facultades atribuídas en el Artículo 107, Inciso c de la Ley N 10027 y modificatoria Ley N 10082
Orgánica de los Municipios;
Por ello;
La Señora Presidenta de la Municipalidad de Paraná D E C R E T A :
Art. 1.- Promúlgase la ordenanza sanciona-

BOLETIN OFICIAL
da por el Honorable Concejo Deliberante en la Sesión del 11 de noviembre de 2015, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes, la que queda registrada bajo el N 9325.
Art. 2- El presente es refrendado por el Señor Secretario de la Secretaría Legal y Administrativa.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Blanca Inés Osuna Presidenta Municipal Dante Hugo Molina Secretario Legal y Administrativo F. 500-00000330 O.P. 15214 1 v./15.1.16
ORDENANZA Nº 9350
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Honorable Concejo Deliberante Paraná, 2015, en el Bicentenario de la Liga de los Pueblos Libres El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Paraná, sanciona con fuerza de O R D E N A N Z A :
Art. 1: Apruébase el loteo y trazado de calles, practicado por Puerto Barrancas S.A., en cinco fracciones de terreno sitas en esta Provincia de Entre Ríos, Departamento Parana, Municipio de Paraná y que se individualizan como: Primera Fracción: Plano Mensura N
87.966, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Ciudad de Paraná, Área Complementaria, Distrito CT2, Quinta 78, Manzana 1, Domicilio parcelario Calle 736 al N 2902; Segunda Fracción Plano N 88.011, ubicado en Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Área Complementaria, Distrito CT2, Quinta 77, Manzana 1, domicilio parcelario calle Ingeniero Agr. Antonio Bucart N2904;
Tercera Fracción Plano Mensura N 123.001, se ubica en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Ciudad de Paraná, Área Complementaria, Distrito CT2, Quinta 108, Manzana 1 domicilio Parcelario calle Ingeniero Agr.
Juan M. Jozami N 3203; Cuarta Fracción Plano Mensura N 123.000, se ubica en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Municipio de Paraná, Área de la Costa, Distrito CT2, Quinta 110, Manzana 1, domicilio parcelario calle Monseñor Abel Bazán y Bustos N
4502 y Quinta Fracción, Plano Mensura N
87.968, se ubica en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Municipio de Paraná, Área Complementaria, Distrito CT2, Quinta 109, Manzana 1, domicilio parcelario Calle 736
N 4203, ello de conformidad al plano obrante a fs. 3/18 y 4/19 del expediente N 19939/2012-2044-24, agregados y demás documentación técnica y administrativa adjunta.
Art. 2: Tómese razón del convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y Puerto Barrancas S.A., aprobado por Decreto N937/15.
Art. 3: Apruébase el proyecto de obra a ejecutar por Puerto Barrancas S.A. en la traza de las calles a donar a la Municipalidad, de conformidad con los planos e informes técnicos obrantes a fs. 370 a 410 del expediente N
19939/2012-2044-24, agregados y demás documentación técnica y administrativa adjunta.
Art. 4: Autorízase la transferencia de los inmuebles necesarios para el cumplimiento del convenio citado en el artículo precedente, de acuerdo a los planos obrantes de fs. 412 a 438, en concepto de compensación y donación sin cargo a favor de la municipalidad de las superficies correspondientes, entre las que son propias del desarrollo urbanístico y pasarán en propiedad de la Municipalidad de Paraná en carácter de calles de Concesión, y superficies que se desafectarán que estaban previstas en la ley de Ejidos y que pasarán en propiedad al desarrollador.
Art. 5: Déjase expresamente establecido que la Dirección de Catastro Municipal sólo podrá visar los planos catastrales de lotes destinados a vivienda particular en dicho loteo si
7 se adjunta declaración jurada del futuro adquirente que dé cumplimiento a lo oportunamente exigido por el Art. 219 del Código Urbano.
Art. 6: Comuníquese.
Paraná, Sala de Sesiones, 30 de noviembre de 2015
Gastón Walter Grand Presidente H. Concejo Deliberante Pedro Antonio Raiteri Secretario H. Concejo Deliberante DECRETO Nº 2825
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Paraná, 9 de diciembre de 2015
VISTO:
La ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la Sesión del 30 de Noviembre de 2015: y CONSIDERANDO:
Que la citada norma aprueba el loteo y trazado de calles practicado por Puerto Barrancas SA. en cinco fracciones de terreno, ello de conformidad al plano obrante a fs. 3/18 y 4/19
del expediente N 19939/2011-2044-24;
Que dispone la toma de razón del Convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y Puerto Barrancas S.A. aprobado por Decreto N937/15, autorizando, además, la transferencia de los inmuebles necesarios para el cumplimiento del mismo;
Que asimismo, aprueba el proyecto de obra a ejecutar por Puerto Barrancas S.A. en la traza de las calles a donar a la Municipalidad conforme los planos e informes técnicos obrantes a fs. 370/410 del expediente N
19939/2011-2044-24 y agregados;
Que corresponde hacer uso de las facultades atribuídas en el Artículo 107º, Inciso c de la Ley N 10027 y modificatoria Ley N 10082
Orgánica de los Municipios;
Por ello;
La Señora Presidenta de la Municipalidad de Paraná D E C R E T A :
Art. 1.- Promúlgase la ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la Sesión del 30 de noviembre de 2015, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes, la que queda registrada bajo el N 9350.
Art. 2- El presente es refrendado por el Señor Secretario de la Secretaría Legal y Administrativa.
Art. 3- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Blanca Inés Osuna Presidenta Municipal Dante Hugo Molina Secretario Legal y Administrativo
ORDENANZA Nº 9351
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Honorable Concejo Deliberante Paraná, 2015, en el Bicentenario de la Liga de los Pueblos Libres El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Paraná, sanciona con fuerza de O R D E N A N Z A :
Art. 1: Apruébase el loteo y trazado de calles, practicado por la Sra. Ofelia Inés Mabel Crámaro, DNI N 17.044.262, y otros sobre un inmueble de su propiedad ubicado en calle Crisólogo Larralde al 76, de esta ciudad de Paraná, Distrito C.E.U. - Grupo 118 - Manzana 1 Plano de Mensura N 152.298, 45.178, 159.219, 154.861 Partida Municipal N
53.757, 51.750, 54.030, 53.905.
Art. 2: Tómese razón del compromiso asumido por todos los vecinos adquirentes obrantes a fs. 1 y 2 de las actuaciones N 33928/15.
Art. 3: Acéptase la donación de las superficies de 1.483,71 m2; 2.489,89 m2, 1.693,02
m2, 510 m2 y 1.379,72 m2 correspondiente respectivamente a los lotes destinados a calle y zona de reserva, de los títulos 1, 2, 3, 4 y manzana C, todo según se desprende del plano obrante a fs. 4/11.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/1/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha15/01/2016

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4788

Primera edición01/12/2003

Ultima edición16/07/2024

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