Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/11/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 7 de noviembre de 2014
sometimiento del interesado a un régimen legal sin expresa reserva determina la improcedencia de su posterior impugnación con base constitucional fallos 270:26; 294:270 y 301:904. del voto del sr. Vocal Dr. Smaldone; y Que desde el año 2003 a la fecha, los reclamantes perciben mes a mes sus haberes de conformidad, liquidándosele el adicional creado por el Decreto Nº 4529/03 SEOySP, tomándose como cargos testigos los dispuestos en los sucesivos actos administrativos referidos por los propios reclamantes, actos que, por otra parte, no fueron oportunamente cuestionados por ellos, así, es claro que los reclamantes consintieron la modalidad liquidatoria del adicional de referencia desde su institución, con todas las modificaciones dispuestas, subsidiariamente, corresponde oponer la prescripción parcial de la acción atento a que resulta de aplicación al caso el plazo de prescripción bienal, al momento de presentarse el reclamo o, en otros términos, al 25 de abril de 2013, se hallaba prescripto su derecho para peticionar diferencias salariales por el período comprendido entre el 1º de enero de 2004 fecha de entrada en vigencia del Decreto Nº 105/04
MEOSP y el 25 de abril de 2011, a reclamos como el presente, corresponde les sea aplicado el plazo bienal de prescripción, como ha sido señalado por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación: El hecho de tratarse de un vínculo de empleo público no altera la naturaleza de la prestación que siempre será la de retribuir servicios prestados, tanto en este ámbito como en el del derecho privadoFallos 321:2998. En igual sentido in re Leones, Jalime María c/ Municipalidad de Santa Fe, laboral s/ Recurso de inconstitucionalidad Expte.
CSJ Nº 745, año 2000, en sentencia del 26 de febrero de 2003, así, sin perjuicio de todas las razones que abonan la absoluta improcedencia de la pretensión examinada, corresponde oponer la prescripción de la acción con que contaban los reclamantes para viabilizar su solicitud de reconocimiento y pago de diferencias salariales por el período anterior al 25 de abril de 2011, puesto que presentaron su reclamo inicial en sede administrativa recién el 25
de abril de 2013; y Que resulta pertinente señalar que no se advierte la existencia de razones que justifiquen atender el planteo de los reclamantes en cuanto cuestionador de la legitimidad del obrar de la Administración Pública Provincial, puesto que ésta procedió sin causar vulneración alguna de derechos en perjuicio de aquellos y sin incurrir en ninguno de los supuestos que habilitan la excepcional revisión por parte del Poder Judicial, de la actividad de la Administración Pública en ejercicio de facultades discrecionales; y Que en cuanto al antecedente invocado por los reclamantes, Decretos Nº 4051/10 MEHF, por el que se modificó la base de cálculo del adicional para el personal que se desempeña en la Dirección General de Presupuesto, corresponde señalar que, tal como se desprende de los considerandos de dicho acto, esa Dirección, junto con la Tesorería General de la Provincia y la Contaduría General, son organismos rectores del Sistema de Administración Financiera de la Provincia, situación que no reviste la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, por lo que existiría similitud entre este caso y el precedente referenciado; y Que por otra parte no puede perderse de vista, que las decisiones que toma la Administración para casos particulares no constituyen una fuente de derechos subjetivos para terceros ajenos, sino que, en el mejor de los casos, se trata de un precedente que tampoco obliga a la Administración, menos si la plataforma fáctica difiere sustancialmente como se ha señalado; y Que la Fiscalía de Estado, de conformidad a
BOLETIN OFICIAL
las razones expuestas en el Dictamen Nº 0235/14, sugiere la desestimación del reclamo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Dispónese no hacer lugar al formal reclamo administrativo efectuado por los agentes de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, solicitando la adecuación de la base de cálculo de la bonificación especial que les fuera otorgada mediante Decreto Nº 4529/03 SEOySP, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Art. 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones para notificación y trámite pertinente.SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
MINISTERIO DE PRODUCCION
RESOLUCIÓN Nº 0931 MP
Paraná, 01 de julio de 2014
Aprobando el contrato de locación de obra suscripto por el Sr. Director General de Administración, CPN Guillermo Ferrari Del Sel, con el Sr, Ángel José Leonel Salomón, DNI Nº 34.495.592, el cual agregado forma parte integrante de la presente norma legal.Encuadrando la presente gestión en la excepción prevista por el Artículo 27º, Inciso c, Apartado b, Punto 3 de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones TO por Decreto N 404/95
MEOSP y el concordante Artículo 142, Punto 4, Incisos a y b de su Decreto Reglamentario N 795/96 MEOSP y modificatorios, especialmente el Decreto N 1334/14 MEHF y en el Decreto N 3722/08 GOB y sus modificatorios Decretos Nº 7773/08 MGJEOSP y Nº 1738/10
MEHF.Autorizando a la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción a efectivizar al Sr. Salomón, previa emisión del respectivo libramiento de fondos con cargo a la Tesorería General de la Provincia y de la facturación emitida de conformidad a las normas legales y tributarias vigentes, los honorarios devengados a su favor como consecuencia del contrato aprobado por la presente resolución, con cargo a dicho organismo de su oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, mediante la inclusión del recibo firmado de conformidad por la beneficiaria en el Legajo de Caja de Tesorería correspondiente a lo fecha de pago.
RESOLUCIÓN Nº 1078 MP
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 18 de julio de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción, solicita modificación presupuestaria por la suma de pesos quinientos cincuenta mil quinientos noventa $
550.590; y CONSIDERANDO:
Que es necesario hacer el refuerzo e incorporación de diferentes partidas presupuestarias, para la atención de diversos gastos de renovación de contratos de alquiler de inmueble, adquisición de bienes de uso y otros gastos; y Que han tomado intervención de competencia la Dirección General de Presupuesto y la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción; y Que lo propuesto encuadra en las disposiciones del Artículo 2 del Decreto Nº 4889/13
MEHF.;

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Por ello;

El Ministro de Producción R E S U E L V E :
Art. 1º Modificar el Presupuesto General de la Administración Provincial Ejercicio 2014
en la Jurisdicción: 15 Ministerio de Producción, mediante transferencia compensatorio de créditos por el importe de pesos quinientos cincuenta mil quinientos noventa $ 550.590, conforme planillas analíticas del gasto, que adjuntas forman parte integrante de la presente norma legal.
Art. 2º Encuadrar la gestión en lo dispuesto por el Articulo 2º del Decreto Nº 4889/13
MEHF.
Art. 3º Comunicar, publicar y archivar y pasar las actuaciones a la Subsecretaria de Administración y Despacho del Ministerio de Producción, a sus efectos.Roberto E. Schunk
RESOLUCIÓN Nº 1100 MP
Paraná, 23 de julio de 2014
Aprobando el contrato de obra en el marco del Programa de Desarrollo de Áreas Rurales PRODEAR suscripto por el Señor Coordinador Provincial del mismo, Dn Lucio Martín Amavet, con el Señor Jorge Luis Ruiz Moreno, DNI Nº 21.912.559 por el período comprendido entre el 10 de Julio y el 30 de Septiembre de 2014 por el importe total de $ 30.000, para la realización de las tareas contenidas en los Términos de Referencia TDR que como anexo forma parte del contrato integrante de la presente norma legal y conforme los fundamentos expuestos.
Encuadrar la presente gestión en las facultades otorgadas al Ministerio de Producción por el Artículo 5º del Decreto N 5743/10 MP.Autorizando a la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción a efectivizar al locador en las condiciones establecidas por las respectivas cláusulas del contrato aprobado por la presente resolución, los honorarios devengados y/o que se devenguen a su favor, con cargo a dicho Organismo de su oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, mediante la inclusión del recibo firmado de conformidad por el beneficiario en el Legajo de Caja de Tesorería correspondiente a la fecha de pago.
RESOLUCIÓN Nº 1101 MP
Paraná, 23 de julio de 2014
Aprobando el contrato de obra en el marco del Programa de Desarrollo de Áreas Rurales PRODEAR suscripto por el Señor Coordinador Provincial del mismo, Don Lucio Martín Amavet, con la Señora Analia Vanesa Britos, DNI N 21.764.408, por el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2014 por el Importe total de $ 45.000, para la realización de las tareas contenidas en los Términos de Referencia TDR que como anexo I forma parte del contrato integrante de la presente norma legal y conforme los fundamentos expuestos.
Encuadrando la presente gestión en las facultades otorgadas al Ministerio de Producción por el Artículo 5 del Decreto N 5743/10 MP.Autorizando a la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción a efectivizar a la locadora en las condiciones establecidas por las respectivas cláusulas del Contrato aprobado por la presente resolución, los honorarios devengados y/o que se devenguen a su favor, con cargo a dicho Organismo de su oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, mediante la inclusión del recibo firmado de conformidad por el beneficiario en el Legajo de Caja de Tesorería correspondiente a la fecha de pago.
RESOLUCIÓN Nº 1102 MP.
Paraná, 23 de julio de 2014
Aprobando el contrato de obra en el marco del Programa de Desarrollo de Áreas Rurales

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/11/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha07/11/2014

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4785

Primera edición01/12/2003

Ultima edición11/07/2024

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