Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/1/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Utilidad Pública las obras de mejoras y a declarar la obligatoriedad del pago de las mismas que deban afrontar los beneficiarios de tales obras;
Que es necesario declarar de Utilidad Pública la Obra de agua potable antes referida y obligatorio al pago de la contribución por mejoras por parte de los vecinos frentista no adheridos al Acta Acuerdo celebrado entre la entonces Secretaría de Planificación e Infraestructura de la Municipalidad de Paraná y los vecinos beneficiarios de la obra;
Que conforme el Acta Acuerdo mencionada en el párrafo precedente y el informe vertido por la Dirección de Ingeniería Procesos y Nuevos Proyectos - Subsecretaría de Saneamiento a fs. 8 y 9, no corresponde el cobro de la Contribución por Mejoras por ser una obra ejecutada por la modalidad Obra Sanitaria Externa por Cuenta de Terceros a las Partidas Municipales que figuran como anexo de dicha Acta Acuerdo;
Que conforme al análisis de autos e informes obrantes a fs. 8, 9, 32, 34, 36 y 39 se identifican a los titulares de las partidas frentistas beneficiadas de la obra no adheridos al Acta Acuerdo;
Que atento al informe proporcionado por la Dirección de Ingeniería Procesos y Nuevos Proyectos, Subsecretaría de Saneamiento, la fecha de Habilitación definitiva para el uso de la obra es el 12/11/2010;
Por ello;
La Señora Presidenta de la Municipalidad de Paraná D E C R E T A :
Art. 1º: Declárase de utilidad pública la obra Extensión de red de agua potable en calles Gral. José Artigas entre Casimiro Olmos y Avda. de las Américas y Juan B. Justo entre Avda. de las Américas y Gral. José Artigas y obligatorio al pago de la contribución por mejoras por parte de los vecinos frentistas no adheridos al Acta Acuerdo celebrado entre la entonces Secretaría de Planificación e Infraestructura de la Municipalidad de Paraná y los vecinos beneficiarios de la obra; que se encuentran individualizados en las planillas catastrales agregadas de fs. 15 a 20, actualizadas por la Dirección de Catastro de fs. 40 a 45
del Expediente Nº 27.281/2009.
Art. 2º: Exímase del pago de la contribución por mejoras a los vecinos frentistas beneficiarios de la obra precitada en el artículo anterior que formaron parte del Acta Acuerdo mencionada y se encuentran individualizados en el Anexo obrante a fs. 12 del Expediente antes referido.
Art. 3º: Liquídese la deuda de acuerdo a los metros de frente, de los titulares beneficiados con la Obra Pública antes referida.
Art. 4º: La contribución por mejoras que deben pagar los frentista de la obra pública aludida en el Artículo 1º se liquidará de conformidad con las normas de la Ordenanza 8490, y su modificatoria Ordenanza Nº 8594, del Decreto Reglamentario Nº 102/2005 y el Decreto Nº 1532/2008, según las siguientes especificaciones:
1. Tipología de la obra: Tendido de Redes Subsidiarias de Agua Potable Red Distribuidora Subsidiaria más conexión domiciliaria hasta boca de inspección: 26 Unidades Tributarias Total: 26 Unidades Tributarias 2. Contribución por metro lineal de frente expresada en Unidades Tributarias: 26 veintiséis Unidades Tributarias.
3. Precio vigente del módulo de valor para convertir unidades tributaiías en pesos al momento del hecho imponible: $ 2.79 pesos dos con 79/100 Decreto Nº 1532/2008.
4. Contribución por metro lineal de frente expresada en pesos: $ 72.54 pesos setenta y dos con 54/100.
Art. 5º: El pago de la contribución por mejoras debe ser efectuado a la Municipalidad de
BOLETIN OFICIAL
Paraná por los obligados conforme las siguientes disposiciones:
1. Vencimiento:
El vencimiento para el pago en término se producirá automáticamente el día 11/02/2013
o el inmediato día hábil posterior si aquel fuera inhábil administrativo.
2. Forma de pago:
2.1 Pago Total:
El importe respectivo podrá abonarse en su totalidad en Tesorería General o en los bancos autorizados hasta la fecha prevista en el inciso anterior 2.2 Pago en Cuotas:
El importe respectivo podrá pagarse en cuotas de conformidad con el régimen de financiación fijado en el Código Tributario Municipal Parte General y los Decretos Reglamentarios que rigen en la materia.
2.3 Mora Automática:
Si a la fecha de vencimiento prevista en el inciso 1º del presente artículo no se hubiera efectivizado el pago total o formalizado un compromiso de pago en cuotas, se producirá la mora automática considerándose la obligación de plazo vencido y exigible y devengándose a partir de esa fecha, los intereses establecidos en el Código Tributario Municipal - Parte General y sus normas reglamentarias.
Art. 6º: Facúltase a la Administración Fiscal Municipal a modificar la fecha de vencimiento del Art. 5º Inc. 1º cuando la misma lo crea conveniente a las circunstancias de orden administrativo así lo ameriten.
Art. 7º: El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y sus normas entrarán en vigencia a partir del día siguiente a su publicación. Dicho acto constituirá suficiente notificación a los propietarios obligados al pago de la Contribución.
Art. 8º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y el Sr. Secretario de Planificación, Infraestructura y Servicios.
Art. 9º: Regístrese, comuníquese, publíquese y oportunamente, archívese.Gastón W. Grand Vicepresidente Municipal Sergio D. Granetto Secretario de Hacienda Guillermo L. Federik Secretario de Planificación, Infraestructura y Servicios F. 00013135 1 v./28.1.13

SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, de la ciudad de Paraná, Secretaría Nº 1, de quien suscribe, en los autos caratulados Gutiérrez Rosa Lima, Britos Irma Yolanda s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 63/79, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de IRMA
YOLANDA BRITOS, MI 3.929.651, vecina que fuera del Dpto. Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 30 de diciembre de 2006.
Paraná, 27 de diciembre de 2012 - Lucila del Huerto Cerini, secretaria.
F.C.S. 00088949 3 v./28.1.13
La Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Dra. María Andrea Morales, Secretaría Nº 8, a cargo de la Dra. María del Pilar Villa y en los autos Modenutti Tolia s/
Sucesorios Civil, Expte. 16623, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de TOLIA MODENUTTI, MI

Paraná, lunes 28 de enero de 2013
5.345.956, quien falleció en Villa Seguí ER, el 29 de diciembre de 2011, vecina que fue del Dpto. Paraná ER.
Paraná, 18 de diciembre de 2012 - Ma. del Pilar Villa de Yugdar, secretaria.
F.C.S. 00088950 3 v./28.1.13

CONCORDIA
El Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral Nº 5, con competencia en lo Civil y Comercial, a cargo de la Dra. Silvia I. Flores de Quevedo, Secretaría Nº 5, a cargo de la suscripta, suplente, en los autos caratulados Aguirre Francisco s/ Sucesorios, Expte. Nº 6671, cita y emplaza por diez días, a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de don FRANCISCO AGUIRRE, DNI Nº 5.691.694, fallecido en fecha 12 de junio de 2008, vecino que fuera de Colonia Adela ER, bajo apercibimientos de ley.
Concordia, 27 de diciembre de 2012 - Natalia Gambino, secretaria supl.
F.C.S. 00088951 3 v./29.1.13
El Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral Nº 5, con competencia en lo Civil y Comercial, a cargo de la Dra. Silvia I. Flores de Quevedo, Secretaría Nº 5, a cargo de la suscripta, suplente, en los autos caratulados Jaluf Mohamed s/ Sucesorios, Expte. Nº 6669, cita y emplaza por diez días, a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de don MOHAMED JALUF, DNI Nº 5.791.705, fallecido en fecha 7 de mayo de 2006, vecino que fuera de esta ciudad de Concordia ER, bajo apercibimientos de ley.
Concordia, 17 de diciembre de 2012 - Natalia Gambino, secretaria supl.
F.C.S. 00088952 3 v./29.1.13

SUCESORIO
NUEVO

FELICIANO
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San José de Feliciano, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. Emir G. Artero, Juez, Secretaría única a cargo de la Dra. Ana Emilce Mármol, secretaria interina, en las actuaciones caratuladas Domínguez Héctor Isidoro s/ Sucesorio, Expte. 1336 del año 2012, cita y emplaza por el término de diez días, a quienes se consideren con derechos a los bienes dejados por el causante S r . HECTOR ISIDORO D O M I NGUEZ, fallecido el día 7 de junio de 1976, en la ciudad de San José de Feliciano ER; hijo de Ignacio Domínguez y Ramona Rosa Espinosa, vecino que fuera de esta ciudad, para dentro de los diez días lo acrediten.
San José de Feliciano, 12 de diciembre de 2012 - Ana Emilce Mármol, secretaria int.
F.C.S. 00088963 3 v./30.1.13

CITACION
NUEVA

VICTORIA
a ROSAURA ELVIRA MENDOZA
El Juzgado de Paz de la ciudad de Victoria ER; a cargo de la Dra. Analía L. Benavento, Secretaría de la Dra. Liliana Merini de Rau, en los autos caratulados Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Palmares Limitada c/
Diorio Ursula Manuela y otra s/ Proceso monitorio ejecutivo, Expte. Nº 2111, cita y emplaza por el término de cinco 5 días a ROSAURA
ELVIRA MENDOZA, MI Nº 28.667.629, con

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/1/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha28/01/2013

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4786

Primera edición01/12/2003

Ultima edición12/07/2024

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