Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/6/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

publicación, cuando los hubiere Art. 89 Ley 24.522.
Paraná, 21 de junio de 2011 - Elda Beatriz Osman, secretaria.
F. 00011169 5 v./30.6.11

NOTIFICACION
ANTERIOR

PARANA
La Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 de la ciudad de Paraná, Secretaría Nº 7, de quien suscribe, en los autos caratulados Treidel Alfredo c/ Schonfeld Silvina Andrea y otros s/ ordinario cobro de pesos, Expte. Nº 15649, ha dispuesto la notificación a Silvina Andrea Schonfeld, de las resoluciones que en su parte pertinente, dicen:
Paraná, 16 de febrero de 2011. No habiendo sido ratificada por la accionada Silvina Andrea Schonfeld, la gestión efectuada en su nombre por el Dr. Leonardo Augusto Schonfeld, ni acompañado los instrumentos que acreditan la personalidad del presentante de fs. 46/53, dentro del plazo establecido por el Art. 45 del CPCyC, haciendo efectivos los apercibimientos prevenidos, declárase la nulidad de actuado por el gestor a fs. 46/53, en representación de la nombrada.
En virtud de lo dispuesto precedentemente, dése por decaído a la Sra. Silvina Andrea Schonfeld, el derecho de contestar la demanda y atento lo solicitado y lo normado por los Arts.
56 y 38 del CPCyC, decrétase la rebeldía de la nombrada, notificándose de la presente por cédulas y de las sucesivas providencias por Ministerio de la Ley.
Y otra: Paraná, 11 de mayo de 2011. Téngase presente el juramento efectuado. Atento lo peticionado y constancias de autos, notifíquese por edictos a la demandada Silvina Andrea Schonfeld, la declaración de rebeldía, los que se publicarán por dos días. Fdo. María del Pilar Remedi, Juez.
Paraná, 9 de junio de 2011 - Celia E. Gordillo, secretaria supl.
F.C.S. 00075246 2 v./23.6.11

SENTENCIAS
ANTERIORES

PARANA
Bajo el título Inhabilitación absoluta por el tiempo que dure la condena, Art. 12 CP, conforme lo resuelto por esta Excma. Cámara Primera en lo Criminal de Paraná, Sala I, en la Causa Nº 5762, caratulada Gutiérrez Juan Ramón, Díaz Ricardo Ramón s/ Robo calificado por el uso de arma de fuego y causa Nº 5415, caratulada Díaz Ricardo Ramón, Nores Oscar Miguel Angel s/ Tentativa de robo agravado por el uso de arma de fuego y sus acumuladas y que a sus efectos, se transcribe a continuación:
En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil once I Condenar a RICARDO RAMON DIAZ, de las demás condiciones personales consignadas en autos, a la pena única de seis años y cuatro meses de prisión efectiva y accesorias legales, unificando las sentencias dictadas por este Tribunal Nº 12, de fecha 4.5.10, en la causa Nº 5762, Fº 504, caratulada Gutiérrez Juan Ramón, Díaz Ricardo Ramón s/ Robo calificado por el uso de arma y Nº 26, de fecha 9.8.10, en la causa Nº 5415, Fº 396, caratulada Díaz Ricardo Ramón, Nores Oscar Miguel Angel s/ Tentativa de robo agravado por el uso de arma de fuego y sus acumuladas, Arts. 5, 12, 40, 41, 166 Inc.
2 segundo párrafo, 42, 45, 55 y 58 primer
párrafo segunda parte del Código Penal.
II III IV Fdo. Dres. Chemez, Giorgio, Perotti, vocales. Ante mí: Dra. Nancy G. Bizai, secretaria suplente.
Los datos personales del nombrado son los siguientes: Ricardo Ramón Díaz, DNI N º 26.802.184, nacido el día 3 de febrero de 1979, en Paraná, de nacionalidad argentino, de estado civil soltero, domiciliado en calle Nº 937 y Lisandro de la Torre, de esta ciudad de Paraná, empleado, hijo de Ricardo Ramón Díaz y de Gladys M. del Valle, con prontuario en ese Registro Nacional Nº U1747467 y Policial Nº 677.006 I.G.
Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta como asimismo la inhabilitación es el 11.7.2016.
Paraná, 15 de junio de 2011 - Nancy G.
Bizai, secretaria supl.
9709 3 v./23.6.11

GUALEGUAY
Que en la causa Nº 4240, caratulados García Edgar Leonel s/ Abuso sex. sin acc. carnal y con acc. carnal agrav. por el vínculo en concurso real, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la sentencia recaída, que dice:
En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los veintiocho días del mes de julio del año dos mil nueve SENTENCIA: 1º Declarar la coautoría material y responsable de EDGAR LEONEL
GARCIA, sin sonbrenombres, argentino, DNI
Nº 25.445.846, casado, con domicilio en Cerrito 153, de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, nacido en Victoria, Pcia. de Entre Ríos el día 24 de enero de 1977, de 32 años de edad, con instrucción secundaria incompleta, hijo de Miguel Agustín García y de Leonor Ramona Taborda, prontuariado en la Jefatura Departamental de Policía de la ciudad de Victoria, bajo el Nº 38887, Sección I.G. y Expte. U 1384388, por ante el Registro nacional de Reincidencia, por los hechos constitutivos del delito de abuso sexual calificado, Arts. 45, 119, 1º párrafo e Inc. b del cuarto párrafo del Código Penal, concursado materialmente con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, Arts. 45, 55, 119, 1º, 3º párrafo y 4º párrafo Inc.
b del Código Penal, y en su consecuencia condenarlo a la pena de ocho años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo, con más las accesorias legales del Art. 12 del Código Penal, Arts. 5, 9, 12, 40, 41, 45, 55, 119
1º y 3º párrafo y 4º párrafo Inc. b del Código Penal, por lo que una vez firme el presente acto sentencial se ordenará la inmediata detención del imputado y alojamiento en la Unidad Penal Nº 7 de la ciudad de Gualeguay, poniéndose a disposición del Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad de Paraná.
2º 3º 4º Regístrese, notifíquese, comuníquese la presente en su parte dispositiva al Juzgado de Instrucción y Jefatura de Policía Departamental de Victoria; al Registro Nacional de Reincidencia y al imputado García, practíquese por Secretaría cómputo de pena, planilla de costas, remitiéndose oportunamente copia a S.S. el Sr. Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad de Paraná y a la Dirección Provincial del Servicio Penitenciario, al Boletín Oficial; cúmplase, líbrense los despachos ordenados y en estado, archívense. Fdo. Cirigliano, Pte. de causa; Torres, vocal; Garibotti, vocal. Pablo M.
Guercovich, secretario de Cámara suplente.
Gualeguay, 1 de junio de 2011 - Pablo M.
Guercovich, secretario de Cámara supl.
9717 3 v./24.6.11
En causa Nº 4283, Fº 89, año 2009, caratulada Quintana Sergio Daniel s/ Homicidio simple, en trámite por ante la Excma. Cámara del Crimen de la cuarta circunscripción judicial de la Provincia de Entre Ríos, con sede en Gua-

Paraná, jueves 23 de junio de 2011
leguay, se ha dispuesto librar el presente a fin de cumplimentar lo estatuido en el Art. 517 del CPPER, debiéndose publicar la parte pertinente de la sentencia recaída en la mencionada causa en fecha 20 de abril de 2010, que dice:
SENTENCIA: 1º Declarar que SERGIO DANIEL QUINTANA, DNI 30.205.275, argentino, 26 años de edad, de estado civil soltero, ayudante de albañil, domiciliado en calle Vicente López, casi Bvard. Moreno de la ciudad de Victoria ER, nacido el 17 de setiembre de 1983, con instrucción primaria incompleta, hijo de Alfredo Orlando Quintana fdo y de Cristina Carrizo, argentina, ama de casa, prontuario policial Nº 40.913, Sección IG, es autor materialmente responsable del delito de homicidio simple, Art. 79 del Código Penal, por el hecho que se le atribuyó haber cometido en la presente causa y en su consecuencia condenarlo a la pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo con más las accesorias legales, Arts.
5, 9, 12, 40, 41, 45 y 79 del Código Penal, debiendo ser alojado en la Unidad Penal Nº 7
de esta ciudad de Gualeguay, poniéndolo a disposición de S.S. el Sr. Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, una vez que la presente sentencia, adquiera firmeza, oportunidad en que se ordenará su detención.
2º 3º 4º 5º 6º Regístrese, notifíquese, practíquese oportunamente por el actuario cómputos de pena y comuníquese la presente en su parte dispositiva al Juzgado de Instrucción de la ciudad de Victoria, a la Jefatura de Policía Departamental de Victoria, al Boletín Oficial, Juzgado Electoral Federal, al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia, remitiéndose testimonio íntegro de la presente a la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia, cúmplase, líbrense los despachos ordenados y en estado, archívense. Fdo. Jorge Omar Torres, presidente de causa; Roberto Javier Cadenas, vocal; Daniel Elías Alle, vocal; Pablo M. Guercovich.
Gualeguay, 8 de junio de 2011 - Pablo M.
Guercovich, secretario de Cámara supl.
9718 3 v./24.6.11

SECCION GENERAL
LICITACIONES
ANTERIORES

PARANA
INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE ENTRE RIOS
Licitación Pública Nº 05/2011
OBJETO: Adquisición de uniformes destinado al personal del IOSPER.
APERTURA: 8 de julio de 2011, a las 10
horas, en casa central del instituto, Dpto. Suministros, Andrés Pazos 243, Paraná ER.
INFORMES: retiro de pliego en casa central, Dpto. Suministros, Andrés Pazos 243, Tel.
0343 4204516, 4204500 Int. 221 de 7 a 13 o www.iosper.gov.ar Silvio Moreyra, presidente IOSPER.
F. 00011155 3 v./23.6.11
GOBIERNO DE ENTRE RIOS
TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA
PROVINCIA DE ENTRE RIOS
Licitación Pública Nº 01/11
OBJETO: Adquisición de un 1 automóvil tipo sedan cuatro puertas nuevo, 0 Km.
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 190.500.
LUGAR DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Secretaría Contable del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, Andrés Pazos 127, 3º piso, Paraná ER; en días hábiles en el horario de 7 a 13 horas.
APERTURA DE SOBRE: Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, el día 30 de junio a las 10

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/6/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha23/06/2011

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4778

Primera edición01/12/2003

Ultima edición01/07/2024

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