Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/6/2010
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
de bancos o entidades financieras, siempre que sea afín o conexo con su objeto.
La enumeración limitativa.
precedente
es
sólo
enunciativa
y
no
CUARTA: Administración: La dirección y administración, así como el uso de la firma social y representación de la sociedad estará a cargo de ambos Gerentes, en forma indistinta, que serán designados por Reunión de Socios, y que podrá actuar con toda amplitud, pudiendo realizar y concretar todos los actos de la sociedad mencionados en la cláusula precedente, siempre y cuando cuente con el aval de los socios que representen la mayoría de capital.
Por su trabajo personal, los socios podrán o no establecer una retribución fija. Los retiros que efectúen se cargarán a sus respectivas cuentas particulares, hasta el límite que fijen de común acuerdo. Ninguno de los socios podrá comprometer ni obligar a la sociedad en actos extraños al giro comercial normal, ni dar garantías a favor de terceros, ni suscribir documentación alguna a favor, ni comprometer prestaciones gratuitas.
QUINTA: Capital Social: El capital social se establece en la suma de pesos quince mil $ 15.000,00, dividido en ciento cincuenta 150 cuotas partes de pesos cien $
100,00 cada una, totalmente suscripto e integrado en efectivo por los socios de la siguiente manera: Setenta y cinco 75 cuotas de capital social por LOPEZ ANA CAROLINA, equivalentes a pesos siete mil quinientos $ 7.500,00, y setenta y cinco 75 cuotas de capital social por LUNGHI
JUAN JOSÉ, equivalentes a pesos siete mil quinientos $
7.500,00.
Se deja establecido que de ser necesario por el giro comercial de la Sociedad y cuando ésta lo requiera podrá aumentarse el capital integrado, necesitando el voto favorable de ambos socios, quienes en reunión de socios, determinarán el plazo, monto y forma de integración.
SEXTA: Reunión de Socios: Los socios se reunirán en asamblea por lo menos una vez al año, ocasión en que se considerará el balance general y cualquier otro punto que se haga necesario tratar. También se reunirán cuando cualquiera de los socios lo requiera fehacientemente.