Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/10/2009

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

cuotas sociales en forma total o parcial, a otros socios o a terceros, observando el siguiente procedimiento: a el cuotista cedente deberá ofrecerlas a los demás socios comunicando a la sociedad, mediante nota de estilo, donde obligatoriamente deberá constar: a la cantidad de cuotas cuya cesión se oferta; b precio de la cesión; c condiciones de pago; d nombre del eventual cesionario; e y toda otra característica relevante de la operación. La comunicación de la intención de cesión deberá ser dirigida a la sociedad, la que a su vez, comunicará tal ofrecimiento dentro del término de cinco días de recibida a los demás socios.Éstos, dentro de los diez días contados a partir del vencimiento del plazo anterior, podrán acrecer en porcentaje a sus respectivas tenencias y en las mismas condiciones ofrecidas, notificando fehacientemente tal decisión a la Sociedad. Al vencimiento de este último plazo y no habiéndose ejercitado tal preferencia, se tendrá por acordada la conformidad a la operación original. La cesión se transcribirá en el libro de actas de la sociedad y se comunicará conjuntamente con el contrato de cesión a la autoridad de contralor, la cual previa publicación en el Boletín Oficial la inscribirá sin requerir reforma estatutaria.
En caso de fallecimiento de un socio o de incapacidad declarada en juicio, la sociedad podrá optar por continuar con los herederos, a cuyo efecto deberán unificar su representación, o con el representante legal del incapaz o podrán decidir la disolución anticipada de la sociedad, o la resolución parcial a cuota efecto se practicará un balance general a moneda constante para determinar el haber del socio premuerto o incapacitado, el que será puesto a disposición de los herederos o del representante legal en su caso y abonado en doce cuotas trimestrales con mas interés bancario sobre saldos.
El Ejercicio social cierra el día 31 de Diciembre de cada año, a cuya fecha se realizará un Inventario y Balance General que se pondrá a disposición de los socios con no menos de 15 días de anticipación a su consideración. Los Balances e Inventarios se considerarán aprobados con la firma de todos los socios.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/10/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha26/10/2009

Nro. de páginas159

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2009>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031