Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/5/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

en la ley N 7060, dejando perimir los plazos establecidos para actuar en tiempo y forma, por lo que el Decreto N
6865/04 GOB se encuentra firme y consentido, y constituye Cosa Juzgada Administrativa;
Que consecuentemente con lo expuesto, existe en autos "cosa Juzgada Administrativa" en razón de lo cual y conforme el Art. 49 de la Ley 7060, el asunto puede ser removido por nuevas gestiones;
Que de acuerdo a lo dicho, no es posible se pretenda con posterioridad al vencimiento de todos los plazos que prevé la legislación vigente Ley N 7060 para interponer los recursos o mecanismos ordinarios de revisión y control de los actos emanados de la autoridad administrativa, volver sobre una cuestión acerca de la cual esta última ya se ha expedido con carácter definitivo mediante un acto regular, legítimo, motivado y dictado en ejercicio de facultades enmarcables en su esfera de competencia;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Fiscalía de Estado a fs.109 de la presente;
Que por todo lo expuesto corresponde rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por el Sr. Hugo Horacio Bohl, contra el Decreto N 4596/06 GOB;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Recházase el recurso de revocatoria interpuesto por el Sr. Hugo Horacio Bohl, MI N 16.761.780, contra Decreto N
4596 de fecha 02.08.2006, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia a sus fines pertinentes y oportunamente archívense.
- JORGE P. BUSTI
- Adán H. Bahl - -----DECRETO Nº 5748 GOB
- Paraná, 4 de octubre de 2007
Conmutando, reduciendo en un 10% la pena que cumple el interno Sotelo Alejandro Ramón, alojado en la Unidad Penal Nº 3 de Concordia, dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, condenado en fecha 24
de Septiembre de 2.003 por la Excma. Cámara Sala Primera en lo Penal de Concordia, a la pena de 8 años de prisión, por el delito de homicidio simple Art. 79 del Código Penal.
- -----DECRETO Nº 5749 GOB
- Paraná, 4 de octubre de 2007

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/5/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha23/05/2008

Nro. de páginas66

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

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