Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/7/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

- JORGE P. BUSTI
- Gustavo E. Bordet - -----DECRETO Nº 7659 MSAS
- HACIENDO LUGAR A RECURSO
- Paraná, 8 de noviembre de 2005
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Andrea Luz Torres; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede ante la presunta tardanza en que habría incurrido la autoridad administrativa, en este caso la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en resolver la solicitud de liquidación e incorporación en los haberes jubilatorios de la actora del adicional por productividad y asistencia que como ex empleada de Catastro le correspondería percibir a partir del mes de junio de 2004 en los haberes previsionales;
Que conforme surge de las actuaciones de referencia, las mismas se encuentran paralizadas desde el 8.6.05, en el Departamento Reajustes de la Caja de Jubilaciones;
Que por Memorándum N 352/05 se requirió al presidente del organismo el envío del expediente principal, las que fueron giradas en fecha 5.10.05 sin haberse resuelto la cuestión de fondo planteada por la actora;
Que atento lo expuesto precedentemente corresponde hacer lugar al recurso, debiendo a tal efecto la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, en un plazo perentorio de veinte 20 días de recepcionadas las actuaciones, resolver la cuestión de fondo planteada;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Andrea Luz Torres, con domicilio legal en calle Rosario del Tala 165 PB B, de esta ciudad, por el retardo en que ha incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver la solicitud de liquidación e incorporación en los haberes jubilatorios de la actora del adicional por productividad y asistencia que como ex empleada de Catastro le correspondería percibir a partir del mes de junio de 2004, en los haberes previsionales, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2 -- Fíjase un plazo de veinte 20 días, contados a partir de la recepción de las actuaciones, para que la Caja

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/7/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/07/2006

Nro. de páginas89

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

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