Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 13/4/2023

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.740

Decreto Nº 471
Corrientes, 22 de marzo de 2023
Visto:
El expediente Nº 000-14-12-11.773/2022, en autos caratulados: MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL.
DIREC TOR DE INFORMACIÓN
PÚBLICA. E/
PRESUPUESTO TRANSMISIÓN SATELITAL PARA EL
EVENTO 32 FESTIVAL DEL CHAMAMÉ y Considerando:
Que por las presentes actuaciones el Director de Información Pública de la Gobernación, gestiona la contratación de un servicio de transmisión satelital para el evento 32 Festival Nacional del Chamamé, 18 del Mercosur y 2 Invitación Mundial, realizado en el Anfiteatro Mario del Tránsito Cocomarola de la ciudad de Corrientes, desde el 13 al 22 de enero de 2023.
Que de fojas 1/vta. obra nota de elevación de dicho Director al Subsecretario General de la Gobernación, a fin de propiciar la contratación del servicio mencionado precedentemente, acompañando cotización de la firma TELEDIGITAL CORRIENTES SA, indicando que la misma ha venido realizando estos servicios en las ediciones anteriores del Festival Nacional del Chamamé de manera satisfactoria, Asimismo, tomando en consideración que el Chamamé es una manifestación cultural que comprende un estilo de música y danza propios de la provincia de Corrientes y Nordeste Argentino, además que el mismo ha tenido una participación de relevancia en la evolución cultural del litoral argentino, siendo hoy Patrimonio Cultural Inmaterial o patrimonio vivo por la UNESCO perteneciente a la provincia de Corrientes y de la Nación Argentina y goza del mismo tratamiento en Brasil, Uruguay y Paraguay; siendo en este punto primordial la elección del contratante, a los fines culturales previstos en la convocatoria, por cuanto su reconocida capacidad, características técnicas, equipamiento adecuado y staff capacitado, hacen innecesario el concurso de méritos y antecedentes previstos por la normativa de contratación vigente, adjuntándose en calidad de antecedentes Curriculum Vitae de la empresa, de igual modo tal servicio no puede ser ejecutado por Organismos de la Administración Pública Provincial dado que no se cuenta con equipamiento, logística y personal de nivel profesional requerido.
Que a fojas 2, se acompaña presupuesto de la firma TELEDIGITAL CORRIENTES SA, por un valor diario de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y
NUEVE MIL $ 2.989.000,00 y un costo total por la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS
NOVENTA MIL $ 29.890.000,00.
Que a fojas 17 glosa el Comprobante de Contabilidad del Gasto correspondiente al año en curso.
Que a fojas 19/28 se anexan Orden de Provisión N
101/2023, Factura B N 00002-00000327, sellados de ley, constancias y certificados, además Acta de Recepción N 450/23 debidamente conformado por autoridad competente.
Que a fojas 29/vta. se adjunta informe técnico-contable de la Dirección de Administración y Personal del Ministerio Secretaría General.
Que a fojas 30 y 31/vta. se anexa Dictamen Nº 913 de fecha 1 de marzo de 2023 de la Dirección de Asistencia de Legal y Administrativa del Ministerio Secretaría
CORRIENTES, 13 DE ABRIL DE 2023

General, que considera que se estaría en condiciones de dictarse la norma legal pertinente, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia y de Fiscalía de Estado.
Que a fojas 33 se expide la Contaduría General de la Provincia, la cual expresa que el presente caso encuadra en la contratación directa, exceptuándolo por lo tanto del principio general que establece a la licitación pública como modalidad de contratación para el monto en cuestión, tal lo establece la normativa legal vigente en lo referente al Régimen de Contrataciones del Estado.
Estableciendo que en este caso se configuran determinadas situaciones, como ser: para adquirir, ejecutar, conservar o restaurar obras artísticas o técnicas que deban confiarse a empresas, personas o personas o artistas especializados .
Que a fojas 35/36 obra Dictamen Nº 1.335 de Fiscalía de Estado de fecha 17 de marzo de 2023, aconsejando al Poder Ejecutivo lo que estime conveniente y procedente, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1, 2 y concordantes de la Constitución Provincia, estará en condiciones de dictar el correspondiente decreto.
Que esta contratación se encuadra en la normativa establecida por el artículo 109, inciso 3, punto i, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control, Contrataciones y Administración de los Bienes del Sector Público Provincial y artículos 86 y 90, puntos a y b del Decreto N 3.056/2004.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la contratación directa por vía de excepción, reconocimiento del gasto y posterior pago a favor de la firma: TELEDIGITAL CORRIENTES SA, CUIT Nº 30-71119136-0, con domicilio fiscal en calle Carlos Pellegrini Nº 1.029 de la ciudad de Corrientes, por la suma total de PESOS VEINTINUEVE MILLONES
OCHOCIENTOS NOVENTA MIL $ 29.890.000,00, en concepto de servicio de transmisión satelital para el evento 32 Festival Nacional del Chamamé, 18 del Mercosur y 2 Invitación Mundial, realizado en el Anfiteatro Mario del Tránsito Cocomarola de la ciudad de Corrientes, desde el 13 al 22 de enero de 2023, incluye provisión de equipamiento técnico, móvil de producción y staff necesario, según detalle descripto en Factura B N 00002-00000327.
ARTÍCULO 2º: ENCUÁDRASE el presente caso encuadra en lo establecido por el artículo 109, inciso 3, punto i, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control, Contrataciones y Administración de los Bienes del Sector Público Provincial y artículos 86 y 90, puntos a y b del Decreto Nº 3.056/2004.
ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración y Personal del Ministerio Secretaria General a emitir el Comprobante de Contabilidad del Gasto, contra la Tesorería General de la Provincia, y a favor de la firma mencionada en el artículo 1º de la presente norma legal, debiendo imputar la erogación a la partida específica del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al
PAG. Nº 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 13/4/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaísArgentina

Fecha13/04/2023

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones512

Primera edición09/11/2020

Ultima edición25/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2023>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30