Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 24/10/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.634

CORRIENTES, 24 DE OCTUBRE DE 2022

oficial, y pasar a la Dirección General de Rentas del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a sus efectos.
C.P. Marcelo Rivas Piasentini
Ministerio de Hacienda y Finanzas Resolución N 972/22
Corrientes, 5 de Octubre de 2022
Visto:
El expediente N 123-14-09-11645/2022, caratulado:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS S/ ACTUALIZACIÓN DE TASAS
RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS, y Considerando:
Que en estas actuaciones se tramita la actualización de los valores fijos de las tasas retributivas de servicios, establecidas en el artículo 36 de la Ley N 6.249.
Que atento a la necesidad de actualización de los importes fijos de las tasas retributivas de servicios, prevista en la Ley Tarifaria N 6.249, resulta procedente el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 36 de la misma, que prevé su actualización periódica, hasta el tope resultante de considerar la variación en el sueldo mínimo garantizado para el sector docente establecido en las paritarias nacionales.
Que la última actualización corresponde a la Resolución Nº 064 de fecha 07 de febrero de 2022.
Que la vigencia de los valores actuales data del mes de septiembre de 2021, habiéndose acordado variaciones en el sueldo del sector docente desde esa fecha mediante los Decretos Nº 23 de fecha 13 de diciembre de 2021, Nº 380 y N 382 de fecha 03 de marzo de 2022, N
1.333 de fecha 12 de mayo de 2022 y concordantes.
Que se estima razonable la consideración del tope del noventa por ciento 90%, que surge de la variación del sueldo testigo docente informado por la Dirección General de Personal, desde septiembre de 2021 a agosto de 2022.
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 10, inciso 3, del Código Fiscal modificado por la Ley Nº 6.250, intervino a fs. 08 el Departamento Técnico Jurídico de la Dirección General de Rentas, quien no formuló objeciones legales y propició el dictado de la presente resolución.
Que a fs. 11 y vta. intervino la Dirección de Asesoría Legal de este Ministerio a través del Dictamen N 001264 de fecha 26 de septiembre de 2022 quien no formuló objeciones sobre el proyecto de resolución y anexo obrantes a fs. 02/07, y consideró admisible y oportuno lo tramitado.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 35 y 36 de la Ley N 6.249, corresponde el dictado del presente acto administrativo que así lo disponga.
Por ello, El Ministro de Hacienda y Finanzas Resuelve:
ARTÍCULO 1: ACTUALIZAR los importes fijos previstos para las Tasas Retributivas de Servicios en la Ley N 6.249, a los nuevos valores que se exponen en el Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO 2: LOS nuevos importes regirán desde la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3: COMUNICAR, publicar, dar al registro
Dirección General de Rentas Resolución Nº 0618
Corrientes, 25 ABR 2022
VISTO:
La actuación administrativa, identificada con el Número 123-2711-12485-2020, iniciado por el Departamento de Fiscalización S/Orden de Inspección del contribuyente DALVEZAC, WALDEMAR DARIO, CUIT Nº 20-24149230-4
Domicilio Fiscal: 1000 MTS. AL ESTE DE ESC. Nº 24 Mojones Norte, Entre Ríos y;
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 01 obra Orden de Inspección Nº 0401 realizada en fecha 27/11/2020, notificada en fecha 31/03/2021, para que se proceda a tramitar la verificación del cumplimiento de las obligaciones fiscales cuya recaudación se encuentra a cargo de esta Dirección, considerando los datos y/o lineamientos que se indican.
Que, a fs. 02 obra ficha personal del contribuyente.
Que, la fiscalización iniciada comprendió los periodos fiscales de 01/2016 a 09/2020 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos, referidas a sus obligaciones tributarias con el Fisco de la provincia de Corrientes, verificándose que el contribuyente no se halla inscripto en esta jurisdicción.
Que, conjuntamente con la Orden de Inspección, en fe c h a 3 1 / 0 3 / 2 0 2 1 , s e n o t i f i có re q u e r i m i e nto documentación presencial en el domicilio fiscal declarado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, otorgándole un plazo para presentar el mismo hasta el 27/04/2021.
Que, en fecha 26/04/2021, el contribuyente responde el requerimiento efectuado, adjuntando la siguiente documentación:
-Libro IVA Ventas y Compras por los periodos 11/2017.
Que, debido a lo expuesto en los párrafos anteriores, se recurrió al procesamiento y análisis de la información obrante en los registros de esta Dirección; así como también la suministrada por la AFIP - DGI, verificándose que:
-NO se encuentra inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral en la Jurisdicción de Corrientes.
-Ante la AFIP, registra inscripción en el Impuesto al Valor Agregado y en el Impuesto a las Ganancias Personas Físicas desde el 01/2015, en el Régimen de Trabajador Autónomo desde el 01/2016; Ello por el desarrollo de la actividad "Cría de ganado bovino, excepto la realizada en cabañas y para la producción de leche".
De la documentación aportada por el Contribuyente, de las Actas labradas en Puestos de Control y de Informes de SENASA, surge que el verificado ha realizado compras de productos primarios en la jurisdicción de Corrientes para la actividad de "Cría de ganado bovino, excepto la realizada en cabañas y para la producción de leche".
Que, en el caso de la mera compra de productos primarios procedentes de la jurisdicción Corrientes,
PAG. Nº 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 24/10/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaísArgentina

Fecha24/10/2022

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones512

Primera edición09/11/2020

Ultima edición25/06/2024

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