Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/11/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 4

BOLETÍN OFICIAL

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 175/22
Rawson Chubut, 5 de Octubre de 2022
VISTO: El Expediente Nº 39.534, año 2020, caratulado: MUNICIPALIDAD DE RAWSON - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2020;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 246/22F.3 la Relatora Fiscal de la Fiscalía Nº 3 da cuenta que la MUNICIPALIDAD DE RAWSON no ha dado respuesta a las Nota N 006/22F.3 y 138/22F.3.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 18º inc. c, según corresponda, de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resultan responsables: Secretario de Hacienda: Lic.
Martín Oscar STERNER; e Intendente: Sr. Damián BISS, de la contestación de las Notas N006/22F.3 y 138/22F.3
respectivamente.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de RAWSON: Secretario de Hacienda: Lic.
Martín Oscar STERNER; e Intendente: Sr. Damián BISS, a dar respuesta a lo solicitado mediante las Notas N
006/22F.3 y 138/22F.3 respectivamente; dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda Segundo: Regístrese, notifíquese, hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cumplido archívese.
Vocal Cr. Sergio Camiña Vocal Dr. Martin Meza Vocal Cr. Antonio Cimadevilla Anti mi Dra. Irma Baeza Morales
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 176/22
Rawson Chubut, 12 de Octubre de 2022
VISTO: El Expediente Nº 39.826, año 2021, caratulado: MUNICIPALIDAD DE LAGO PUELO - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2021;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 245/22F.3 la Relatora Fiscal de la Fiscalía Nº 3 da cuenta que la MUNICIPALIDAD DE LAGO PUELO no ha dado respuesta a la Nota N 211/22F.3.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a
Miércoles 2 de Noviembre de 2022

este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 18º inc. c, según corresponda, de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resulta responsable: Intendente: Sr. Augusto SANCHEZ, de la contestación de la Nota N211/22F.3.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar al responsable de la Municipalidad de LAGO PUELO: Intendente: Sr. Augusto SANCHEZ, a dar respuesta a lo solicitado mediante la Nota N211//22F.3 dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda Segundo: Regístrese, notifíquese, hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cumplido archívese.
Presidente Cra. Liliana Underwood Vocal Dr. Martin Meza Vocal Dr. Tomas Antonio Maza Vocal Cr. Antonio Cimadevilla Ante mi Dra. Irma Baeza Morales
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 177/22
Rawson Chubut, 14 de octubre de 2022
VISTO: El Expediente Nº 40203, año 2022, caratulado: COMUNA RURAL DE ALDEA EPULEF -S/
Rendición de Cuentas Ejercicio 2022; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 150 /22
la Sub-Relatora Fiscal de la Fiscalía Nº 12 da cuenta que la Comuna Rural Aldea Epulef no ha remitido la rendición de cuentas correspondiente a los meses de marzo a julio del Ejercicio 2022.
Que por Acuerdos Nros. 443/21 y 220/96 dictados por este Tribunal se aprueban normas para la presentación de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas por los artículos 17º incisos m y n y 18º inciso c de la Ley V Nº 71, según corresponda.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 12
resultan responsables Presidente: Sr. Alejandro Elbio GONZALEZ y Tesorero: Sr. Cristian Fabio AYILEF de la presentación de las Rendiciones de Cuentas mencionadas;
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/11/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha02/11/2022

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones4367

Primera edición07/01/2004

Ultima edición01/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930