Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/11/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 2 de Noviembre de 2022

BOLETÍN OFICIAL

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 172/22
Rawson Chubut, 29 de Septiembre de 2022
VISTO: El Expediente Nº 40.235, año 2022, caratulado: MUNICIPALIDAD DE LAGO PUELO - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2022;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 233/22F.3 la Relatora Fiscal de la Fiscalía Nº 3 da cuenta que la MUNICIPALIDAD DE LAGO PUELO no ha remitido la Rendición de Cuentas del mes de junio del ejercicio 2022.
Que por Acuerdos Nros. 443/21 y 220/96 dictados por este Tribunal se aprueban normas para la presentación de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas por los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resultan responsables: Intendente: Sr. Augusto SANCHEZ; y Secretario de Economía y Finanzas: Sr.
Edgar Luis SANDOVAL, de la presentación de la Rendición de Cuentas del mes de junio del ejercicio 2022.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de LAGO PUELO: Intendente: Sr. Augusto SANCHEZ; y Secretario de Economía y Finanzas: Sr.
Edgar Luis SANDOVAL, a presentar de la Rendición de Cuentas del mes de junio del ejercicio 2022, dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda Segundo: Regístrese, notifíquese, hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cumplido archívese.
Presidente Cra. Liliana Underwood Vocal Cr. Sergio Camiña Vocal Dr. Martin Meza Vocal Cr. Antonio Cimadevilla Ante mi Dra. Irma Baeza Morales
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 173/22
Rawson Chubut, 29 de Septiembre de 2022
VISTO: El Expediente Nº 40.235, año 2022, caratulado: MUNICIPALIDAD DE LAGO PUELO - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2022;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº233/22F.3 la Relatora Fiscal de la Fiscalía Nº 3 da cuenta que la MUNICIPALIDAD DE LAGO PUELO no ha dado respuesta a la Nota N192/22F.3.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.

PÁGINA 3

Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 18º inc. c, según corresponda, de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resulta responsable: Intendente: Sr. Augusto SANCHEZ, de la contestación de la Nota N 192/22 F.3.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar al responsable de la Municipalidad de LAGO PUELO: Intendente: Sr. Augusto SANCHEZ, a dar respuesta a lo solicitado mediante la Nota N192/
22F.3 dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda Segundo: Regístrese, notifíquese, hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cumplido archívese.
Presidente Cra. Liliana Underwood Vocal Cr. Sergio Camiña Vocal Dr. Martin Meza Vocal Dr. Tomas Antonio Maza Vocal Cr. Antonio Cimadevilla Ante mi Dra. Irma Baeza Morales
RESOLUCION DEL TRIBUNAL N 174/2022 TC
Rawson, 29 de septiembre de 2022.VISTO: El expediente N 39.791, año 2021, caratulado: POLICIA DE LA PROVINCIA S/ RENDICION
DE CUENTAS SAF 21 FF 111 EJERCICIO 2021, y;
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N 139/
22 T.C se determinó aplicar multa equivalente al 50% del valor de un módulo al Jefe del Área Finanzas de la Policía de la Provincia, Crio. Pablo Miguel RUIZ, por la falta de respuesta al Informe N 28/22 F.9.
Que cabe aclarar que el Crio. Ruiz, mediante Nota N 154/22 DRM-AF, obrante a fs. 120, dio respuesta a las observaciones formuladas, con anterioridad al dictado de la Resolución N 139/22 TC.
Que asimismo, a fs. 118 luce agregado Informe N
34/22 F.9 en el cual se advierte que la Nota N 28/22 F.9
ha sido satisfactoriamente constatada.
Que consta a fs. 124, Dictamen N 140/2022 C.F en el cual solicita se deje sin efecto la Resolución N 123/22 TC.
Por todo ello, y en los términos de la Ley V N 71 EL
TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Dejar sin efecto la multa aplicada al Crio.
Pablo Miguel RUIZ, establecida mediante Resolución 139/
22 T.C, por los fundamentos expresados en el considerando que antecede.
Segundo: Regístrese, Notifíquese y cumplido Archívese.Presidente Cra. Liliana Underwood Vocal Cr. Sergio Camiña Vocal Dr. Martin Meza Vocal Cr. Antonio Cimadevilla Ante mi Dra. Irma Baeza Morales

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/11/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha02/11/2022

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones4352

Primera edición07/01/2004

Ultima edición11/07/2024

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