Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/3/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 8

BOLETIN OFICIAL

Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO, el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N
413/07.

Res. N 1745

10-12-14

Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES con 91/100
$9.263,91, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Ley Provincial XVIII N32, otorgado al Sr. Oscar Emilio SIMOS, D.N.I. N 7.821.286, mediante la Resolución N 737/10.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS CINCO con 41/100
$22.305,41, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de abril de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO, el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N737/10.-

Res. N 1746

10-12-14

Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos DOCE
MIL TRES con 76/100 $ 12.003,76, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Ley Provincial XVIII N32, otorgado a la Sra. Gloria Ada SANTIBAÑEZ, D.N.I.
N6.701.208, mediante la Resolución N95/13.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos QUINCE MIL CIENTO SESENTA Y DOS con 40/100
$15.162,40, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de abril de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO, el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N95/13.-

Res. N 1747

10-12-14

Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos VEINTE MIL QUINIENTOS SEIS con 73/100 $20.506,73, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Ley
Lunes 16 de Marzo de 2015

Provincial XVIII N 32, otorgado a la Sra. María Flor POLA, D.N.I. N 11.372.191, mediante la Resolución N700/12.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS
con 79/100 $35.966,79, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de mayo de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301113.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N 700/12.-

Res. N 1748

10-12-14

Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS con 35/100 $866,35, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Docente Ley provincial N3923, otorgado a la Sra. Marta Mabel MACRI, L.C. N 6.438.608, mediante la Resolución N362/05.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO con 18/
100 $4.958,18, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de mayo de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N362/05.

Res. N 1749

10-12-14

Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos DOS
MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE con 26/100
$2.887,26, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Docente Ley provincial N3923, otorgado a la Sra. Isabel Laura MOSQUEIRA, D.N.I. N 10.473.8511, mediante la Resolución N 108/06 .
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos CATORCE MIL CUARENTA Y CUATRO con 57/100
$14.044,57, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de diciembre de 2013, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/3/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha16/03/2015

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones4372

Primera edición07/01/2004

Ultima edición08/08/2024

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