Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Chubut » Boletín Oficial de la Provincia de Chubut » 05/12/2014
Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 5/12/2014
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 2
BOLETIN OFICIAL
Sección Oficial RESOLUCIONES
MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL
Y SECTORES PRODUCTIVOS
Resolución N 458/14.
Rawson, 29 Octubre de 2014.
VISTO:
El Expediente N 4670/14-MDTySP, las leyes N XVII
N 1 ex Ley N 26, XVII N 11 ex Ley N 1229, XVII N
86 ex Ley N 5585, y las determinaciones de toxinas efectuadas por el Departamento de Bromatología de la Dirección de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, sobre muestras de moluscos bivalvos y gasterópodos correspondientes al Golfo San José, en el marco de los Programas de Clasificación de Zonas y de Prevención y Control de Marea Roja; y CONSIDERANDO:
Que en las determinaciones realizadas por la Dirección de Salud Ambiental dependiente del Ministerio de Salud, correspondientes a la especie caracol pie rojo Odontocymbiola magellanica de la Zona ARCH008 Playa Larralde, en el marco de los programas antes mencionados, se detectaron valores de Toxina Paralizante de Moluscos T.P.M., superiores a las 400 U.R.;
Que dichos valores determinan que su consumo constituye un riesgo para la salud humana, por lo que resulta necesario establecer la veda para la extracción de la mencionada especie en la zona indicada;
Qué asimismo, se continuará con las campañas de monitoreo estipuladas en los Programas mencionados en los párrafos precedentes;
Que resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Que la Autoridad de Aplicación de las normas vigentes en materia de pesca resulta ser el Ministerio de Desarrollo Territorial y Sectores Productivos POR ELLO:
LA MINISTRO DE DESARROLLO TERRITORIAL
Y SECTORES PRODUCTIVOS
R E S U E LV E :
Artículo 1: Vedar a partir de las 00:00 hora del día de la fecha de la presente Resolución, la extracción de la especie Odontocymbiola magellanica caracol pie rojo en la Zona ARCH008 Playa Larralde.Artículo 2: Las infracciones a la presente Resolución serán sancionadas en el marco de la legislación vigente.-
Viernes 5 de Diciembre de 2014
Artículo 3: La vigencia de la presente veda estará condicionada a los resultados de los análisis para la determinación de toxinas que se realicen a partir de la fecha y al cumplimiento de los Programas de Prevención y Control de Marea Roja y de Clasificación de Zonas para la Producción de Moluscos Bivalvos que lleva adelante la Subsecretaría de Pesca de la Provincia del Chubut.Artículo 4: La presente Resolución será refrendada por el Subsecretario de Pesca Artículo 5: Regístrese, comuníquese a los interesados, a las Autoridades Sanitarias Nacional y Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido archívese.
Mgtr. GABRIELA DUFOUR
Ministro de Desarrollo Territorial y Sectores Productivos Dr. HECTOR AMADO ROJAS
Subsecretario de Gestión Pesquera
Resolución N 475/14.
Rawson, 31 Octubre de 2014.
VISTO;
El Expediente N 4748 /14-MDTySP, las leyes N
XVII N 1 ex Ley N 26, XVII N 11 ex Ley N
1229, XVII N 86 ex Ley N 5585, y las determinaciones de toxinas efectuadas por el Departamento de Bromatología de la Dirección de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, sobre muestras de moluscos bivalvos y gasterópodos correspondientes a la Zona ARCH005 Bahía Camarones, en el marco de los Programas de Clasificación de Zonas y de Prevención y Control de Marea Roja; y CONSIDERANDO:
Que en las determinaciones realizadas por la Dirección de Salud Ambiental dependiente del Ministerio de Salud, correspondientes a la especie mejillón Mytilus edulis platensis de la Zona ARCH005 Bahía Camarones, Estación ARCH005.0.1 Caleta del Patón, en el marco de los programas antes mencionados, se detectaron valores positivos de Toxina Diarreica de Moluscos T.D.M.;
Que dichos valores determinan que su consumo constituye un riesgo para la salud humana, por lo que resulta necesario establecer la veda para la extracción de dicha especie en la zona indicada;
Qué asimismo, se continuará con las campañas de monitoreo estipuladas en los Programas mencionados en los párrafos precedentes;
Que resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Que la Autoridad de Aplicación de las normas vigentes en materia de pesca resulta ser el Ministerio de Desarrollo Territorial y Sectores Productivos;