Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/3/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Vivienda y Desarrollo Urbano y la Comuna Rural de Las Plumas para la ejecución de la obra Catorce 14 Mejoramientos de Viviendas en la Localidad de Las Plumas, firmado el 27 de octubre de 2009 y protocolizado el 04 de noviembre de 2009 al Tomo 5, Folio 296 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, ratificado por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto Nº 1948 de fecha 30 de diciembre de 2009, resultando del citado convenio que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda conviene en financiar la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL $
462.000.-, y el Instituto Provincial de la Vivienda la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS $
38.719,28.-; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 04 de marzo de 2.010
y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;

$ 328.000,- y el Instituto Provincial de la Vivienda la suma de Pesos Sesenta y Dos Mil Quinientos Noventa y Siete con Dieciséis Centavos $ 62.597,16.
Artículo 2º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE MARZO
DE DOS MIL DIEZ.
Ing. MARIO VARGAS
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: XXV 30
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN

APRUÉBASE EL CONVENIO PARTICULAR DE
OBRAS POR ADMINISTRACIÓN, PROGRAMA FEDERAL DE LOS MEJORAMIENTOS DE VIVIENDAS, SUSCRIPTO ENTRE EL INSTITUTO PROVINCIAL DE
LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO Y LA COMUNA RURAL DE CUSHAMEN.

LEY XXV Nº 31
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:
Artículo 1º.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Particular de Obras por Administración, Programa Federal de los Mejoramientos de Viviendas, suscripto entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Comuna Rural de Cushamen para la ejecución de la obra Diez 10 Mejoramientos de Viviendas en la Localidad de Cushamen, firmado el 11
de Agosto de 2009 y protocolizado el 13 de Agosto de 2009 al Tomo 4, Folio 188 del Registro de Contratos de locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, ratificado por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto Nº 1940 de fecha 30 de Diciembre de 2009. Resultando del citado convenio que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda conviene en financiar la suma de Pesos Trescientos Veintiocho Mil
Viernes 26 de Marzo de 2010

Dto. N 272/10.
Rawson, 18 de Marzo de 2010.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley por el cual se aprueba en todos sus términos el Convenio Particular de Obras por Administración, Programa Federal de los Mejoramientos de Viviendas, suscriptos entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Comuna Rural de Cushamen para la ejecución de la obra Diez 10 Mejoramientos de Viviendas en la Localidad de Cushamen, firmado el 11 de agosto de 2.009 y protocolizado el 13
de agosto de 2.009 al Tomo 4, Folio 188 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, ratificado por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto N 1940 de fecha 30 de diciembre de 2009, resultando del citado convenio que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda conviene en financiar la suma de PESOS TRESCIENTOS
VEINTIOCHO MIL $ 328.000.-, y el Instituto Provincial de la Vivienda la suma de PESOS SESENTA Y DOS
MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON DIECISEIS
CENTAVOS $ 62.597,16.-; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 04 de marzo de 2.010 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: XXV 31
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/3/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha26/03/2010

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones4349

Primera edición07/01/2004

Ultima edición05/07/2024

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