Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/4/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

Martes 28 de Abril de 2009

BOLETIN OFICIAL

6. DURACIÓN DEL PLAN
Para alcanzar los objetivos propuestos se requiere contar con el seguimiento, monitoreo y muestreos regulares al menos por el término de un año. La continuidad del plan esta sujeta a la colaboración brindada por el propietario de la embarcación que obtendrá la autorización en forma semestral para efectuar tareas de pesca en el marco del plan propuesto.

8.2.3. Herramientas e instrumental necesario para la extracción y procesamiento de los datos.
8.2.4. Artes de pesca, dispositivos de selectividad, aparejos experimentales y otros gastos necesarios para llevar adelante los protocolos de trabajo específicos.
8.2.5. Designación y logística de embarque de observadores y técnicos a bordo función que cumplirá el equipo del Programa de Observadores a Bordo.
8.2.6. Coordinación del monitoreo y seguimiento del presente Plan.

7. CAPTURAS Y DESEMBARQUES
7.1. De acuerdo a la información obtenida a través del Programa de Observadores a Bordo y de estadísticas pesqueras provinciales, el variado de costa en el Golfo San Jorge estaría conformado a priori por: peces óseos y cartilaginosos, crustáceos y moluscos de interés comercial, a saber: pejerrey, róbalo, salmón, mero, savorín, palometa, abadejo, congrio, rubio, bacalao criollo, pez palo, lenguados, pez gallo, pez ángel, rayas, tiburones; langostino, cangrejos y centolla; cefalópodos y caracoles.
7.2. La captura total semestral de langostino Pleoticus muelleri no podrá superar el 75 % de la captura total.
7.3. Debido a que en el área de estudio se registra presencia variable de merluza Merluccius hubbsi, se considerará que la captura de esta especie en concepto de pesca incidental no deberá ser mayor al 10% del peso total de lo capturado durante cada marea.
7.4. El incumplimiento por parte del propietario y/o armador de la embarcación de los requisitos establecidos en los puntos 7.2. y 7.3. será causal de la interrupción inmediata de la autorización para efectuar tareas de pesca en el marco del presente plan.
8. REQUERIMIENTOS Y RESPONSABILIDAD
PARA LA OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE LOS
DATOS A BORDO Y EN TIERRA

9. PRODUCTOS ESPERADOS
9.1.Informes trimestrales sobre la operatoria de pesca, capturas, desembarques, y protocolos de trabajo específicos.
Recomendaciones y propuestas de medidas de manejo de la pesquería.

Resolución N 79/09.
Rawson, 15 de Abril de 2009.
VISTO:
La Resolución Nº 71/09.-SPPCH; y CONSIDERANDO:
Que la Resolución citada en el Visto indica los buques nominados por la Provincia del Chubut para el otorgamiento de los permisos previstos en la cláusula séptima del Convenio del Golfo San Jorge, los cuales se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la misma;
Que la empresa Kaleu Kaleu S.A. ha solicitado el reemplazo del B/P Kaleu Kaleu por el B/P Scombrus debido a una avería en el motor principal;
Que corresponde acceder a lo solicitado por la empresa Kaleu Kaleu S.A.;
POR ELLO:

8.1.Del armador y propietario según punto 3.2.
8.1.1. Deberá facilitar al personal embarcado de la Secretaría de Pesca Chubut la toma de datos y conservación de muestras para su análisis a bordo o en tierra y espacio físico de trabajo apto para el desarrollo de tareas del observador embarcado, la embarcación de pesca en condiciones operativas y de seguridad óptimas.
8.1.2. Facilitar y agilizar el embarque de los observadores contacto, traslado, etc.

El Secretario de Pesca
RESUELVE:
Artículo 1º- RECTIFICAR el Anexo I de la Resolución Nº 71/09.-SPPCH, que quedará redactado de la siguiente manera:
ANEXO I
Nomina de embarcaciones que ingresan a aguas jurisdiccionales de Santa Cruz por Convenio del Golfo San Jorge
8.2.De la Secretaría de Pesca 8.2.1. Solventar los días de embarque y muestreos en tierra que realicen los observadores provinciales y/
o técnicos.
8.2.2. Movilidad vehículo de apoyo en tierra y combustible y seguro de vida para embarque del personal técnico de la Secretaría de Pesca Chubut y para el traslado de las muestras desde el puerto.

Nº 1
2 3
4 5
6 7
8 9

BUQUE
Puente Chico Puente San Jorge Suemar Dos Mara I
Juan Alvarez José Luis Alvarez Sermilik Codepeca III
Codepeca I

EMPRESA
Pereira de Argentina S.A.
Pereira de Argentina S.A.
Congeladores Patagónicos Pescapuerta Argentina S.A.
Pesquera San Isidro S.A.
Pesquera San Isidro S.A.
Harengus S.A.
Harengus S.A.
Harengus S.A.

MATR.
0756
0207
01508
0210
0619
0618
0505
0506
0497

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/4/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha28/04/2009

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4369

Primera edición07/01/2004

Ultima edición05/08/2024

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