Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/4/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Martes 28 de Abril de 2009

POR ELLO:

Sección Oficial RESOLUCION
SECRETARÍA DE PESCA
Resolución N 75/09.
Rawson Chubut, 13 de Abril de 2009.
VISTO:
El Expediente Nº 2477/08-SPCH, la Ley Provincial 5639, la Resolución 1/09-SPCH, el Acuerdo Marco y Productivo del Sector Pesquero suscrito en la ciudad de Comodoro Rivadavia con fecha 22/12/08 y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6º inciso 12 de la Ley General de Pesca Marítima Nº 5639 de la Provincia del Chubut faculta a la Autoridad de Aplicación en materia de pesca, a promover toda iniciativa de orden técnico, científica, económica, industrial, comercial o social que tienda al fomento, desarrollo y consolidación de las actividades de aprovechamiento de los recursos del mar;
Que la citada Ley Provincial en el artículo 10º inciso 3 prevé otorgar autorizaciones de pesca, las cuales serán otorgadas a aquellas personas físicas o jurídicas con relación a un programa experimental debidamente presentando y aprobado por la Autoridad de Aplicación y tendrá una duración de hasta un 1 año, pudiendo renovarse en virtud de la magnitud del proyecto de investigación;
Que en virtud del Acuerdo Marco y Productivo del Sector Pesquero la Secretaría de Pesca de Chubut se comprometió a crear el PLAN DE VARIADO COSTERO DEL GOLFO SAN JORGE, cuyo objetivo es caracterizar y determinar la factibilidad de desarrollar una pesquería alternativa;
Que para tal fin se prevé otorgar un máximo de cuatro 4 autorizaciones de pesca, con carácter experimental y transitorio, para embarcaciones costeras que operen desde los puertos de Comodoro Rivadavia y Caleta Córdova;
Que del Acuerdo Marco y Productivo del Sector Pesquero participaron el Gobierno de la Provincia del Chubut y las empresas pesqueras, ARGENOVA S.A., CONARPESA y PESQUERA MAR DEL CHUBUT S.R.L, radicadas en la ciudad de Comodoro Rivadavia;
Que para un mejor entendimiento debe rectificarse la Resolución 1/09 SPCH y establecerse los lineamientos generales para el desarrollo del PLAN DE VARIADO
COSTERO DEL GOLFO SAN JORGE;
Que en función de la competencia específica de asistencia al Poder Ejecutivo en la implementación y planificación de las políticas referidas a los recursos pesqueros, la Secretaría de Pesca resulta el organismo competente para el dictado de la presente;

El Secretario de Pesca
RES UELVE:
Artículo 1º - DÉJASE sin efecto la Resolución 1/09SPCH.
Artículo 2º - APRUÉBASE el PLAN DE VARIADO
COSTERO DEL GOLFO SAN JORGE, que como ANEXO forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º.- PREVÉASE el otorgamiento de un máximo de CUATRO 4 autorizaciones de pesca con carácter experimental y transitorio, para desarrollar actividades de pesca en el marco del PLAN DE VARIADO COSTERO DEL GOLFO SAN JORGE y en concordancia con el Acuerdo Marco y Productivo del Sector Pesquero, suscrito en la ciudad de Comodoro Rivadavia el día 22/12/08.
Artículo 4º.- LAS empresas pesqueras ARGENOVA
S.A., CONARPESA y PESQUERA MAR DEL CHUBUT
S.R.L., participantes del Acuerdo Marco y Productivo del Sector Pesquero, deberán nominar embarcaciones costeras que operarán, con las respectivas autorizaciones, en el marco del PLAN DE VARIADO COSTERO
DEL GOLFO SAN JORGE, aprobado por el artículo 2º de la presente Resolución.
Artículo 5º.- LAS autorizaciones de pesca, para los buques participantes de la experiencia, se extenderán por el término de SEIS 6 meses. Finalizado dicho plazo la Autoridad de Aplicación podrá renovarlo, por otro período igual, previa evaluación del cumplimiento de las condiciones y requerimientos establecidos en la presente Resolución y su ANEXO, priorizando en todo momento la correcta realización de la misma.
Artículo 6º.-LA Autoridad de Aplicación podrá, por causales establecidas en el Plan y/o por incumplimiento de la legislación pesquera provincial vigente, dejar sin efecto la autorización de pesca otorgada sin que ello genere derecho alguno a reclamo por los participantes.
Artículo 7º.- LAS infracciones a la presente Resolución serán sancionadas en el marco de la legislación vigente.
Artículo 8º.- LAS autorizaciones de pesca, con carácter experimental y transitorio, no generan derechos para acceder a algún tipo de permiso de pesca provincial.
Artículo 9º.- COMUNÍQUESE a los interesados, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
Cap. HUGO ALEJANDRO STECCONI
Secretario de Pesca Provincia del Chubut ANEXO RESOLUCIÓN Nº 75/2009-SPCH
PLAN DE VARIADO COSTERO DEL
GOLFO SAN JORGE
1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS
Hasta el presente las investigaciones científicas sobre pesquerías de interés comercial, que se dediquen

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/4/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha28/04/2009

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4353

Primera edición07/01/2004

Ultima edición12/07/2024

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