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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/9/2008
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
Martes 30 de Septiembre de 2008
BOLETIN OFICIAL
CORIA, L.C. N 4.639.577, ex-empleada del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 559
31-03-08
Artículo 1: OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
LEY PROVINCIAL Nº 3923 a la Señora Ana María ZAMARREÑO, L.C. N 6.204.603, ex-empleada del Ministerio de Economía y Crédito Público.
Artículo 2: El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 560
31-03-08
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
LEY PROVINCIAL N 3923 a la Señora Teresita del Carmen BLASCO, L.C. N 5.618.664, ex-empleada del Ministerio de Coordinación de Gabinete.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 563
31-03-08
Artículo 1: OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
LEY PROVINCIAL Nº 3923 a la Señora Marta REYES, L.C. N 5.625.965, ex-empleada de la Secretaría de Salud.
Artículo 2: El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Septiembre de 2007.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
31-03-08
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
LEY PROVINCIAL N 3923 a la Señora Filomena MONTECINO MUÑOZ, D.N.I. N 17.130.767, ex-empleada de la Municipalidad de Trelew.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 561
Res. N 562
PAGINA 13
Res. N 564
31-03-08
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
LEY PROVINCIAL N 3923 a la Señora Silvia Celia ALDOMA, L.C. N 4.928.001, ex-empleada del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
31-03-08
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
LEY PROVINCIAL N 3923 a la Señora Nilda Gladys SELLA, D.N.I. N 5.982.010, ex-empleada de la Secretaría de Salud.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 565
31-03-08
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923 en el marco de Regulación para docentes transferidos Ley N 4915, a la Señora Patricia Lil MINICUCCI, L.C. N 6.719.290, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.