Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/9/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 14

BOLETIN OFICIAL

Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 566

31-03-08

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923 en el marco de Regulación para docentes transferidos Ley N 4915, a la Señora Marta Haydée CAMY, L.C. N 6.189.856, exempleada del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 567

31-03-08

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923 en el marco de Regulación para docentes transferidos Ley N 4915, al Señor Eugenio Alberto LOZOWSKY, D.N.I. N 7.821.364, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 568

31-03-08

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Mirtha Raquel POCHETTINO, D.N.I. N 10.366.240, exdocente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por el Instituto de Seguridad Social de Neuquén y por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O. Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N
24241.

Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 570

31-03-08

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923 en el marco de Regulación para docentes transferidos Ley N 4915, al Señor Dagoberto BELTRAN NAVARRETE, D.N.I. N
17.887.199, ex-docente del Ministerio de Educación.

31-03-08

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923 en el marco de Regulación para docentes transferidos Ley N 4915, a la Señora Beatriz Ester GALANTE, D.N.I. N 10.164.327, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 571

31-03-08

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Elda María AVALO, D.N.I. N 10.835.757, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 572

31-03-08

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Susana Graciela GAITAN, D.N.I. N 11.213.862, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.

Res. N 573
Res. N 569

Martes 30 de Septiembre de 2008

31-03-08

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Angélica del Valle SOSA, D.N.I. N 11.372.279, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2008.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/9/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha30/09/2008

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones4353

Primera edición07/01/2004

Ultima edición12/07/2024

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