Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 28/9/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 187
Miércoles, 28 de septiembre de 2022
Pág. 4


Residencia Asistida y escuela taller Vivero Provincial, y otros proyectos gestionados por dicha Delegación en virtud de competencias que legalmente ejerza la Diputación, incluirá las siguientes facultades:
Firmar ofertas de empleo dirigidas al Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de Andalucía.
Firmar listados de devengo para nóminas.
13º Los/as Diputados/as con delegación genérica sustituirán a los/as Diputados/as con delegación especial adscritos/as a su delegación en los supuestos de ausencia, enfermedad o impedimento para el ejercicio de sus funciones.
14º Los/as Diputados/as con delegación especial sustituirán a los/as Diputados/as titulares de la delegación genérica a la que estén adscritos/as en los supuestos de ausencia, enfermedad o impedimento para el ejercicio de sus funciones.
15º Con base en el artículo 19 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Excma. Diputación Provincial de Almería, los Diputados/as que, con anterioridad al presente Decreto, venían ejerciendo el cargo en régimen de dedicación exclusiva, continuarán con el mismo régimen.
La nueva Diputada con delegación genérica en materia de Cultura y Cine, D Almudena Morales Asensio: y los nuevos Diputado/a especiales en materia de Empleo, Promoción Económica, Iniciativas Europeas, Comercio y Empresa, D. Francisco Andrés Álvarez Aguilera y en materia de Igualdad y Familia, D. Nuria Rodríguez Martín, ejercerán el cargo que ocupan en régimen de dedicación exclusiva, siempre que el mismo sea aceptado en los términos que se indican a continuación. El régimen de dedicación exclusiva sólo se aplicará si es aceptado expresamente por los destinatarios. En la aceptación del régimen de dedicación exclusiva, el Diputado y las Diputadas afectados deberán manifestar que conocen las obligaciones que les corresponden en aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
En caso de aceptarse el régimen de dedicación exclusiva por los/as Diputados/as indicados, dichas aceptaciones se comunicarán al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión ordinaria que del mismo se celebre.

17º Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, se notificará a las personas afectadas, se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y se remitirá a la dependencia con competencia en materia de información de la Diputación de Almería al efecto de que, por la misma, se realicen los trámites precisos para la/s oportuna/s publicación/es en el portal de transparencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 y 18 de la Ordenanza de Transparencia, Acceso a la Información, Reutilización y Buen Gobierno de la Diputación de Almería, y demás preceptos concordantes.
En Almería, a veintitrés de septiembre de dos mil veintidós.
EL SECRETARIO GENERAL DE LA DIPUTACIÓN, Mariano José Espín Quirantes.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009

Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv?id=ri1CzCspwL7sOVuRPxIs_zbyw4VerQ61 .

16º Los nombramientos y delegaciones efectuados en virtud del presente Decreto surtirán efectos desde el día de hoy.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 28/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha28/09/2022

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones6271

Primera edición26/04/1999

Ultima edición01/08/2024

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