Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/04/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 21 de Abril de 2016

Nº 5452

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 13,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVII
EDICION DE 28 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 28

DECRETOS

DECRETO Nº 136
Viedma, 19 de febrero de 2016.
Visto: La Ley N N 643, el Decreto N 15 de fecha 10 de Diciembre de 2015, y;
CONSIDERANDO:
Que en el Artículo 3 de la Ley N N 643 se establece que las Comisiones de Fomento están compuestas por un 1 Comisionado, dos 2 Vocales Titulares y dos 2 Vocales Suplentes;
Que de acuerdo a la constancia actuarial expedida por la Secretaría Electoral, la electa como 1 Vocal Titular de la Comisión de Fomento de El Cuy, Señora Doralisa Elma Casem D.N.I. N 22.634.319, presentó su renuncia en fecha 02/11/2.015;
Que a raíz de ello, se torna necesario efectuar un corrimiento de cargos, correspondiendo designar como 1 Vocal Titular al Señor Héctor Abel Martínez D.N.I. N 24.541.194, 2 Vocal Titular, a la Señora Celeste de los Angeles Sosa D.N.I. N 33.858.539 y 1 Vocal Suplente al Señor Héctor Ariel Luis D.N.I. N 29.028.400 todos de la Comisión de Fomento de El Cuy;
Que a su vez, corresponde rectificar en su parte pertinente la planilla Anexa III al Decreto 15/15, suprimiendo la designación de la Señora Celeste de los Angeles Sosa como 1 Vocal Suplente y reubicarla como 2 Vocal Titular de la Comisión de Fomento de El Cuy, en la planilla Anexa II del mencionado Decreto;
Que también es necesario rectificar en su parte pertinente la planilla Anexa III al Decreto 15/15, suprimiendo la designación del Señor Héctor Ariel Luis como 2 Vocal Suplente y reubicarlo como 1 Vocal Suplente de la Comisión de Fomento de El Cuy;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Rectificar en su parte pertinente, la planilla Anexa II del Decreto N 15/15, suprimiendo la designación del Señor Héctor Abel Martinez D.N.I. N 24.541.194, en el cargo de 2 Vocal Titular de la Comisión de Fomento de El Cuy;
Art. 2.- Rectificar en su parte pertinente, la planilla Anexa II del Decreto N 15/15, designando al Señor Héctor Abel Martinez D.N.I. N
24.541.194, en el cargo de 1 Vocal Titular de la Comisión de Fomento de El Cuy;
Art. 3.- Rectificar en su parte pertinente, la planilla Anexa III del Decreto N 15/15, suprimiendo las designaciones de la Señora Celeste de los Ángeles Sosa D.N.I. N 33.858.539, en el cargo de 1 Vocal Suplente y del Señor Héctor Ariel Luis D.N.I. N 29.028.400, en el cargo de 2 Vocal Suplente, ambos de la Comisión de Fomento de El Cuy;
Art. 4.- Rectificar en su parte pertinente, la planilla Anexa II del Decreto N 15/15, designando a la Señora Celeste de los Ángeles Sosa D.N.I. N
33.858.539, en el cargo de 2 Vocal Titular de la Comisión de Fomento de El Cuy;
Art. 5.- Rectificar en su parte pertinente, la planilla Anexa III del Decreto N 15/15, designando al Señor Héctor Ariel Luis D.N.I. N
29.028.400, en el cargo de 1 Vocal Suplente de la Comisión de Fomento de El Cuy;

Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 7.- Registrar, comunicar, públicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - L. Di Giacomo.
oOo DECRETO Nº 307
Viedma, 07 de Abril de 2016.
Visto: el Expediente N 94.420-EDU-15, del registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita el segundo llamado a Licitación Pública N 09/2.015 para la ejecución de la obra: S/ Programa de obras escolares En Cada Escuela Siempre Edificio Propio para CET N 27
Fernandez Oro Ley Q N 4.818;
Que por Decreto N 1.535/2.015 cuya copia obra a fojas 907/910 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones documentación técnica y legal que declara desierto el llamado a Licitación Pública N 09/2.015, y se aprueba nuevo presupuesto oficial para la ejecución de la obra mencionada precedentemente y se conformó la Comisión de Preadjudicación correspondiente;
Que se ha cumplido con las publicaciones fs. 932/935 que exige la legislación vigente;
Que a fojas 936/939, se acreditan las ventas de pliegos de bases y condiciones efectuadas mediante constancia de transferencia bancaria;
Que con fecha 22 de octubre de 2.015, se procedió a la apertura de sobres según Acta obrante a fojas 940, presentando ofertas las firmas PLANOBRA
S.A. y ECA S.A.;
Que la Comisión de Preadjudicación procedió a realizar una verificación de la dispersión de los precios utilizando la metodología para reajuste de precios de obra pública aprobada por Decreto N 1.313/2.014 fs. 2.000, tramitada bajo el régimen de la Ley J N 286, de la cual surge que dicha dispersión es del 6,60%;
Que analizadas las ofertas por la citada Comisión de Preadjudicación se observa que la oferta de la firma ECA S.A. cumple con los parámetros básicos requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Pliego de Cláusulas Particulares ofertando construir la obra por la suma de Pesos cuarenta millones novecientos cuarenta y dos mil $ 40.942.000 por lo cual la Comisión de Preadjudicación recomendó la ejecución de los trabajos a la empresa mencionada por el monto ofertado entendiendo que la oferta está dentro de los límites aceptables y razonables, según consta en Acta de Preadjudicación y sus Anexos I, y II obrantes a fojas 1.995/2.000;
Que por todo lo expuesto es conveniente adjudicar la ejecución de la obra licitada a la firma ECA S.A. con domicilio legal en calle Avenida Roca N
224 de la ciudad de General Roca, CUIT N 30-58975439-1;
Que el plazo de ejecución de la obra se estima en Trescientos sesenta 360 días corridos a partir de su inicio, proyectándose una ejecución presupuestaria para el ejercicio 2.016 del 49,56% del saldo de la obra, por la suma de Pesos diecisiete millones doscientos cuarenta y siete mil doscientos veintiseis con noventa y dos centavos $ 17.247.226,92, quedando pendiente de imputación para el ejercicio 2.017 el 50,44% siendo la suma de Pesos diecisiete millones quinientos cincuenta y tres mil cuatrocientos setenta y tres con ocho centavos $ 17.553.473,08 con el mismo financiamiento;
Que la presente obra prevé un anticipo financiero del 15% del monto contractual que asciende a la suma de Pesos seis millones ciento cuarenta y un mil trescientos $ 6.141.300, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley J N 286 de Obras Públicas;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/04/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha21/04/2016

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones1919

Primera edición03/01/2002

Ultima edición11/07/2024

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