Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/06/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5257

se encuentra, lo que conlleva a tomar decisiones que propendan a la reinstitucionalización del Servicio Penitenciario de Río Negro y al fortalecimiento de su organización y funcionamiento.
Resulta necesario y procedente el dictado del presente Decreto Ley toda vez que resulta la vía constitucional idónea a fin de efectivizar en forma inmediata la medida que dispone.
Asimismo, informa que se ha remitido a la Legislatura Provincial copia del citado Decreto, para su tratamiento de conformidad con lo dispuesto por el Art. 181, Inc. 6 de la Constitución Provincial.
Alberto E. Weretilneck, Gobernador.
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DECRETO

DECRETO Nº 623
Viedma, 30 de mayo de 2014.
Visto, el Expte. Nº 031141-SEE-2.014 del Registro de la Secretaría de Estado de Energía, la Ley Provincial Q Nº 4818 y;
CONSIDERANDO:
Que, en el año 2012 se sancionó la Ley Provincial Q Nº 4818, que aprobó las Bases y Condiciones para la Convocatoria Pública a las empresas interesadas titulares de Concesiones de Explotación de Áreas Hidrocarburíferas en la Provincia de Río Negro, otorgadas por el Gobierno Nacional, a renegociar los términos y condiciones de sus respectivas concesiones;
Que, la Empresa Petrobras Argentina S.A.
resultó Concesionaria de las áreas hidrocarburíferas ubicadas en la Provincia de Río Negro "Jagel de los Machos" por Decreto Nacional Nº 1.769/90, "Río Neuquén" mediante Ley Nacional Nº 24.145
y Decreto Nacional Nº 1.291/94 y "25 de MayoMedanito SE" a través del Decreto Nacional Nº 2.164/94 y Decisión Administrativa Nº 119/99;
Que, como titular de las concesiones mencionadas, Petrobras Argentina S.A., se ha inscripto en el Registro Provincial de Renegociación de Concesiones de Explotación de Áreas Hidrocarburíferas Rionegrinas, creado por Decreto Provincial Nº 230/13;
Que, el Artículo 11.5. del Pliego de Bases y Condiciones establece que una vez arribado a un consenso se suscribirá el Proyecto de Acuerdo entre la Autoridad de Aplicación, Secretaría de Estado de Energía, y la Concesionaria, Petrobras Argentina S.A., el que será elevado al Poder Ejecutivo para su aprobación, conjuntamente con un informe pormenorizado;
Que, una vez cumplida la presentación conforme el Artículo 10.2 del Anexo I de la Ley Provincial Nº 4.818, la Autoridad de Aplicación convocó a la Concesionaria mediante Nota Nº 132/2.013 de fecha 15 de Octubre del año 2.013 obrante a fs.
1611, a los fines de dar inicio a la Etapa de Renegociación;
Que, se efectuaron diferentes reuniones en procura de arribar a un acuerdo respecto de la propuesta de Programa de Desarrollo de Explotación y Exploración y los Planes de Inversión, dando tratamiento a las condiciones mínimas de renegociación, de acuerdo a la mención establecido en el Titulo III de las mencionadas Bases y Condiciones;
Que, con fecha 27 de Diciembre del año 2013
se firmó el Memorandum de Entendimiento de fs.
1766/1767 del expediente de marras, donde se expresan los alcances del consenso arribado, el cual constituirá el Acuerdo de Renegociación para las áreas concesionadas por Petrobras Argentina S.A.;
Que, el 10 de Marzo de 2014 el Directorio de la Empresa Petrobras Argentina S.A. aprobó por Acta el Memorandum de Entendimiento;

Que, con fecha 29 de Abril del año 2.014, en el marco de la Ley Provincial Q Nº 4.818, se suscribió el Acuerdo de Renegociación entre la Provincia de Río Negro representada por el Secretario de Estado de Energía, Ingeniero Guillermo Manuel Gesualdo, y la Empresa Petrobras Argentina S.A., representada por su apoderado Ronaldo Batista Assuncao, conforme poder adjunto a fs. 1955/1956;
Que, conforme surge del Informe técnico de elevación incorporado a fs. 2001/2018, el Acuerdo bajo análisis aparece beneficioso para los intereses de la Provincia, en tanto con el mismo se alcanzarían los objetivos expresamente planteados por el Gobierno Provincial de incrementar las reservas hidrocarburíferas, optimizar los niveles de producción y aumentar los ingresos a la Provincia, así como de lograr una inversión permanente y sostenida en las actividades que se desarrollan en el territorio provincial en el marco de la protección y conservación del medio ambiente, asegurar la extracción racional y sustentable de los recursos y promover el desarrollo del Compre Rionegrino y el fortalecimiento de las pequeñas y medianas empresas provinciales;
Que, como surge del Artículo 11.5. del Anexo I
de la Ley Provincial Nº 4.818, resulta oportuna la aprobación por el Poder Ejecutivo del Acuerdo de Renegociación;
Que, cumplido ello, de acuerdo a las pautas de la Ley N 4.818, Artículos 2 de la Ley y 11.6. del Pliego de Bases y Condiciones, corresponde elevar el Acuerdo que se aprueba a la Legislatura Provincial para su consideración y ratificación;
Que, han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Energía, Secretaría Legal y Técnica y la Fiscalía de Estado mediante Vista Nº 1879/14;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Art. 181 Incisos 1 y 14 de la Constitución Provincial, Artículo 3º de la Ley Q Nº 4296 y Art. 2 de la Ley Q N 4818.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar el Acuerdo de Renegociación suscripto por el titular de la Secretaría de Estado de Energía, Ing. Guillermo Manuel Gesualdo, en representación de la Provincia de Río Negro, y la Empresa Petrobras Argentina S.A., representada por el Sr. Ronaldo Batista Assuncao, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, en el marco de la Ley Provincial Nº 4818
y en virtud de las consideraciones antes expuestas.
Art. 2º - Elevar el Acuerdo de Renegociación que se aprueba a la Honorable Legislatura provincial para su consideración y ratificación, conforme lo previsto por la Ley Q N 4818, Art. 2 y punto 11.6. del Pliego de Bases y Condiciones.
Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.
Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- L. Di Giácomo.

ACUERDO DE RENEGOCIACIÓN
En la ciudad de Viedma, a los 29 días del mes de abril del año 2014 se reúnen por una parte la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Sr. Secretario de Estado de Energía, Ing. Guillermo Manuel Gesualdo, con domicilio constituido en calle Irigoyen N 536 de la ciudad de Cipolletti, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N
4818, en adelante la PROVINCIA; por la otra la empresa Petrobras Argentina S.A., en adelante la CONCESIONARIA, representada en este acto por
Viedma, 9 de Junio de 2014
su apoderado Ronaldo Batista Assuncao, con domicilio constituido en la calle Mengelle 59, piso 5, Of. 1, de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, ambas conjuntamente denominadas como las PARTES, las que convienen en celebrar el presente Acuerdo:
ANTECEDENTES:
Con fecha 7 de marzo de 2013, el Poder Ejecutivo Provincial mediante el Decreto N 230/
13 creó el Registro Provincial de Renegociación de Concesiones de Explotación de Áreas Hidrocarburíferas y efectuó la Convocatoria Pública de Empresas Concesionarias de Explotación de Áreas Hidrocarburíferas de la Provincia de Río Negro otorgadas por el Estado Nacional, interesadas en renegociar sus concesiones, en el marco de la legislación nacional y provincial vigente, y en cumplimiento de lo establecido por la Ley Provincial N 4818 que aprueba las Bases y Condiciones aplicables a dicha convocatoria pública, todo ello en el marco de las Leyes Nacionales 17319, 23696, 24145 y 26197, Ley Provincial Q 4296, Decretos del Poder Ejecutivo Nacional 1055/89, 1212/89, y demás legislación nacional, y provincial vigente y aplicable. Asimismo, autorizó a la Autoridad de Aplicación a efectuar el proceso de convocatoria y renegociación de las concesiones.
En esta oportunidad la PROVINCIA, en el marco de la legislación hidrocarburífera vigente, además de la administración de las Áreas y concesiones, renegocia las condiciones de explotación de las referidas concesiones, con el objetivo de aumentar las reservas y la producción de hidrocarburos; como así también mejorar las inversiones en exploración, debido a que las características propias de los trabajos requieren de una capacidad técnica y económica acorde con las obligaciones derivadas de la actividad; todo ello en el marco de las Leyes 17319, 24145, 23696 y Ley Provincial Q Nº 4296 y normativa derivada de la misma; y, específicamente en la Ley Nacional 26197 que en su Art. 6 establece que las Provincias, como Autoridad de Aplicación están facultadas, entre otras cosas, para disponer la extensión de los plazos legales y/o contractuales.
Con fecha 2/05/2013, la CONCESIONARIA
presentó a la PROVINCIA una nota mediante la cual solicitó la inscripción en el Registro Provincial de Renegociación de Concesiones de Explotación de Áreas Hidrocarburíferas adjuntando la documentación requerida por el Pliego de Bases y Condiciones.
Posteriormente la Autoridad de Aplicación notificó a la CONCESIONARIA, el inicio del período de negociación mediante Nota N 132/
2013 de fecha 15/10/2013.
Como resultado de dicho proceso, y dentro de los plazos previstos por la Ley Provincial N 4818, las PARTES arribaron a un consenso, que fue reflejado en un Memorándum de Entendimiento celebrado entre ellas con fecha 27 de diciembre de 2013, que sirve de base al presente Acuerdo.
Por ello, es intención de las PARTES suscribir el presente ACUERDO que se sujetará a las siguientes cláusulas y condiciones, en el marco de las facultades otorgadas por la Ley Provincial Nº 4818 y el Decreto Nº 230/13.
En consecuencia las Partes CONVIENEN:
Artículo 1: Objeto. Efectuar la renegociación de las Concesiones de Explotación de las Áreas Jagel de los Machos, 25 de Mayo - Medanito y Río Neuquén, ubicadas en el territorio administrado por la PROVINCIA, previstas en la Ley N 4818 y, consecuentemente, prorrogar el plazo original otorgado mediante Decretos del Poder Ejecutivo Nacional N 1769/90, N 2164/
91 y N 1291/94.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/06/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha09/06/2014

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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